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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-04-13 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2298835)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA EVANGÉLICA ROCA DE SALVACIÓN

(Extracto)

Mauricio Igor Rojas Escudero, Notario Público Interino La Ligua, con oficio calle Ortiz de Rozas 836, La Ligua, certifica: Entidad religiosa denominada "Iglesia Evangélica Roca de Salvación", domicilio Calle Uno s/n, Población San Nicolás, Placilla, La Ligua, que dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público de esa Secretaría de Estado bajo el N° 6070, de fecha 14 de septiembre de 2022. Para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento, DS 303, año 2000, Ministerio de Justicia, en manifestar lo siguiente: a) Nombre: Iglesia Evangélica Roca de Salvación; Domicilio: Calle Uno s/n, Población San Nicolás, Placilla, La Ligua; b) Registro Público de Inscripción N° 6070 de fecha 14 de septiembre de 2022; c) Nombre de los constituyentes: Víctor Franchescole Altamirano Olivares, Omar del Rosario Carrasco García, Juan Alexis Castro Castro, Florencio del Carmen Zamora Nieto, Roberto Ananías Castro Castro, Daniela Alejandra Gallardo Matus, Fernando Egodin Garretón Álvarez, Mónica de las Nieves Salazar Cabezas, Diego Sebastián Bao Gallardo, María Angélica Castro Hidalgo, Isabel del Pilar López López, Alexis Rodrigo Garretón López, Joselin Scarlette Carrasco Zamora, María Isabel Escobar Pérez, Darby Benito Aguilar González, Richard Esteban Zamora Villalobos, Mauricio Emilio Edmundo Núñez Valdés, Karen Andrea Escobar Escobar, Yovanni Alejandro Reinoso Díaz, Ximena del Carmen Zúñiga Peña, Damary Elizabeth Vera Hidalgo, María Viviana Zamora Villalobos, Pamela Soledad Sánchez Arancibia y Anny Alejandra Navia Silva; todos ellos chilenos, mayores de edad; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa los siguientes: su doctrina se basa principalmente en practicar, fortalecer y promover la fe de los creyentes por medio de la predicación del Evangelio, la administración de los Santos Sacramentos y permitir de este modo la testificación de la fe en Dios trino por parte de todos los miembros de la comunidad. Además, difundir la fe luterana a los que no creen para que ellos se conviertan a Jesús y atraerlos a la compañía de los creyentes en el seno de la congregación. Su fin principal será proporcionar a las personas que profesan la religión cristiana reformada todos los medios para que puedan ejercerla y practicarla, así como la instrucción necesaria en su culto, y representarlos ante las autoridades religiosas y laicas. Además, la Iglesia podrá desarrollar otras actividades afines al cumplimiento de sus objetivos, ya sean educacionales, sociales o de beneficencia. Para atender a sus fines, la Iglesia tiene derecho a recibir recursos económicos y toda clase de bienes en forma de ofrendas, donaciones y liberalidades de sus miembros y de cualquier otra Entidad o persona, ya sea física o jurídica. La base doctrinal de esta Iglesia, como consecuencia de su carácter confesional, fundamenta su actuación en las doctrinas y principios que seguidamente se expresan, los cuales deben ser aceptados por todos los miembros e inspirar todas sus acciones. En tanto que cristianos evangélicos, aceptamos la Revelación de Dios único en tres personas (Padre, Hijo y Espíritu Santo) dada en las Escrituras del Antiguo y del Nuevo Testamento, y confesamos la fe histórica del Evangelio que se proclama en sus páginas. Afirmamos, por consiguiente, las doctrinas que consideramos decisivas para comprender la fe y que deben expresarse en amor, en el servicio cristiano práctico y en la proclamación del Evangelio: a) La soberanía y la gracia de Dios el Padre en la creación, la providencia, la revelación, la redención y el juicio final. b) La inspiración divina y plena de la Sagrada Escritura en sus documentos originales y, por consiguiente, su credibilidad total y su suprema autoridad en todo lo que atañe a la fe y a la conducta. c) La pecaminosidad y culpabilidad delante de Dios de toda persona consciente, que acarrea la ira de Dios y la condenación eterna. d) La justificación del pecador solamente por la gracia de Dios, por medio de la fe en Cristo, así como el arrepentimiento, la conversión y el nuevo nacimiento. e) El bautismo en agua por inmersión para el creyente, en el Nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo, y la Santa Cena para la Iglesia. f) La obra del Espíritu Santo. g) Que viene a hacer morada en el creyente regenerándole, ayudándole a apartarse del pecado, capacitándole para la obra cristiana y santificándole para la gloria de Dios, así como el deber y la responsabilidad personal de cada uno de los redimidos de obedecer a la Palabra de Dios y practicar la santidad en actitud, pensamiento, palabra y conducta, siendo esto el fruto visible de su fe. h) El bautismo