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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-04-11 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2297038)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA SENDERO DE VIDA

(Extracto)

Marcela Andrea Medina Ricci, Notario Público San Ramón, Av. Santa Rosa Nº 7955, certifica: Que el 17 de marzo de 2023, se redujo a escritura pública Acta de Constitución y Aprobación de Estatutos de la Iglesia Sendero de Vida, para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento, decreto de justicia Nº 303, de 2000, en manifestar lo siguiente: a) Nombre: Iglesia Sendero de Vida; Domicilio: Avenida Punta Arenas 8504, comuna de La Florida, Región Metropolitana; b) Registro Público de Inscripción Nº 6.129 de fecha 14 de noviembre de 2022; c) Nombre de los constituyentes: Cristian Alexis Cabezas Arancibia, Alejandra Paola Suárez Gajardo, Luis Guillermo Toro Santibañez, Elba Isabel Molina Sierra, Eliene Dantas Monteiro, Fidel Darwin Castro López, Carlos Roberto Castro López, Julio Enrique Castro López, Valentina Sarai Cabezas Suárez, Constanza Antonia Cabezas Suárez, Carmen Gloria Gajardo Díaz, Carmen Gloria Fuentes Espinoza, Nelida de Lourdes Arancibia Moraga, Roe Fernando Suárez Lobos, Verónica Loreto Ortiz Ortiz, Juan Cristian Cabezas Mella; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, compuesto de setenta y uno artículos, siendo fundamentalmente los siguientes: Cree que hay un solo Dios, que Dios es amor, que Él es santo, soberano, infinito y perfecto, que existe eternamente en tres personas en una perfecta unidad: El Padre, El Hijo y el Espíritu Santo; cree que Jesús es el Mesías esperado, el Cristo, verdadero y eterno Dios, verdadero hombre que fue concebido por el Espíritu Santo, nacido de María virgen, vivió, murió, resucitó y ascendió a los cielos; cree en el Espíritu Santo, persona divina, eterno junto al Padre y al Hijo; cree que las Sagradas Escrituras, Antiguo y Nuevo Testamento, son inspiradas por Dios, las cuales testifican del encuentro de Dios con el ser humano en la historia, fuente de la misión, única regla de fe y conducta; cree en el plan de Salvación para toda la humanidad y en el cumplimiento de este por medio del sacrificio de Jesucristo en la cruz; cree que el ser humano, hombre y mujer, fue creado por Dios a su imagen y semejanza, y que Dios es quien instituyó el matrimonio entre ambos; cree en la existencia del pecado como desobediencia y rebelión del ser humano al mandato divino, resultando esto en la ruptura de su relación con Dios; cree que la obra redentora, suficiente y completa para Salvación es por Gracia y no por obras humanas; cree que la Iglesia, institución creada por Dios, formada por hombres y mujeres que creen en el Señor Jesucristo, que han redimidos por su sangre y nacidos de nuevo por el Espíritu Santo; e) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: Directorio, Departamento de Ética y Comisión Electoral. Al Directorio le corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia, en conformidad de los Estatutos. El Directorio es elegido por la Asamblea General Ordinaria, es formado por cinco miembros activos y es presidido por el Pastor Principal. Los directores durarán cinco años en sus funciones. El Directorio, se compone de un Presidente, un Tesorero(a), un Secretario(a) dos Directores(as). Son atribuciones y deberes del Directorio; dirigir La Iglesia y velar porque se cumplan sus Estatutos y finalidades; administrar los bienes e invertir sus recursos; citar a Asambleas Generales de miembros activos; redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos departamentos que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de la Asamblea General; rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria; Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Iglesia local o circuito dependiente de la Iglesia; y dictar los reglamentos internos de la Iglesia y los locales anexos. El departamento de Ética actuará estrictamente apegado a los Estatutos, será elegido en la Asamblea General Ordinaria y durará tres años en sus funciones. Se nombrará entre ellos un Jefe(a) de Departamento, un Secretario(a) y un Delegado(a). La Comisión Electoral estará compuesta por tres miembros que se elegirán al inicio de la respectiva Asamblea General Ordinaria, en que corresponda realizar las elecciones de nuevo Directorio. Tendrán una reunión organizativa donde se elegirá un Jefe(a) de Comisión, un Secretario(a) quién levantará un acta de esta reunión y de las posteriores, y un Delegado(a). Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 3 de abril de 2023.






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