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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-04-10 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2296737)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

AGRUPACIÓN CRISTIANA DEJANDO HUELLAS

(Extracto)

Nicolás Valenzuela González, Abogado, Suplente del Notario Público Titular de Osorno, don Abdallah Fernández Atuez, con oficio en Avenida Nueva Mackenna número ochocientos setenta y uno, que ante el notario público titular de Osorno don Abdallah Fernández Atuez, certifica: Que por escritura pública de fecha 13 de octubre de 2022, Repertorio número 5.157-2022. Iglesia Evangélica Agrupación Cristiana Dejando Huellas, en Osorno, calle Valdivia 636, Registrada 18 de octubre de 2022 número 6101. Registro Entidades Religiosas de Derecho Público. Constituyentes: Cristian F. Ancapichún Ancapichún, Jessica M. Asenjo Andrade, Nicol N. Barría Hidalgo, Jairo E. Benavides Loncoñanco, Nancy del C. Cortés Monsalve, Yerson A. Damian Naguian, Camila B. Gallegos Barría, Paola A. González González, Julia C. Hidalgo Cárcamo, Johanna E. Loncoñanco Santibañez, Pablo E. Rosales Soto, Eduardo E. Rosales Villanueva, Carolina S. Uribe Altamirano, Violeta I. Villanueva Asenjo. Elementos esenciales. Libre ejercicio de la fe de sus miembros; fundamenta creencia en Sagradas Escrituras: desarrollando actividades propias de organizaciones religiosas, celebrar reuniones de carácter religioso congregacional a fin de manifestar públicamente la fe, mediante actos de oración, enseñanzas de los principios cristianos dejados por Cristo en la Palabra de Dios, alabanza y adoración a El. Para cumplimiento de fines propios de la iglesia, ésta podrá fundar iglesias locales y lugares dedicados a labor social, espiritual y de educación; en especial podrá crear personas jurídicas de conformidad a la legislación vigente; fundar, mantener y dirigir en forma autónoma institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales. Instituciones educacionales de beneficencia o humanitarias; crear, participar, patrocinar y fomentar asociaciones, corporaciones y fundaciones para la realización de sus fines; y, en general todas aquellas actividades lícitas que no atenten contra la moral, las buenas costumbres, el orden público y que persigan la difusión, de palabra, por escrito o por cualquier otro medio de su propia fe y doctrina. Principios que sustentan la fe que profesa: Unidad del Padre, Hijo y Espíritu Santo en la Divinidad; inspiración divina y entera confiabilidad en la Santa Biblia y su autoridad suprema en todo asunto de fe y conducta; pecado y culpa de toda la humanidad desde la caída; justificación del pecado por el amor de Dios a los hombres mediante Jesucristo; redención del hombre y la mujer sólo mediante la muerte expiatoria del Señor Jesucristo, único mediador entre Dios y los hombres; resurrección corporal del Señor Jesucristo de entre los muertos y su ascenso a la diestra del Padre intercediendo por nosotros; presencia y poder del Espíritu Santo en la obra de la regeneración y perfeccionamiento del creyente; la iglesia universal que es el cuerpo de Cristo y a la cual pertenecen todos los creyentes en Cristo; retorno personal del Señor Jesucristo. Sacramentos: bautismo en agua, Santa Cena, presentación de niños, matrimonio. Administración: Directorio, composición mixta, siete miembros; funciones espirituales, doctrinales, dogmáticas, y administración de la iglesia. Atribuciones del directorio: dirigir la iglesia y administrar sus bienes, otorgar acreditaciones a los pastores, crear filiales y anexos, constituir un comité de disciplina, aceptar o rechazar donaciones, herencias o legados, realizar todos los actos y contratos necesarios para el objetivo de la iglesia, resolver asuntos que no estén contemplados en estos estatutos y pudieran causar entorpecimiento al logro de los objetivos de la iglesia. Presidente la representa legalmente. Miembros: personas naturales sin distinción, bautizados, aceptan declaración de fe libre y voluntariamente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 14 de febrero de 2023.






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