GobiernoTransparente


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-05-13 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2313022)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

>Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA EVANGÉLICA DE SAN JAVIER

(Extracto)

Pamela Astorga Páez, Abogada, Notario Público Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre, domiciliada en su oficio de calle Sargento Aldea número 2625, comuna de San Javier, certifica: Por escritura pública de fecha 2 de febrero de 2023, Repertorio Nº 329, otorgada ante Notario Público Interino de las comunas de San Javier y Villa Alegre, don Patricio Muñoz Leyton, se redujo a escritura pública Acta Constitución y Aprobación de Estatutos de la persona jurídica de derecho público denominada "Iglesia Evangélica de San Javier", entidad religiosa domiciliada en calle Manuel Antonio Matta Nº 1230, comuna San Javier, Provincia de Linares, Región del Maule, inscrita en el Registro Público de Entidades Religiosas del Ministerio Justicia bajo el Nº 6234 de fecha 1 de marzo de 2023. Nombre de los Constituyentes: Luis Armando Muñoz Muñoz. Diamantina del Carmen Bravo González. Moisés Jacob Muñoz Bravo. Juan de Dios Sepúlveda Bueno. Diego Armando Cuitiño Muñoz. Bernardo Exequiel Zúñiga Méndez. Jorge Eliseo Andrades Villagra. Alejandro Antonio Jaque Gutiérrez. Tabita Andrea Chamblas González. Carla Andrea Cuitiño Muñoz. Juan Eduardo Rojas Acevedo. Ítalo Alejandro Amigo Briones. María Paz Muñoz Rojas. Cristian Aarón Andrades Garrido. Carla Andrea Arévalo Poblete. Ruth Ester Muñoz Bravo. Raquel Elizabeth Muñoz Bravo. Nicol Verónica Troncoso Alcayaga. Sara Lidia Muñoz Bravo. Iris Isabel Alcayaga Chamorro. Clementina González Salazar. Luis Iván Castillo Adones. Claudio Armando Reyes Tralma. José Miguel Chamblas González. Es de la esencia de la entidad religiosa denominada Iglesia Evangélica de San Javier los siguientes principios generales fundamentales de fe: I. Creemos que no hay sino un solo Dios, el único viviente y verdadero, quien es infinito en su ser y perfecciones, espíritu purísimo, invisible, sin cuerpo, miembros o pasiones, inmutable, eterno, todopoderoso, sabio, santo, soberano, libre, absoluto, que hace todas las cosas según el consejo de su propia voluntad, que es justísima y para su propia gloria, amoroso, benigno y misericordioso, paciente, abundante en bondad y verdad, perdonando toda iniquidad, transgresión y pecado, galardonador de todos los que le buscan con diligencia, y sobre todo muy justo y terrible en sus juicios, que odia todo pecado y que de ninguna manera dará por inocente al culpable. II. Creemos que Dios posee en sí mismo y por sí mismo toda vida, gloria, bondad y bienaventuranza, siendo suficiente en todo, en sí mismo y respecto a sí mismo, no teniendo necesidad de ninguna de las criaturas que ha hecho, ni derivando ninguna gloria de ellas, sino que solamente manifiesta su propia gloria en ellas, por ellas, hacia ellas y sobre ellas. Él es la única fuente de todo ser, de quien, por quien, y para quien son todas las cosas, teniendo sobre ellas el más soberano dominio, haciendo por ellas, para ellas y sobre ellas toda su voluntad. Todas las cosas están abiertas y manifiestas delante de su vista, su conocimiento es infinito, infalible e independiente de toda criatura, de modo que para Él no hay ninguna cosa contingente o incierta. Es santísimo en todos sus consejos, en todas sus obras y en todos sus mandatos. A Él son debidos todo culto, adoración, servicio y obediencia que tenga a bien exigir de los ángeles, de los hombres y de toda criatura. III. Creemos que en la unidad de la Divinidad hay tres personas de una sustancia, poder y eternidad; Dios Padre, Dios Hijo y Dios Espíritu Santo. El Padre no es engendrado ni procede de nadie; el Hijo es eternamente engendrado del Padre y no creado; el Espíritu Santo procede eternamente del Padre y del Hijo. IV. Creemos en Jesucristo, Hijo de Dios, la segunda persona de la Trinidad, siendo verdadero y eterno Dios, igual y de una sustancia con el Padre quien, habiendo llegado la plenitud del tiempo, tomó sobre sí la naturaleza humana con todas sus propiedades esenciales y con sus debilidades comunes, mas sin pecado. Fue concebido por el poder del Espíritu Santo en el vientre de la virgen María, de la sustancia de ella. Así que, dos naturalezas completas, perfectas y