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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2024-02-16 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2453602)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

VENCEDOR IGLESIA

(Extracto)

Macarena Constanza Molina Cortés, Notario Público de Puerto Varas, Suplente del Titular don Bernardo Espinosa Bancalari, con domicilio en Avenida Gramado Nº 535, certifico: Por escritura pública de fecha 4 septiembre 2023 y 2 de enero 2024, ante el titular, se redujo acta constitutiva y posterior complementación entidad religiosa de derecho público, Ley 19.638 y su Reglamento 303, denominada "Vencedor Iglesia", domiciliada calle Patricio Lynch 24, Puerto Varas, Registro 6458 del 26 septiembre 2023; constituyentes: Paulo Nacaratte Poblete; Ester Huenchufil Lienqueo; Soraya Hernández Bustamante; Elizabeth Nacaratte Poblete; Paula Frías Ortiz; Matías Pugin Pugin y Edizon Maldonado Hernández; los estatutos establecen creación de una iglesia que se dedique a Predicar y divulgar las enseñanzas del Evangelio del Reino de Dios y de nuestro Señor Jesucristo, según lo establecido en la Biblia, la Palabra de Dios. Artículos de fe: La biblia, inspirada por Dios, para ser autoridad doctrinal. Hay un solo Dios, eternamente existente en tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo. Cree en los dones del Espíritu Santo. La Salvación, don gratuito proporcionado por Dios, mediante el sacrificio expiatorio de su hijo Jesucristo. Cree en la resurrección de los muertos, instituida por Dios y materializada por su hijo Jesucristo. Cree en el Rapto o arrebatamiento. Cree en el matrimonio entre un hombre y una mujer. Cree en Bautismo por inmersión, presentación de niños al Señor. Cree en sacramento de la Santa Cena. Órganos de administración: El Cuerpo Pastoral será el órgano resolutivo superior en la entidad y está constituido por todos los pastores de la entidad que hayan sido ordenados por el Pastor Principal de la entidad. Su número de integrantes será ilimitado. Presidirá el Cuerpo Pastoral, el Pastor Principal de la entidad. Existirán Sesiones generales ordinarias y extraordinarias del cuerpo pastoral. La Sesión general ordinaria se celebrará en los meses de marzo y diciembre de cada año y en ellas, podrá tratarse cualquier asunto relacionado con los intereses de la entidad. Las sesiones extraordinarias del Cuerpo Pastoral se verificarán cuando lo exijan las necesidades de la entidad y en ellas sólo podrán tratarse y adoptarse acuerdos respecto de las materias específicamente señaladas en la convocatoria. Corresponde exclusivamente a la Sesión General Extraordinaria tratar las siguientes materias, reforma de los estatutos de la entidad y de la disolución de ella. Es todo, doy fe. Puerto Varas, nueve de febrero de dos mil veinticuatro.






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