en el Espíritu Santo para todos los creyentes, con las señales mencionadas en el Evangelio según San Marcos capítulo 16 versículos 17 y 18, y en Hechos de los Apóstoles capítulo 2. i) La vigencia y actualidad de la manifestación de los dones del Espíritu Santo a través de los creyentes, según lo indica la Biblia en 1° de Corintios capítulo 12. j) La vigencia y actualidad de la sanidad divina basada en la obra redentora de Jesucristo, recibida por fe en Él, así como los milagros, maravillas y hechos sobrenaturales obrados por el poder de Dios para gloria de su Nombre. k) La vigencia y actualidad de los ministerios de apóstoles, evangelistas, profetas, pastores y maestros, constituidos por Cristo y dados a la Iglesia para su edificación y buen funcionamiento, según Efesios 4, siendo función exclusiva de la Iglesia el reconocer dichos ministerios. l) El sacerdocio de todos los creyentes, que, en la unidad del Espíritu Santo, constituyen la Iglesia Universal, el Cuerpo del cual Cristo es la Cabeza, comprometidos por el mandamiento de su Señor a la proclamación del Evangelio en todo el mundo. m) La Iglesia Local como manifestación visible de una parte del Cuerpo de Cristo, así como la necesidad y responsabilidad de cada creyente de integrase e identificarse con la misma Iglesia. n) La esperanza del retorno visible de nuestro Señor Jesucristo, el arrebatamiento de la Iglesia, la resurrección de los muertos y la consumación con el Reinado de Cristo. o) El juicio final, en el que Cristo juzgará con justicia a los vivos y a los muertos dictaminando salvación eterna para unos y condenación eterna para otros, conforme a la Palabra de Dios. p) El matrimonio como institución divina primigenia creada por Dios, por medio de la cual, libre y voluntariamente, un hombre y una mujer, nacidos como tales, se unen de manera estable y permanente para vivir juntos, amarse, respetarse, ser de ayuda mutua y constituir un hogar de bendición para sí mismos y, en su caso, para sus hijos y el entorno que les rodea. (Génesis 2,24). q) La familia que fue diseñada para constituir la base de la sociedad, por lo que la Iglesia debe desarrollar una pastoral de apoyo con el fin de fortalecer la institución familiar, al creer que el incremento de las familias saludables según el modelo del Evangelio favorecerá también la buena salud de la sociedad. e) Los órganos de administración que regulan el actuar de esta entidad religiosa, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son tres, denominados "Cargos Administrativos de la Iglesia". En la Iglesia existirán al menos los cargos administrativos de Presidente, Secretario y Tesorero. 1.- El Presidente de la Iglesia. El cargo de Presidente lo ostentará el pastor de la Iglesia. En los supuestos de existir varios pastores, el Consejo junto con la Asamblea General determinará quién de ellos ostentará la presidencia de la Iglesia. Son funciones del Presidente de la congregación: a) Convocar y presidir las reuniones de la Asamblea General y del Consejo de Iglesia Fijar el Orden del Día de las reuniones del Consejo de Iglesia. b) Redactar y firmar los documentos y correspondencia de la Iglesia. c) Supervisar los movimientos económicos de la Iglesia. d) Representará a la Iglesia en todo trámite necesario. e) En caso de ausencia del Presidente, si no constase delegación expresa, sus funciones administrativas serán asumidas por el Consejo. 2.- El Secretario de la Iglesia. El cargo de Secretario será ostentando preferiblemente por un anciano de la congregación y formará parte del Consejo. En caso de no existir anciano en la congregación, la Asamblea elegirá a propuesta del Pastor a la persona que ejercerá esta labor. Son funciones del Secretario de la Iglesia: a) Llevar al día y custodiar los libros de registro y de actas de la Iglesia. b) Levantar acta y certificaciones de las reuniones de la Asamblea General y de las del Consejo de la Iglesia. c) Asistir al Presidente en la redacción de la correspondencia y de los documentos oficiales de la Iglesia. 3.- El Tesorero de la Iglesia. El cargo de Tesorero será ostentando preferiblemente por un anciano de la congregación y formará parte del Consejo. En caso de no existir ancianos en la congregación la Asamblea elegirá a propuesta del Pastor a la persona que ejercerá esta labor. Son funciones del Tesorero de la Iglesia: a) Llevar al día y custodiar toda la documentación contable de la congregación. b) Ocuparse de efectuar los oportunos cobros y pagos de las obligaciones económicas de conformidad con el Visto Bueno del Presidente. f) Fecha escritura pública 9 septiembre 2022, Repertorio N° 1969-202,0 Acta constitutiva y estatutos día 18 mayo 2022, Escritura Pública Complementaria 12 enero 2023, Repertorio N°66-2023, ambas ante Notario Público Interino La Ligua, Mauricio Igor Rojas Escudero, calle Ortiz de Rozas 836, La Ligua.






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