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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-03-02 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2279448)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA EVANGÉLICA DE FE APOSTÓLICA UNIVERSAL

(Extracto)

Gastón Ariel Santibáñez Torres, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas de Talcahuano, oficio Avenida Jorge Alessandri 3177, Local G 103 Boulevard Mall Plaza del Trébol, Talcahuano, certifica: Por acta de fecha 19/08/2022, reducida ante mí, a escritura pública el 19 de agosto de 2022, Repertorio 2168 / 2022, constituyó y aprobó sus estatutos la "Iglesia Evangélica de Fe Apostólica Universal", y por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2022, Repertorio 3314 /2022, otorgada ante Jaime Trujillo Espinoza, Notario Público Suplente de este Titular infrascrito, de mi domicilio antes indicado, modificó esta Iglesia, sus Estatutos, en la forma allí referida. Con fecha 30 de septiembre de 2022, se procedió a la Inscripción de esta entidad con el número 6082 en el Registro Público de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia.- Domicilio: Calle Badalona 925, comuna de Hualpén, Región Bío Bío.- Constituyentes: Ricardo Pascual Garrido Vidal, Eduardo Manuel Garrido Vidal, Jorge Luis Ulloa Arias, Óscar Eliecer Sepúlveda González, y José René Espinoza Pérez.- Fundamentos y Principios: Creemos: En la Santísima Trinidad, un solo Dios en 3 personas Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo; en que el Hijo de Dios fue hecho verdadero hombre; en la Resurrección de Cristo; que el Espíritu Santo procede del Padre y del Hijo; en la suficiencia de las Sagradas Escrituras para Salvación; que el Antiguo Testamento no contradice al Nuevo Testamento; en el Pecado Original o de Nacimiento; en el Libre Albedrío; en la Justificación del Hombre; que las Obras de Supererogación no pueden enseñarse con arrogancia o impiedad; que el pecado después de la Justificación no impide la gracia de Dios; en la Iglesia; en el Uso de los Dones Espirituales en la Congregación; en dos Sacramentos, Bautismo y Santa Cena; en la Cena del Señor; en las Dos Especies, el Cáliz debe ofrecerse también a los laicos bautizados; en el Matrimonio de los Ministros, Dios no les manda hacer voto de celibato ni abstenerse del matrimonio; en la diversidad de Ritos y Ceremonias en las Iglesias, siempre que no se contradigan a la Palabra de Dios; en la propiedad de los Cristianos respecto de sus bienes, de los que debe dar con liberalidad limosna a los pobres; en el Juramento Cristiano, no se debe jurar en vano; en el Diezmo; en la Ley Alimenticia; en no Nutrirse con Sangre; en los Diez Mandamientos; en la Fe con Obras; en los siguientes Sacramentos Instituidos por Dios: Primer Día del Año Sagrado, el Sábado- Reposo- Shabat, La Pascua-Pesaj-Cena del Señor, La Fiesta de los Panes sin Levadura ácimos-Matzot, La Fiesta de las Primicias y las Semanas- Pentecostés-Shavuot, La Fiesta de las Trompetas-Yom Terua, El Día de la Expiación-Ayuno Anual- Yom Kippurim, La Fiesta de los Tabernáculo - Succot, Último Gran Día de Succot, Fiesta de la Dedicación- Hanuka- Fiesta de las Luces; en la Dedicación de los Niños; en Del Hijo del Mandamiento, Bar Mitzva, trece años o Hija de Mandamiento, Bat Mitzva, doce años; en el Bautismo; en el Matrimonio; en la vida humana que comienza en la Concepción; en una muerte digna con Ortonasia o Asistencia Piadosa; en la Objeción de Conciencia; en la Negación de la Interrupción del Embarazo por Aborto Intencional y Premeditado; en el Derecho Preferente de los Padres en la Educación de sus Hijos; en los Votos Voluntarios, Promesas, Pactos o Juramentos a Dios; en el Uso decoroso de los Utensilios del Culto.- Elementos Característicos: Objetivos: Proclamar el Evangelio de Jesucristo; Velar por el perfeccionamiento espiritual de sus fieles; difundir las enseñanzas del Señor Jesucristo pudiendo funcionar en Templos Centrales y Templos Anexos, y otros y hacer uso de diversos medios de comunicación; realizar labores de educación y enseñanza en escuelas, colegios, liceos, institutos y universidades propias o ya existentes; realizar actividades de ayuda, asistencia y rehabilitación, creando Hogares, Comedores y Hospederías; realizar actividad Evangelizadora; crear Dispensarios, Policlínicos y Hospitales; crear Corporaciones y Fundaciones de Derecho Público o Privado y otros Organismos.