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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-04-18 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2301329)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO APOSTÓLICO Y PROFÉTICO PENIEL

(Extracto)

Patricia Isabel Barrientos Cárdenas, Notario Público Segunda Notaría Chaitén asiento Futaleufú y Conservador Futaleufú, calle Manuel Rodríguez 237, Certifico: Por escritura pública otorgada ante mí con fecha 16 de enero de 2023, Repertorio 15-2023 y con arreglo a lo dispuesto por la Ley N° 19.638 y su Reglamento, se constituyó la entidad religiosa denominada Ministerio Apostólico y Profético Peniel, inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia N° 6191 de 18 de enero de 2023. Constituyentes: Marcos Ávila Alderete, María Astudillo Morales, Moisés Ibáñez González, Marta Gallardo Oyarzo, Elieth Ibáñez Gallardo, Wilfrido Sepúlveda Peña, Graciela Álvarez Sepúlveda, Ana Calbún Peranchiguay, María Nallar Gómez, Ludin Sánchez Oyarzo, Enzo Toledo Vega, Henrry Sánchez Calbún, Johan Sánchez Calbún, María Calbún Carrasco, Nolfa Carrasco Las Casas, Luis Calbún Peranchiguay, Victoria Maldonado Huirimilla, Gonzalo Ubal Hidalgo, José Troncoso Reyes, Sandro Jaramillo Flores, Sandra Fernández González, Esilda Barría Bravo, Aarón Fernández Calbún, Israel Fernández Barría, Amelia Calbún Peranchiguay, Gabriel Fernández Calbún, Patricio Molina Segovia, Maritza Fernández Calbún, Acsa Muñoz Fernández, Alan Muñoz Fernández, Luz Tribiño Álvarez, Gabriela Jofré Apablaza, Bautista Espinoza Vega, Gamalier Fernández Calbún, Viviana Friz Henríquez. Domicilio: Futaleufú, calle Los Canelos N° 2040, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares de la República que Directorio pueda acordar. Elementos esenciales, fundamentos y principios: A. Creemos en un solo Dios. B. Creemos en Dios Trino, Dios Padre, Dios Hijo y Dios Espíritu Santo. C. Creemos que sellamos nuestra fe en las aguas del bautismo sumergido. D. Creemos en la aceptación, consideración y preocupación por el prójimo, tolerancia, perdón y mutua edificación en base de la convivencia armónica. E. Creemos en la capacidad de ser humildes y de ser imitadores de Cristo, renunciando al orgullo. F. Reconocemos que no se puede hacer nada sin Dios, y el Señor puede hacer todo por nosotros. G. Creemos en la Biblia como Sagrada Escritura y regla infalible de fe para la vida del Ser Humano y el carácter Cristiano. H. Creemos en la resurrección corporal de Jesucristo y de los creyentes. I. Creemos en la ascensión victoriosa de Jesús a los cielos. J. Creemos en la pecaminosidad del hombre que lo destituyó de la gloria de Dios. K. Creemos en el perdón de los pecados, en la salvación presente y perfecta y en la justificación del alma recibida gratuitamente de Dios por fe en nuestro Señor Jesucristo. Tiene por objeto: a) El ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; b) La comunicación y difusión de palabra, por escrito o por cualquier medio, de su propio credo y la manifestación de su doctrina; c) La fundación, mantención y dirección de institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias; d) La creación, participación, patrocinio y fomento de asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines; y e) Los demás que determine la Asamblea General. Órganos de Administración: Las Asambleas Generales, el Pastor y el Directorio. La Asamblea General es la primera autoridad y representa al conjunto de sus integrantes. Se compone por la totalidad de miembros de la entidad. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. Las Ordinarias deberán celebrarse entre los meses de enero a mayo de cada año; las Extraordinarias en cualquier época del año, en la forma que se señala en escritura extractada. Al Directorio le corresponde administración y dirección superior de la Iglesia, en conformidad de los Estatutos. Estará formado por siete miembros activos y será presidido por el Pastor de la entidad religiosa. Los cargos son: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero o Director de Finanzas, y tres Directores. El Directorio de la Iglesia se elegirá en la Asamblea General Ordinaria. Directores desempeñarán funciones gratuitamente. Durarán tres años en sus funciones. Son atribuciones y deberes: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos y finalidades; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a Asambleas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la entidad religiosa y de los diversos grupos de trabajo que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de los Concilios Generales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la entidad religiosa en lo espiritual como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f) Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Iglesia o circuito dependiente de la Iglesia, y g) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias y grupos caseros, con acuerdo de cada Iglesia y grupo casero y aprobación final de la Asamblea General. El Pastor de la entidad religiosa es designado por la Asamblea General Ordinaria, por la mayoría absoluta de sus miembros, durará en sus funciones por un período de tres años, pudiendo ser confirmado en su cargo por períodos iguales y sucesivos. Tiene las siguientes atribuciones: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias -cuando corresponda- de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de funciones que estatutos encomienden a otros funcionarios que designe el Directorio; e) Organizar trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia. Este plan deberá ser presentado en primera Asamblea anual que realice el Directorio y una copia del mismo se deberá hacer llegar a cada miembro del Directorio. El Directorio, por mayoría de votos, podrá hacer modificaciones a este plan y deberá continuar sesionando hasta que se alcance el acuerdo; f) Velar por cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la entidad religiosa; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la entidad religiosa; i) Dar cuenta anualmente en Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma, y j) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y reglamentos.- Futaleufú, 12 de abril de 2023.






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