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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-03-06 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2280816)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO INTERNACIONAL EN LA PRESENCIA DE JESÚS CRISTO -SHEKINAH

(Extracto)

María Soledad Santos Muñoz, Notario Público Titular de la 7º Notaría Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, Comuna Santiago. Certifica: Por escritura pública del 19/07/2022, otorgada ante Notario Titular María Soledad Santos Muñoz y 16/12/2022, otorgada ante Christian Alejandro Ortiz Cáceres Notario Público Suplente de la Titular, se redujo a escritura pública, Acta de constitución y estatutos de la iglesia. "Ministerio Internacional en la Presencia de Jesús Cristo -Shekinah.". Domicilio principal: calle Camporrobles 403, Valle Campino, de la Comuna de Quilicura, Registro Nº 5980, del 25 de julio 2022. Constituyentes: 1.- Maurico Valentín Cataldo Avaria. 2.- Mónica Isabel Santivañez Díaz. 3.- María Jesús Cataldo Santivañez. 4.- Sofía Magdalena Vásquez Acuña. 5.- Vania Ailen Toro Espinoza. 6.- Javiera Valentina Cataldo Santivañez. 7.- Gloria Elizabeth Godoy Guerra. 8.- Diego Alejandro Moller Berríos. 9.- Sergio Daniel Huerta Ruz, y 10.- Catalina Paz Cataldo Santivañez. Elementos esenciales, fundamentos y principios de la fe: Creemos que la Biblia es inspirada por Dios. Ella es la infalible Palabra de Dios. La Biblia es la única autoridad dada por Dios que el hombre posee y, por lo tanto, toda doctrina, fe, esperanza e instrucción para la Iglesia ha de basarse y estar en armonía con ella. 2º Pedro capítulo 1: versículos 19 y 20, 2º de Timoteo. Capítulo 3: versículos 15 y 16. Creemos que ninguna profecía de las Sagradas Escrituras es de particular interpretación, porque la profecía no fue en los tiempos pasados traída por voluntad humana, sino que los santos hombres de Dios hablaron siendo inspirados del Espíritu Santo. 2º de Pedro capítulo 1: versículo 21. Creemos que la Iglesia es el Cuerpo de Cristo, un organismo más bien que una organización, formada por los redimidos de su gracia, desde el día de Pentecostés hasta la Venida del Señor Jesús, de acuerdo a las palabras de Jesús Mateo capítulo 16 versículo 18: "Sobre esta roca yo edificaré mi Iglesia". Creemos que Jesús es el único y sabio Dios: 1º de Juan capítulo 5: versículo 20. Creemos que Dios fue manifestado en carne: 1º de Timoteo capítulo 3: versículo 16. Creemos en el Nombre de Jesús: Isaías capítulo 9 versículo 6. Mateo capítulo 1: versículos 21 y 23. Hechos capítulo 4 versículo 12. Creemos en el Bautismo en Agua por inmersión, para aquellos que se han arrepentido, habiéndose apartado del pecado y del amor al mundo. Hechos capítulo 2: versículo 38; capítulo 8: versículo 16; capítulo 10: versículo 48; capítulo 19 versículo 5. Creemos en el Bautismo del Espíritu Santo: Mateo capítulo 3 versículo 11. Hechos capítulo 1 versículo 5. Hechos capítulo 2: versículo 4. Creemos en la búsqueda de la Santidad: Primera de Corintios capítulo 6 versículo 11. Hebreos capítulo 12: versículo 14. Creemos en la Resurrección: Job capítulo 19: versículos 25 y 27. Juan capítulo 11 versículo 25. Daniel capítulo 12: versículo 2. Creemos en la Segunda Venida de Jesús: Hechos capítulo 1: versículos 10 y 11; Hechos capítulo 3: versículos 19 y 21; 1º de Corintios capítulo 11: versículo 26; Filipenses capítulo 3: versículos 20 y 21. Creemos terminantemente que el pueblo de Dios no debe mezclarse ni tener conexión de ningún tipo con sociedades secretas u organizaciones de dudosos procedimientos o postulados. Cualquier voto o juramento que implique compañerismo con la impiedad destruirá la vida espiritual, Santiago capítulo 5: versículo 12; 2º de Corintios capítulo 6: versículos 14 y 18. Entendemos que el Cuerpo de Cristo, que es la Iglesia, está formada por personas de toda lengua, pueblo o nación, lo que implica a creyentes de toda raza y categoría social, cultural, etc. En Cristo no existen diferencias entre siervo y libre. El "Ministerio Internacional en la Presencia de Jesús Cristo - Shekinah" cree en la vigencia de los cinco ministerios establecidos en Efesios capítulo cuatro versículo 11. Uno: Apóstoles, Dos: Profetas, Tres: Evangelistas, Cuatro: Pastores y Cinco: Maestros. Creemos en la unión entre un hombre y una mujer en el sagrado vínculo del Matrimonio, y para que esto se pueda efectuar tal