- Órganos Administración: Conferencias, existen 2 tipos, Ordinaria y Extraordinaria. Ordinaria: La integran, el Obispo Presidente, el Vicepresidente, y los Pastores Gobernantes, sean Presbíteros, Diáconos o Probandos. Se reúne una vez al año, en forma presencial o virtual según Estatutos. Quórum para sesionar, mayoría absoluta de sus miembros. La preside el Obispo Presidente y a falta de éste el Vicepresidente. Tiene las siguientes facultades: Recibir Memoria de Obispo Presidente; recibir, aprobar o rechazar Informe de Tesorería de la Iglesia, de la Comisión Revisora de Cuentas; de Departamentos, Comisiones, Comités y otros entes; Conocer Informes de las Iglesias, del Tribunal Eclesiástico y de la Comisión de Ética, Idoneidad y Formación Ministerial; Conocer ascensos de Pastores, listado de Pastores ordenados el año precedente; Ratificar decretos de nombramiento; Autorizar o Caducar Credenciales; Recibir Informes de Cortesía; Conocer y Pronunciarse sobre candidatos al Directorio Nacional y a la Vicepresidencia, y nominar candidatos; Elegir al Vicepresidente y demás cargos del Directorio Nacional e integrantes del Tribunal Eclesiástico; Crear Comités o Comisiones; Impartir Normas de carácter general son de la Administración de la Iglesia; Resolver los Asuntos que les sometan; Instrucción de los Pastores; Aprobar Himnarios, Manuales, documentos litúrgicos, formato de Libros de Registro de Miembros; Ordenar y Ungir Pastores y tratar cualquier asunto de orden temporal que no corresponda a otro ente y sea de interés para la Iglesia.- Extraordinaria: Se reúne en forma presencial o virtual citada por el Obispo Presidente o a lo menos 3 miembros del Directorio y en casos determinados, para tratar materias determinadas de Interés de la Iglesia; solo se tratará en ellas los asuntos señalados en la citación. El quórum para sesionar es mayoría absoluta de sus integrantes. Sus miembros son pastores gobernantes en el grado de Obispo, Presbíteros, Diáconos y Gobernantes. La preside el Obispo Presidente y en su ausencia el Vicepresidente. Tiene las siguientes facultades: Proponer y elegir al Obispo Presidente; la Reforma o Modificación del Estatuto y el Reglamento de la Iglesia o Manual de Procedimiento del Tribunal Eclesiástico; La Creación y Modificación de Reglamentos, Manuales de Procedimiento, Ordenanzas, Cartillas Instructivas y en general textos y cuerpos normativos de la Iglesia y Órganos Internos; Declaraciones de Fe y Doctrina, Manuales Litúrgicos e Himnarios de la Iglesia; Formar y Modificar el Escalafón de Ordenaciones; Conocer y fallar acusaciones contra el Obispo Presidente y/o el Vicepresidente; Aprobar los Estatutos de nuevas Personas Jurídicas derivadas de derecho religioso o relacionadas; Conocer y resolver por voto secreto las propuestas de expulsión hechas por el Tribunal Eclesiástico y tratar y resolver materias urgentes de la Iglesia. Directorio Nacional: Está integrado por 5 miembros: El Obispo Presidente, el Vicepresidente, el Secretario, el Tesorero y el Director. Sesiona en forma Ordinaria a lo menos 5 veces al año y en forma extraordinaria cuando el interés de la Iglesia y la urgencia lo requieran. Podrá funcionar en forma presencial o virtual. El quórum para sesionar es mayoría absoluta de sus miembros y el para tomar acuerdo mayoría absoluta de los asistentes. Dirige y administra la Iglesia, pudiendo celebrar Actos, Contratos y Convenciones y fijar su contenido y condiciones; Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Iglesia otorgando poder al Obispo Presidente para ello; Colaborar con Obispo Presidente en la Dirección Superior de la Iglesia; Someter al conocimiento del Tribunal Eclesiástico denuncias que afecten a Pastores. Designará al Tribunal Calificador de Elecciones; Exigir al/los Pastores Gobernantes Inventario General de Bienes; Recibir en sus reuniones Informes de Tesorería Nacional, Departamentos, Comités y Comisiones; Aceptar o Repudiar Herencias o Legados hechos a la Iglesia; Fijar fecha y lugar de próximas Conferencias ordinarias; Requerir de Tesorería Nacional cuenta documentada de su movimiento; Acordar erogaciones ordinarias y extraordinarias de los miembros de la Iglesia; Contratar cuentas corrientes y actuar en ellas; comprará para la Iglesia bienes raíces, muebles, valores mobiliarios y resolver acerca de inversiones; Estudiará y aprobará proyectos de Iglesias Locales; Podrá otorgar ayuda a Pastores y sus viudas; Cumplir y hacer cumplir el estatuto, el reglamento y las Normas Internas de la Iglesia; Podrá crear Personas Jurídicas de Derecho Público y Privado; Redactará el Reglamento de la Iglesia; Crear nuevas Iglesias Locales; Crear la Comisión Permanente de Fe, Doctrina, Liturgia e Historia, y todas las demás facultades que le otorgue el estatuto y el reglamento de la Iglesia.- Extracto autorizado por Notario Público y Conservador de Minas de Talcahuano Gastón Ariel Santibáñez Torres, en Talcahuano a 27 de enero de 2023.






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