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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-04-19 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2301690)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO EVANGELÍSTICO MIENTRAS HAYA VIDA HAY ESPERANZA

(Extracto)

Jorge Rehbein Ohaco, Notario Público Titular de esta jurisdicción, con domicilio en esta ciudad, calle Balmaceda N° 279, certifico que con fecha 23/11/2022 se reduce a Escritura Pública ante mí, Repertorio N° 1565, la Constitución y Estatutos de la Persona jurídica de derecho público denominada "Ministerio Evangelístico Mientras Haya Vida Hay Esperanza", fecha de registro 08/03/2023, Número 809 del Departamento de Personas Jurídicas Unidad Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de cuya Asamblea Constitutiva se desarrolló con fecha 28/10/2022, siendo las 19:00 horas, en la sede de la iglesia ubicada en Simón Bolívar N° 12785, comuna de La Pintana, Región Metropolitana, sede principal del "Ministerio Evangelístico Mientras Haya Vida Hay Esperanza". Registro Público N° 6148, de fecha 25/11/2022 en el Registro de Entidades Religiosas de derecho público, Ley N° 19.638 y su Reglamento para las entidades religiosas. Directorio provisorio hasta la primera Asamblea General Ordinaria de Socios, presente en la asamblea la Pastora Eliana del Rosario Rojas Gonzales, y actúa como secretaria doña Milagro de Lourdes Flores Rojas, después de la información y debate pertinente, asisten a la asamblea constitutiva, las siguientes personas: Eliana del Rosario Rojas Gonzales, C.I. N° 8.714.475-5; Milagro de Lourdes Flores Rojas, C.I. N° 11.660.587-2; César Manuel Zúñiga Mellado, C.I. N° 18.880.666-K; Catalina Andrea Gutiérrez Flores, C.I. N° 18.481.602-4; Fabián Alexis Cornejo Ortega, C.I. N° 18.828.131-1; Lorena Eliana Gutiérrez Rojas, C.I. N° 17.479.244-1; Luis Alberto Garrido Cereceda, C.I. N° 15.965.659-4; Natalia Margarita Hidalgo Campos, C.I. N° 17.247.238-9; Mario Francisco Cerrano Adasme, C.I. N° 9.485.237-4; María Cristina Retamal Riffo, C.I. N° 10.292.167-4; Fernando Grabriel Gutiérrez Flores, C.I. N° 17.544.343-6; Gisselle Patricia Henríquez Balladares, C.I. N° 18.609.361-5; Leslie Paulina Marín Villarroel, C.I. N° 15.702.377-2; Miguel Eduardo Marín Gallardo, C.I. N° 6.240.700-K; María Isabel Belmar Sandoval, C.I. N° 9.461.689-1; Estefany del Valle Orellana Camacho, C.I. N° 25.734.750-8; Dalila Elena Cañas Orellana, C.I. N° 10.752.368-5; María Yolanda Jiménez Azúa, C.I. N° 9.787.574-K; Graciela de las Nieves Galiano Vezzoso, C.I. N° 5.379.513-7; Carolina de las Mercedes Carreño Santana, C.I. N° 11.316.913-3. Adoptando a su respecto los siguientes acuerdos. Los fines que se propone la Iglesia son los siguientes: a) difundir el evangelio, mediante prédicas, charlas, conferencias, libros, folletos, revistas y todo tipo de medio audiovisual. b) preparar y sostener predicadores y pastores y evangelistas. c) levantar, adquirir y mantener templos o lugares destinados al culto, como también escuelas bíblicas, refugios de desamparados y centros de ayuda social para la comunidad. d) realizar campañas de evangelización, salvación, sanidad divina, derramamiento del Espíritu Santo, bautismo en aguas por inmersión, santa. e) visitar cárceles, hospitales, asilos u hogares de menores y llevar consuelo espiritual y ayuda material al desamparado. f) crear otras organizaciones no gubernamentales, corporaciones y fundaciones de derecho público o privado, y otros organismos, ya sean con fines de carácter educativo, social, cultural y otros que le permitan al ministerio alcanzar sus fines propuestos, pero siempre sin fines de lucro. g) las demás que determine el directorio en acuerdo con la asamblea general en conformidad a los estatutos y la ley. El Ministerio no persigue fines de lucro de ninguna especie, ni actividades sociales, no pudiendo desarrollar bajo ninguna forma actividades de carácter político partidario, ni propagar ideologías políticas partidistas de ninguna clase. Al directorio corresponde la administración y dirección superior de la iglesia en conformidad a los estatutos y a los acuerdos de las asambleas generales, el directorio durará tres años en sus funciones pudiendo ser reelegidos sus miembros en forma indefinida. El directorio estará compuesto de siete miembros los que desempeñarán sus

funciones en forma totalmente gratuita, los siguientes cargos serán desempeñados por los miembros activos que a continuación se indica: Presidente del directorio de la iglesia: Eliana del Rosario Rojas Gonzales. Vicepresidente del directorio de la iglesia: Luis Alberto Garrido Cereceda. Secretaria del directorio de la iglesia: Milagro de Lourdes Flores Rojas. Tesorera del directorio de la iglesia: Gisselle Patricia Henríquez Balladares. Director uno de la iglesia: Fabián Alexis Cornejo Ortega. Director dos de la iglesia: Natalia Margarita Hidalgo Campos. Director tres de la iglesia: Dalila Elena Cañas Orellana. Presidente de la comisión revisadora de cuentas: María Yolanda Jiménez Azúa. Secretaria de la comisión revisadora de cuentas: Lorena Eliana Gutiérrez Rojas. Miembro de la comisión revisadora de cuentas: Catalina Andrea Gutiérrez Flores. Presidente del tribunal de disciplina o ética: Carolina de las Mercedes Carreño Santana. Secretario del tribunal de disciplina o ética: Mario Francisco Serrano Adasme miembro del tribunal de disciplina o ética: César Manuel Zúñiga Mellado. Son atribuciones y deberes del directorio: Uno. Dirigir la iglesia y velar por que se cumplan sus estatutos y las finalidades perseguidas por ella. Dos. Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos. Tres. Crear toda clase de ramas, sucursales, filiales, anexos, oficinas y departamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la iglesia. Cuatro. Redactar los reglamentos o instrucciones necesarios para la iglesia y las ramas y organismos que se creen, para el cumplimiento de sus fines, y someter dichos reglamentos a la aprobación del pastor y a la asamblea general, como asimismo todos aquellos asuntos y negocios que estime necesarios. Cinco. Cumplir los acuerdos tomados por la asamblea general. Seis. Rendir cuenta en la asamblea general ordinaria de cada año, tanto de la marcha de la iglesia como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario que en esa ocasión se someterán a la aprobación de sus miembros. Siete. Calificar las imposibilidades de sus miembros para desempeñar el cargo al que se refiere el artículo vigésimo primero. Ocho. Remitir periódicamente memorias y balances al Ministerio de Justicia que sean solicitados, conforme a la legislación vigente. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Puente Alto, 23 de noviembre de 2022. Rep. N° 1565-2022.






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