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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-04-20 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2302184)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA SIMPLE CHILE

(Extracto)

Pablo José Hales Beseler, Notario Titular 13º Notaría Santiago, Compañía 1312, certifico: Que con fecha 6 de septiembre del año 2022, Repertorio Nº 3718, ante mí, se redujo a escritura pública constitución de la entidad religiosa denominada "Iglesia Simple Chile", cuyo domicilio principal es calle Los Corrales número mil doscientos ochenta y seis, comuna de Colina, Región Metropolitana, inscrita en el registro público a cargo del Ministerio de Justicia de Chile bajo el número seis mil sesenta y nueve, de fecha trece de septiembre del año 2022; Concurrieron a su constitución las siguientes personas: Don Eugenio David Vial Zapatta, Yancing Rossel Mutis, Felipe Ignacio de la Maza Neumann, Nilda Gabriela Arbildo Rodríguez, Solange Gemmita Pottstock Valenzuela y Verónica Inés Azócar López. La Misión de la Iglesia es: a) Proclamar el mensaje de fe y esperanza, de una nueva vida en Cristo Jesús, llevando el evangelio de Salvación y perdón en Cristo Jesús, sean estos lugares públicos y/o privados, tales como, hospitales, cárceles, centros de acogidas, escuelas, universidades, hogares de niños o ancianos. b) Que la adoración a Dios, la alabanza, oración y el discipulado, sea una forma de vida. c) Establecer capacitación de discipulado bíblico a los integrantes de la iglesia, para que puedan desempeñarse en las diferentes áreas que han sido llamados, con la finalidad de desarrollar sus dones y talentos en estas áreas. d) Crear Iglesias y centros de ayuda cristiana, en cada Villa, Población, Pueblo, Comuna, Cuidad y Región de nuestro País, así como también formar misiones fuera de nuestro País. Los principios y valores en que se fundamenta la doctrina de la Iglesia Simple Chile, se basa en: la iglesia una familia en la fe, la comunión entre los hermanos, el respeto a la dignidad de todo ser humano, sin hacer distinción por su condición social, raza o etnia, el amor y el perdón como Cristo lo instituyó. La Iglesia Simple Chile será administrada por un directorio compuesto por un Presidente, un secretario, un tesorero y tres directores; son atribuciones del directorio las siguientes: a) Dirigir y velar para que se cumplan y acaten sus principios, objetivos y estatutos; b) Administrar los bienes y destinar sus recursos en ayuda social entre miembros de la comunidad de fe o a quién consideren pertinente. Asimismo, posee las facultades, correspondientes a la administración de la entidad religiosa, es decir decidir sobre la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, facultades que el directorio ejercer por la mayoría absoluta del directorio vigente; c) Citar a asambleas generales ordinarias y extraordinarias; d) Redactar los reglamentos que estime necesarios para su mejor funcionamiento, en las materias que le son propias; e) Cumplir los acuerdos de las asambleas generales; f) Rendir cuenta en la asamblea general ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia, como de la inversión de sus fondos; y g) entregar, al término de su período, una cuenta circunstanciada de su gestión al Directorio entrante. Son además deberes del Directorio los siguientes: A) Colaborar con el Pastor Presidente en la dirección superior de la Iglesia, velando por su afianzamiento, desarrollo y perfeccionamiento; ajustándose a las normas, doctrina y estrategia de trabajo de la Iglesia. B) Ejecutar las resoluciones de las Asambleas, cumplir y hacer cumplir este Estatuto y los reglamentos, interpretándolos en caso de duda con cargo de dar cuenta a la Asamblea más próxima que se celebre. C) Someter los problemas cuya gravedad afecte a un pastor o líder activo al Comité de Ética considerando el veredicto de la mayoría de la congregación local y el informe del Pastor Presidente; para que esta comisión investigue, sancione o absuelva en primera instancia. D) Exigir a los pastores a nivel nacional e internacional que tuviesen a su cargo bienes pertenecientes a la Iglesia, un inventario de todos ellos, con dos copias, para ser entregados a la Asamblea Anual y otro a la congregación local. E) Nombrar al Secretario y Tesorero, dentro de los miembros del Directorio. F) Todo lo relacionado con la situación económica y financiera de la Iglesia, exigiendo a todos los pastores y congregaciones un informe anual detallado de todos los ingresos por conceptos de cuotas sociales, donaciones, erogaciones, diezmos y ofrendas, separando los porcentajes acordados para cada caso y otros que sean necesarios solicitar. G) Aceptar donaciones, comodatos, herencias de todo tipo de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales e internacionales. H) Nombrar al personal necesario para el cumplimiento de la finalidad de la Iglesia, fijarle sueldo en el caso de proceder, determinarle sus obligaciones, sancionarlo o inhabilitarlo. I) Acordar erogaciones ordinarias y extraordinarias de sus miembros y hacer depósitos de los mismos en cuentas Bancarias, girar y endosar y cancelar cheques, acordar la compra de bienes muebles e inmuebles a nombre de Iglesia Simple Chile, y en general resolver todo lo relacionado acerca de la inversión que deben darse a dichos fondos. J) Propiciar o redactar el Reglamento Interno y manuales de procedimiento disciplinario en que se regulen los pormenores del régimen interno, financiero y administrativo de la Iglesia, el que será sometido a la Asamblea Anual para su aprobación. Por escritura pública de fecha 19 de diciembre del año 2022 se modificó escritura de constitución de la Iglesia Simple Chile ante don Pablo José Hales Beseler, abogado, Notario Público, en la Décimo Tercera Notaría de Santiago, Repertorio 5190, con oficio en calle Compañía número mil trescientos doce, Santiago. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de marzo de 2023.






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