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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-03-24 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2289139)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA PENTECOSTAL CAMINO A LA SANTA CIUDAD

(Extracto)

En Escritura Pública N° 1892-22 del 03/08/2022, Acta de Constitución de Estatutos Iglesia Pentecostal "Camino a la Nueva Jerusalén". Nueva escritura Acta de Constitución de Estatutos Iglesia Pentecostal Camino a la Santa Ciudad Repertorio N° 2945-22 del 30/11/2022. Escritura de Complementación. Repertorio 45-23 de 10/01/2023. Registro Público de Entidades Religiosas N° 6009 de fecha 11 de agosto de 2022. Todas las escrituras realizadas en la Tercera Notaría de Los Ángeles María Antonieta Carrillo Flores, ubicada en calle Lautaro trescientos sesenta y uno, de la ciudad de Los Ángeles. Domicilio: sitio trece, lote H, Las Ranchas, sector La Perla, comuna de Los Ángeles. Constituyentes: Blas Peralta Vidal, Alfredo Sanhueza Rivas, Maryorie Urquiza Soto, Olivia Arriagada, Pedro González González, Luis Gallardo Villarroel y Edgardo Vidal Lagos. Elementos Esenciales, Fundamentos y Principios: La Creencia en un Solo Dios, el cual es revelado en la Biblia, la Creación y Jesucristo su Hijo Unigénito; Entendemos por Dios, aquel que está revelado en las Escrituras como una Trinidad: Padre, Hijo y Espíritu Santo. El reconocimiento de la Biblia como base única de nuestra Fe y predicación. Reconocemos como única postura bíblica y teológica la que es de carácter "Evangélica Pentecostal", la cual debe ser enseñada, aceptada y predicada por cada uno de nuestros miembros. La principal razón de ser de la Iglesia de Cristo es la predicación de la Palabra de Dios y la evangelización en las calles y lugares públicos; los Hijos de Dios esperamos el inminente retorno de Cristo por su iglesia, llamado también, el arrebatamiento. Creemos que la Salvación del Ser humano responde a la Gracia de Dios y requiere de la sola fe en Jesucristo; es personal, comunitaria y escatológica. Creemos que los miembros de la Iglesia se rigen por el gobierno apostólico y teocrático establecido en las Sagradas Escrituras y pueden cooperar libremente con otras iglesias o instituciones para la realización de proyectos especiales afines con la naturaleza de la misión cristiana en el mundo. Creemos en el principio voluntario respecto de la fe y de la membresía eclesial. Sustentamos el principio de la autonomía de la Iglesia respecto del Estado, y del Estado respecto de la Iglesia. El Estado es una institución legítima, que vela por el orden, la justicia y la salud de la sociedad temporal; la Iglesia es una sociedad escatológica, convive la fe que actúa por el amor, evangeliza y educa sobre la base de la fe, según el Espíritu de Jesucristo. Órganos de Administración, Directorio, Tribunal de Disciplina, Comisión Revisora de Cuentas. El Directorio, órgano colegiado integrado por cinco miembros activos tendrá las siguientes atribuciones entre otras: a) Dirigir la Iglesia y velar porque se cumplan sus Estatutos. b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos. c) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia. d) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria de la marcha de la Iglesia en lo espiritual y material. El Presidente o Pastor del Directorio deberá: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia. b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros. c) Convocar a Asambleas Ordinarias y Extraordinarias. d) Ejecutar los acuerdos del Directorio. e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia. f) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia. g) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma entre otras. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al conjunto de los miembros de la iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea Ordinaria se presentará el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y se procederá a las elecciones determinadas en los Estatutos, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales, a excepción de los que corresponden exclusivamente a las Asambleas Extraordinarias, la cual resolverá. a) De las reformas de los Estatutos de la Iglesia. b) De la disolución de la Iglesia. c) De las reclamaciones presentadas en contra de los Miembros del Directorio para hacer efectivas las responsabilidades que por la Ley o los Estatutos les correspondan. d) De las adquisiciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Iglesia. El Tribunal de Disciplina estará compuesto por tres miembros y conocerá en segunda instancia de las sanciones establecidas en primera por el directorio. La Comisión Revisora de Cuentas, compuesta por tres miembros, deberá revisar semestralmente los libros de contabilidad y los comprobantes de ingresos y egresos que el Tesorero debe exhibirle e Informar al Directorio sobre la marcha de la Tesorería y el estado de las finanzas. Los Ángeles, 10 de marzo de 2023.






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