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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-05-06 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2310144)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA BÍBLICA BAUTISTA DE COQUIMBO RENACER

(Extracto)

Eduardo Quintanilla Rojas, Notario Público y Conservador de Minas Suplente del Titular, don Gonzalo Henríquez Encamilla, para efectos publicación extracto Diario Oficial, viene según artículo 11 Reglamento, DS 303, año 2000, Ministerio de Justicia, certificar lo siguiente: a) Nombre: "Iglesia Bíblica Bautista de Coquimbo Renacer"; Domicilio: Las Lilas Norte número cero quince, Sindempart, Coquimbo; b) Registro Público de Inscripción N° 6160, de fecha 7 diciembre 2022; c) Nombre de los constituyentes: Rubén Antonio Munizaga Chacana, Cindy Carol Munizaga Rojas, Mauricio Javier Munizaga Rojas, Mauricio David González Monte de Oca, María Angélica Rojas Monardes, todos ellos chilenos, mayores de edad; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Cree en la Santa Biblia, como la palabra de Dios, escrita bajo la inspiración del Espíritu Santo; Cree y testifica que Jesucristo es Dios, revelado en las escrituras como el Verbo o la Palabra, sin principio ni fin; cree, que el Espíritu Santo es eterno Dios juntamente con el Padre y el Hijo. Que no es una influencia sino una Persona con inteligencia, voluntad y poder; cree que Satanás fue en un principio un ángel de luz, perfecto en todos sus caminos, pero que se reveló en contra de Dios, transformándose en enemigo y arrastrando en su caída a una multitud de ángeles (los demonios); Cree que la creación ocurrió como la refiere el relato de Génesis, el cual aceptamos literal y no figurativa ni alegóricamente. Que el hombre fue creado directamente a la imagen de Dios y no como el resultado de un proceso evolucionario; Cree que el hombre es pecador y está imposibilitado de salvarse a sí mismo por sus medios (obras, ritos, sacrificios o ley). Que, no obstante, Dios por misericordia proveyó un perfecto medio a través del cual cada individuo puede alcanzar salvación. Que ésta es otorgada por gracia (gratuitamente sin méritos humanos) por medio de la obra redentora y vicaria de Cristo en la cruz del calvario; Cree que la salvación otorgada por Dios es eterna. Que la persona la alcanza apropiándose de las bendiciones del sacrificio de Cristo. Que es imposible perderla pues es dada en virtud de la gracia de Dios; Cree que la justificación es el acto sublime en el que el Dios Santo declara: Que toda persona que creyendo en el sacrificio sustitutivo del Señor Jesucristo, es justa y acepta ante él; Cree que los dones de: Pastor, evangelista, Maestro exhortación, Palabra de Ciencia, Palabra de Sabiduría, Servicio, hospitalidad, repartir, presidir, misericordia, fe y discernimiento de espíritus son vigentes en el día de hoy para la edificación y perfección de la Iglesia; Cree que la Iglesia es una asamblea local de creyentes, nacidos de nueva, llamados por el Señor Jesucristo a conformar su cuerpo con una fe, una doctrina, y un propósito común, el cual es cumplir obedientemente la gran comisión (predicar el evangelio); Cree que hay sólo dos ordenanzas bíblicas conmemorativas de la muerte y resurrección de Cristo, que no tienen en si eficacia alguna para salvar, pero que no obstante, están escritas para que cada creyente en testimonio de su fe y lealtad al Señor las cumpla obedientemente. a) La cena del Señor y b) el bautismo; Cree que el moderno movimiento tendiente a unificar las iglesias de diferentes credos, llamado ecumenismo, dirigido mayormente por la Iglesia Católico-romana y el Consejo Mundial de Iglesias, pretende esta cuestionable unificación negando doctrinas fundamentales de las Sagradas Escrituras y que por lo tanto es falso y antibíblico; Cree que cada creyente nacido de nuevo, es declarado santo posicionalmente en Cristo. Que, no obstante, por conservar su naturaleza humana pecaminosa, se hace necesaria la santificación, que es el proceso mediante el cual el Espíritu Santo va apartando de todo lo mundanal y contaminante; Cree que es voluntad de Dios, la existencia del gobierno civil para preservar el orden y el bienestar de la sociedad humana. Que es responsabilidad de cada verdadero creyente orar por los gobernantes, respetarles y someterse a todas las disposiciones, salvo que estas vayan en contra de la Santa voluntad de Dios, único dueño de la conciencia y Señor de los Gobernantes de la tierra; Cree que el Señor Jesucristo habiendo muerto y resucitado, ascendió a los cielos a preparar lugar para los redimidos, de donde vendrá por segunda vez; Cree que hay dos lugares en que los hombres habrán de morar después de la vida terrenal, a saber, el cielo para todos los redimidos y el infierno para todos aquellos que rechazan el evangelio de Cristo; Cree que siendo guiados por el Espíritu Santo, para recibir a nuestro Señor Jesucristo como Salvador personal, y, habiendo sido bautizado en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo, nos comprometemos solemnemente a través de este pacto, establecer una Iglesia Cristiana Bautista Bíblica y fundamentalista, con el propósito de mantener la pureza del evangelio y cumplir con el deseo de Cristo cual es, ser la luz del mundo. e) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: El Pastor, El Consejo de Ancianos, El directorio. El Pastor: La iglesia tendrá un pastor y sus atribuciones son: Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, Presidir las reuniones del Directorio de Iglesia y de las Asambleas de Iglesia. Convocar a Asambleas Ordinarias y Extraordinarias. Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los estatutos o por decisión del Directorio se encomiende a otras personas. Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de actividades de la Iglesia. Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la iglesia. Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes. Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia. Dar cuenta anualmente en la Asamblea, en nombre del directorio, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma. Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos, las leyes y los reglamentos en su calidad de pastor o ministro del evangelio. El Consejo de Ancianos. El número de miembros del consejo de ancianos, no será superior al 10% del total de los miembros de la iglesia. De las atribuciones del Consejo de Ancianos. A.- La administración de los bienes de la iglesia. Adoptar las medidas necesarias para el mantenimiento y mejoramiento de los bienes de la iglesia. Mantener un inventario actualizado de los bienes, con vigencia de no más de un año. Efectuar todas las negociaciones que sean necesarias para facilitar las actividades de la iglesia. B.- La administración de los fondos de la Iglesia. Deberá designar un tesorero que sea miembro del Consejo de Ancianos y un asistente, que puede o no ser miembro del mismo.- El Directorio. Estará formado por cinco personas. Son atribuciones y deberes del Directorio: Dirigir a la Iglesia y velar porque se cumplan sus Estatutos y las finalidades de la Iglesia; Administrar los bienes sociales e invertir sus recursos; Citar a Asambleas de Iglesia en la forma y época que señalan estos estatutos; Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos ministerios que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de la Asamblea; Rendir cuentas en Asambleas, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual, como de la inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de los miembros activos. f) Escritura pública de constitución que contiene estatutos, es de fecha 27 octubre 2022, Repertorio 2234-2022 y modificación de fecha 23 marzo 2023, repertorio 789-2023 ambas ante Notario Público Coquimbo, Gonzalo Henríquez Encamilla, domiciliado en Bilbao 451, Coquimbo. Demás estipulaciones constan en las respectivas escrituras. Coquimbo, 19 de abril de 2023.






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