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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-05-11 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2312142)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA COMUNIDAD DE REINO

(Extracto)

Sergio Fernando Tobar Moreno, Notario Público Suplente de Viña del Mar, con oficio en calle Arlegui 333, local 111, certifica: Que por escritura de fecha 14 de abril de 2023, repertorio N° 1326-2023, ante Notario Público Titular don Francisco Javier Fuenzalida Rodríguez, se celebró acta de constitución, de la organización religiosa denominada Iglesia Comunidad de Reino, inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia N° 6218 del 15 de febrero de 2023. Constituyentes: Aníbal Alejandro Aliaga Olivares, Maritza Isabel Bustamante Arancibia, Isaac Emanuel Aliaga Bustamante, Jordy Alejandro Aliaga Bustamante, Vicky del Carmen Álvarez Villagra. Domicilio: Comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, sin perjuicio de la habilitación de sedes en otros lugares del país. Elementos esenciales, fundamentos y principios: La Iglesia es una organización religiosa sin ánimo de lucro, que predica, practica y enseña el Evangelio de Jesucristo con base en los principios establecidos en la Biblia la cual entendemos como Palabra de Dios: Creemos: 1. En la autoridad de la Biblia como la palabra que nos orienta, su inspiración divina que debe ser estudiada entendiendo en su contexto e historia para ser enseñada. 2. En un Dios que existe eternamente en tres personas, a saber: el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. 3. Que Jesucristo es Dios y el unigénito del Padre, concebido del Espíritu Santo y nacido de la Virgen María. Que fue crucificado, sepultado y resucitó de entre los muertos. Que ascendió al cielo y está hoy a la diestra del Padre como nuestro Intercesor. 4. Que todos han pecado y están destituidos de la gloria de Dios; y que el arrepentimiento es necesario para el perdón de los pecados. 5. Que la justificación, la regeneración y el nuevo nacimiento se efectúan por fe en Jesucristo, por la revelación de las Escrituras y el poder del Espíritu Santo. 6. En la santificación, como medio de consagración para el Reino de los Cielos. 7. En el bautismo en agua, como medio público para testificar la fe en Jesucristo. 8. En hablar en otras lenguas, como el Espíritu dirija a la persona, lo cual es la evidencia inicial del bautismo en el Espíritu Santo. 9. En la segunda venida de Jesucristo. 10. En la vida eterna. Órganos de Administración: El Pastor, El Directorio y las Asambleas Generales. Corresponde al Pastor Principal de la Iglesia: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o Extraordinarias -cuando corresponda- de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los estatutos encomienden a otros funcionarios que designe el Directorio; e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia. El Directorio, por mayoría de votos, podrá hacer modificaciones a este plan y deberá continuar sesionando hasta que se alcance el acuerdo; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar la documentación propia de su cargo, y aquellas en que deba representar a la Iglesia autorizar nombramientos, contratos, remuneraciones, dar y tomar en arrendamiento, comodato, administración o concesión, o bien, a cualquier otro título, toda clase de bienes, sean estos corporales o incorporales, raíces o muebles; i) Dar cuenta anualmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma; j) Ser guía espiritual de la iglesia, a través de la predicación y enseñanza. k) Ser miembro de todos y cada uno de los departamentos, equipos, grupos o comisiones de la Iglesia con derecho a voz y voto. l) Vigilar por la marcha administrativa y financiera de la organización. m) Realizar todos los trámites ante las organizaciones del Estado, Ministerios, Secretarías, Servicios, y cuanta entidad administrativa corresponda, con el fin de obtener las reformas a los estatutos, solicitar aprobaciones, entre otros. El Directorio, estará formado por el Pastor Principal, b) Vicepresidente, c) Secretario, d) Tesorero y e) Vocales. El directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la Iglesia y velar porque se cumplan sus Estatutos y finalidades; b) Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; c) Citar a Asambleas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajo que se creen para el cumplimiento de sus fines; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual, como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance o inventario; f) Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada Iglesia o grupo de trabajo dependiente de la Iglesia; y g) Dictar los reglamentos internos de las Iglesias y grupos en casa, con acuerdo de cada Iglesia y grupo en casa según sus características y necesidades. La Asamblea General se compone por la totalidad de los miembros de la iglesia. Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. Las Ordinarias podrán celebrarse entre los meses de enero a mayo de cada año; las Extraordinarias se celebrarán en cualquier época del año, cuando las necesidades así lo ameriten. En la Asamblea General Ordinaria se informará del desarrollo del objeto social de la Iglesia, además, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses sociales. Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria: a) De las reformas de los Estatutos de la Iglesia; b) De la disolución de la Iglesia; c) Proponer miembros para postularse a los cargos del Directorio; d) Toda materia que sea necesaria para el correcto funcionamiento de los objetivos de la Iglesia. Demás estipulaciones en escritura extractada, Viña del Mar, 3 de mayo de 2023.






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