distintas, la divina y humana, se unieron inseparablemente en una persona, pero sin conversión, composición o confusión alguna. Esta persona es verdadero Dios y verdadero hombre, un solo Cristo, el único mediador entre Dios y el hombre. El Señor Jesús, en su naturaleza humana unida así a la divina, fue ungido y santificado con el Espíritu Santo sobre toda medida, y posee todos los tesoros de la sabiduría y del conocimiento, pues agradó al Padre que en él habitase toda plenitud, a fin de que, siendo santo, inocente, inmaculado, lleno de gracia y de verdad, fuese del todo apto para desempeñar el oficio de un mediador y fiador. Jesucristo no tomó por sí mismo este oficio, sino que fue llamado para ello por su Padre, quien puso en sus manos todo juicio y poder, y le mandó que desempeñara tal oficio. El Señor Jesús, con la mayor voluntad tomó para sí este oficio, y para desempeñarlo fue puesto bajo la ley, la que cumplió perfectamente, padeciendo los más crueles tormentos directamente en su alma y los más dolorosos sufrimientos en su cuerpo, siendo crucificado para luego morir. Fue sepultado y permaneció bajo el poder de la muerte, aun cuando no vio corrupción. Al tercer día se levantó de entre los muertos con el mismo cuerpo que tenía cuando sufrió, con el cual también ascendió al cielo y allí está sentado a la diestra de Dios Padre, intercediendo, para que, cuando sea el fin del mundo, volver para juzgar a los hombres y a los ángeles. El Señor Jesucristo, por su perfecta obediencia y por el sacrificio de sí mismo que ofreció una sola vez por el Espíritu eterno de Dios, ha satisfecho plenamente a la justicia de su Padre y compró para aquellos que éste le había dado, no solo la reconciliación, sino también una herencia eterna en el reino de los cielos. V. Creemos que las diferentes congregaciones de creyentes, tomadas colectivamente, constituyen una sola Iglesia de Cristo, parte de la Iglesia Universal. VI. Creemos que la salvación del ser humano responde a la gracia de Dios por medio de la Fe en Jesucristo, siendo esta salvación personal. VII. Creemos que las iglesias locales se rigen por el gobierno congregacional, que son autónomas respecto de otras iglesias o instituciones, pero que a la vez pueden asociarse libremente con otras iglesias o instituciones para la realización de proyectos especiales afines con la naturaleza de la misión cristiana en el mundo. VIII. Creemos en el principio voluntario respecto de la fe y de la membresía eclesial. Todo ser humano tiene el derecho inalienable de adorar a la Deidad dónde, cuándo y cómo su conciencia le dicte. La conciencia del cristiano está iluminada por los valores bíblicos de la incorruptible la palabra de Dios que vive y permanece para siempre. Esta conciencia es garantía moral a favor de toda buena costumbre social, siendo hacedores de la palabra, y no solamente oidores. IX. Sustentamos el principio de la autonomía de la Iglesia respecto del Estado, y del Estado respecto de la Iglesia. El Estado es una institución legítima, que vela por el orden, la justicia y la salud de la sociedad temporal; la Iglesia es una sociedad organizada, que evangeliza y educa sobre la base de su fe, según el evangelio de Jesucristo. X. Creemos que, si los principios escriturales y racionales precedentes son sostenidos y practicados firmemente por la Iglesia, el vigor y estrictez de su disciplina contribuirá a su grandeza y felicidad. En este sentido, como la disciplina eclesiástica debe ser sólo moral y espiritual, sin ningún efecto civil, toda su fuerza debe derivarse de su propia justicia, de la acción eficaz y la bendición de la gran Cabeza de la Iglesia Universal, nuestro Señor Jesucristo. La entidad religiosa denominada Iglesia Evangélica de San Javier tiene por objeto: a) Predicar y divulgar las enseñanzas del Evangelio del Señor Jesucristo, según lo establecido en la Biblia, la Palabra de Dios escrita; b) Promover un conocimiento y relación personal íntima de cada miembro con Dios, por medio de la oración y la adoración, así como el estudio y la obediencia a su Palabra; c) Desarrollar el ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto a Dios, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; d) Comunicar y difundir, por escrito o por cualquier medio, su propio credo y la manifestación de su doctrina; e) Fundar, mantener y dirigir institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, como también instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias; f) Crear, participar, patrocinar y fomentar asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines; g) Promover el bienestar espiritual, la unión y el desarrollo integral de sus miembros y sus familias en todas las áreas de su vida, tales como el desarrollo social, educacional, económico, laboral, de salud y formas de vida saludables, de relaciones familiares y matrimoniales, así como el bien común de la congregación y la comunidad; h) Interpretar y expresar los intereses de sus miembros a través de acciones sociales, intelectuales, artísticas, deportivas, culturales, ambientalistas, comunitarias, educacionales y eclesiásticas que sean acordes a su finalidad, y l) Los demás que determine la Asamblea General. Son órganos de administración de la entidad religiosa Iglesia Evangélica San Javier: a) Las Asambleas Generales; b) El Directorio. La Asamblea General: Representa al conjunto de los miembros de la Iglesia y se compone por la totalidad de los miembros de la iglesia. La Asamblea General Ordinaria conocerá de la presentación que realice el Presidente del Directorio en relación al balance, inventario y memoria del ejercicio anterior de la Iglesia y de cualquier asunto relacionado con intereses sociales. La Asamblea General Extraordinaria conocerá únicamente las materias para las cuales fueren convocadas y exclusivamente de las materias señaladas en el artículo 12 de los Estatutos de la entidad contenidos en escritura pública extractada. El Directorio: Le corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia Evangélica de San Javier. Está formado por cinco miembros activos que se desempeñan en las siguientes funciones: a) Presidente, función ejercida por el Pastor principal, quien representa judicial y extrajudicial a la entidad, presidir las reuniones del Directorio, entre otras; b) Secretario, quien debe llevar los libros de actas del Directorio y de las Asambleas Generales, despachar las citaciones a las Asambleas Generales y las demás tareas relativas a su función; c) Tesorero General, quien debe recibir las donaciones y aportes, llevar registro de ingresos y egresos y las demás tareas relativas a su función; d) Asistente Auxiliar de Tesorería, le corresponde efectuar tareas administrativas de asistencia y apoyo en las áreas de Tesorería y toda otra función que el Directorio le encomiende; e) Asistente Auxiliar de Secretaría, le corresponde efectuar tareas administrativas de asistencia y apoyo en las áreas de Tesorería y toda otra función que el Directorio le encomiende. Son atribuciones y deberes Directorio: a) Dirigir la Iglesia y velar por que se cumplan sus Estatutos y finalidades; b) Administrar los bienes pertenecientes a la Iglesia Evangélica de San Javier e invertir sus recursos; c) Citar a Asambleas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar las circulares que estimen necesarias para el mejor funcionamiento administrativo de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajo que se formen para el cumplimiento de sus fines; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en general como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f) Preocuparse de la organización y dirección de las Iglesias o Campus dependientes de esta. El nombramiento, facultades y demás atribuciones de los cinco miembros que conforman el Directorio de la entidad religiosa Iglesia Evangélica de San Javier constan en el Título Tercero, Sección Segunda, artículos 18 al 31 de los Estatutos de la entidad contenidos en la escritura extractada. Los Estatutos de la entidad se encuentran contenidos en escritura pública de fecha 2 de febrero de 2023, anotada en el Repertorio de Escrituras Públicas bajo el número 329 del año 2023, autorizada ante Notario Público Interino de las comunas de San Javier y Villa Alegre, don Patricio Muñoz Leyton, con oficio en calle Sargento Aldea Nº 2625, comuna de San Javier, complementada por escritura pública de fecha 13 de abril de 2023, anotada en el Repertorio de Escrituras Públicas bajo el número 689 del año 2023, autorizada ante Notario Público Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre, doña Pamela Astorga Páez, con oficio en calle Sargento Aldea Nº 2625, comuna de San Javier. Demás estipulaciones escritura extractada.- San Javier, 28 de abril de 2023.






VolverTamaño de Fuente