ceremonia deben ser miembros de la Corporación, bautizados en aguas por inmersión en el Nombre del Señor Jesús Cristo y haber recibido el Bautismo del Espíritu Santo, con la evidencia bíblica de hablar en nuevas lenguas. Propósitos: Establecer la obra sobre bases eficientes en enseñanza, conducta y métodos bíblicos. Asegurar una fraternidad más íntima entre los que profesan la misma fe y atraer a quienes poseen una fe similar. Animar y promover una mayor evangelización del mundo. Incrementar la evangelización de territorios vírgenes cuidando las congregaciones ya existentes, según las normas registradas en los Hechos de los Apóstoles. Para el cumplimiento de sus fines, sin que la enumeración que sigue sea taxativa, podrá efectuar todas las actividades que se expresan en los artículos 6º, 7º, 8º y 9º de la Ley 19.638, pudiendo: 1) Difundir sus principios mediante prédicas, charlas, conferencias, folletos, revistas, libros, tratados, radio, televisión y prensa, y cualquier otro medio audiovisual. 2) Preparar y sostener miembros activos de la iglesia que deberán: Cumplir con las obligaciones, deberes que se indican más adelante. 3) Levantar, mantener y administrar, templos y lugares destinados al culto y a labores asistenciales tales como refugios de desamparados y centros de ayuda social. 4) Realizar campañas de salvación, sanación divina, presentación de infantes, casamientos y demás actividades religiosas. 5) Visitar cárceles, hospitales, asilos y hogares de menores y llevar consuelo espiritual y ayuda material. 6) Colaborar con autoridades públicas y privadas en campañas de bien social y cultural. 7) Crear establecimientos educacionales, policlínicos, talleres de capacitación y recintos deportivos, debiendo contar en cada caso con el permiso de la autoridad competente y sujetarse a las disposiciones legales vigentes. 8) Asociarse transitoria o permanentemente con otras entidades religiosas o iglesias nacionales o extranjeras que persigan fines análogos a ella. 9) Fundar, mantener y dirigir en forma autónoma institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias. 10) Crear, participar, patrocinar y fomentar asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines. La entidad Religiosa no persigue, ni se propone fines de lucro ni sindicales, estándole expresamente prohibido desarrollar actividades de carácter político partidario, ni propagar ideologías político partidista. Órganos de Administración: Será dirigida y administrada por un Directorio compuesto por 6 miembros: un Presidente, o Pastor Presidente; un Vicepresidente, un Secretario y un Vicesecretario y un Tesorero y un Vicetesorero, a los que corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia, en conformidad a los estatutos y a los acuerdos de las asambleas generales. El Directorio durará 5 años en sus funciones pudiendo ser reelegidos los miembros del Directorio en sus cargos, para los mismos puestos o para otros diversos. Son atribuciones y deberes del Directorio: Son atribuciones y deberes del Directorio: A) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus estatutos y las finalidades perseguidas por ella; B) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; C) Convocar a asambleas generales tanto ordinarias como extraordinarias, en la forma y época que señalan los estatutos; D) Crear toda clase de filiales, anexos, oficinas y departamentos que estimen necesarios, para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos departamentos; E) Redactar los reglamentos internos necesarios para la mejor marcha de la Iglesia y someter dichos reglamentos a la aprobación de la asamblea general; F) Cumplir los acuerdos de las asambleas generales; G) Rendir cuentas en las asambleas general ordinaria del año tanto de la marcha de la institución como de las inversiones de sus fondos e informar al supremo gobierno de las marchas y finanzas de la Iglesia, anualmente o cada vez que este lo solicite; H) Resolver todo lo no previsto en este reglamento; I) Aceptar la entrada de nuevos miembros; J) Acordar la expulsión de miembros cuando existieran causales para ello; K) Conocer de las renuncias que los miembros tuvieren a bien presentar; L) Llenar las vacantes producidas en el Directorio, por fallecimiento, ausencia. Duración de la Iglesia es indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 01 marzo 2023.






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