GobiernoTransparente


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2024-02-02 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2448171)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA BAUTISTA LA RIBERA DE LA CIUDAD DE TEMUCO

(Extracto)

Jorge Elías Tadres Hales, abogado, Notario Público Titular, con oficio en calle Antonio Varas número 976, certifica: Que, en mi oficio ante el repertorio Nº 3830 del año 2023, con fecha 27 de julio de 2023 se redujo a escritura pública el acta de constitución de fecha 7 de mayo del año 2023 de la denominada "Iglesia Bautista La Ribera de la ciudad de Temuco", junto con la escritura pública complementaria de fecha 31 de octubre del año 2023 anotada bajo el repertorio número 5604 del año 2023, inscritas en el Registro Público del Ministerio de Justicia bajo el Nº 6403, de fecha 4 de agosto de 2023, cuya individualización y antecedentes son: i) Nombre: Iglesia Bautista La Ribera de la ciudad de Temuco; Domicilio: Calle Río Ebro Nº 01654, comuna y ciudad de Temuco, Región de La Araucanía, República de Chile; ii) Registro Público de Inscripción, Nº 6403 de fecha 4 de agosto de 2023; iii) Constituyentes: Berta Elvira González Carrillo, Patricia Angélica Muñoz Albornoz, Angélica del Carmen Tenorio Arriagada, Álvaro Andrés Vergugo Nahuelpán, Carolina Isolina Romero, Mario Alejandro Llancafil García, Cristian Daniel Ríos Tenorio, Javiera Valentina Abarzúa Venegas, Mónica Marión Marín Zapata, Prudy Margot Sepúlveda Leal, Janet García Ortíz, Javier Abarzúa Arndt, Alfredo Martínez Rivera, Jorge Muñoz Quijada, Nehemías Santiago Marín Aroca, Mónica Zapata Parra, Zunilda Castro Araneda, Marta Huenulao Cheuquelaf, Emilio Rubén Sepúlveda Avello, Mario Llancafil Peralta, Yessica Zapata Parra, Arnoldo Molina Osses, Paola Zapata Parra, Sonia Jofré Mora, Patricia Nieves Lagos Muñoz, Arturo Luisdan Zapata Zapata, Kathleen Rojas Smith, Rodrigo Elías Garrido García, Ana María Roa Palma, Cynthia Andrea Redel Rojas, Orfelina Llancafil Peralta, Héctor Maximiliano Ramírez Wagnet, Ricardo Alejandro Lagos Padilla, Andrea Constanza Zapata Contreras, todos chilenos y mayores de edad, iv) Son sus elementos esenciales los siguientes: 1) Las Sagradas Escrituras. La Biblia es la Palabra de Dios escrita, plenamente inspirada, inerrante e infalible. 2) El Dios Trino. Creemos en un solo Dios verdadero, quien tiene vida en sí mismo; es eternamente existente, Santo y perfecto en esencia y naturaleza. En la unidad del ser divino, subsisten y cohabitan tres personas: el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. 3) El Hombre. Creemos que, en un acto inmediato y sobrenatural, el hombre fue creado por Dios a su imagen y semejanza, inocente, y sin pecado. Sin embargo, el hombre comió del fruto del árbol del conocimiento del bien y del mal que Dios le había prohibido trayendo corrupción y pecado a su corazón. 4) La Salvación. Creemos que la salvación es un don de Dios, dado por gracia, por medio de la fe en Jesús. 5) La Iglesia. Creemos que las Escrituras enseñan que una Iglesia de Cristo es una congregación de creyentes bautizados, asociados mediante pacto en la fe y la comunión del evangelio. 6) El Matrimonio. Creemos que el matrimonio es la base de la familia y núcleo fundamental de la sociedad. El matrimonio debe ser entre un hombre y una mujer, ambos definidos por su sexo biológico. 7) La Autoridad Civil. Creemos que Dios, como autoridad suprema sobre todo lo creado, ha establecido la autoridad civil con el fin de gobernar para la gloria de Dios, establecer la justicia y buscar el bien público. 8) Satanás. Creemos que Satanás es una criatura angelical, quien, al querer ser como Dios, fue expulsado de su presencia, utilizando la mentira para hacer caer al hombre en condenación eterna. 9) El Bautismo. Creemos que el bautismo es una ordenanza instituida por nuestro Señor Jesucristo, que permite al creyente manifestar como señal visible su fe en Él. Esta ordenanza es cumplida a través de la inmersión de la persona en agua. 10) La Cena del Señor. Creemos que la Cena del Señor es una conmemoración de Aquel que vivió y murió por nosotros, la cual provee y establece los elementos principales para su celebración que son el pan y el vino, los que representan el cuerpo y la sangre de Cristo. 11) Las Cosas por Acontecer. Creemos que Cristo descenderá del cielo y

levantará a los muertos del sepulcro para que reciban su retribución final, que los impíos serán sentenciados al castigo eterno, y Cristo reinará con los justos para siempre y que el juicio final del Dios Todopoderoso determinará, bajo sus principios de justicia, el estado final de cada hombre, en el cielo o en el infierno. v) Su órgano de administración estará compuesto por cuatro personas, por un período de un año, elegidos según votación en asamblea destinada para dichos efectos por la mayoría de los miembros presentes: Presidente, Vicepresidente, Secretario(a) y Tesorero(a). El Presidente del Directorio será también el Presidente de la Iglesia. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a.- Dirigir la entidad religiosa y velar por que se cumplan sus estatutos y acuerdos tomados en las asambleas. b.- Administrar los bienes de la Iglesia. c.- Citar a las asambleas generales. d.- Redactar los reglamentos internos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la entidad religiosa, sometiéndolos a la aprobación de la asamblea general. e.- Cumplir con los acuerdos tomados en las asambleas generales. f.-Rendir cuenta por escrito ante la asamblea general de las inversiones de los fondos de la Iglesia y de la marcha de la obra durante el período correspondiente. g.- Deberá sesionar a lo menos dos veces al año. El Directorio sesionará con la mayoría absoluta de sus miembros y sus acuerdos se adoptarán por la mayoría de los asistentes, decidiendo en caso de empate el voto del Presidente. vi) Su propósito, la comunicación y difusión del Evangelio de Jesucristo. Temuco, 11 de enero del año 2024.






VolverTamaño de Fuente