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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2024-02-08 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2450245)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

MINISTERIO CRISTIANO EXPANSIÓN AL MUNDO

(Extracto)

Omar Retamal Becerra, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Talcahuano - Hualpén, con oficio en Avenida Colón quinientos noventa y nueve, comuna de Talcahuano, certifica: Por escritura pública de fecha tres de octubre de 2023, ante don Omar Retamal Becerra, Notario Público de Talcahuano - Hualpén, don David Gregorio Lagos Medel, chileno, casado, Pastor Asesor Jurídico, cédula nacional de identidad número seis millones treinta y cinco mil ochenta y tres guion tres, domiciliado en calle Vicuña número doscientos setenta y seis, Población Las Higueras, Talcahuano, debidamente facultado, redujo a Escritura Publica Acta de Constitución y Estatutos del Ministerio Cristiano Expansión al Mundo, para su publicación en el Diario Oficial, según el artículo 11 inciso 2º, del decreto supremo Nº 303, de 21 mar. 2000, del Ministerio de Justicia, y que es del tenor siguiente: A) Del nombre y domicilio principal de la entidad. Uno. Nombre: Ministerio Cristiano Expansión al Mundo. Dos. Domicilio: Avenida 11 Norte, Nº 461, Villa El Portal del Maule Dos, comuna de Talca, Provincia de Talca, Región del Maule. B) Fecha y número del Registro: Fecha del Registro, 24 oct. 2023; número del Registro, 6501; según Providencia Nº 261, de 22 ene. 2024, del Depto. Personas Jurídicas, Unidad Entidades Religiosas, F: 30052-23 CAM/SSQ/09.01.2024, del Ministerio de Justicia. C) Nombre de los constituyentes: Uno. Directorio Provisorio, integrado por 7 miembros: Pastor presidente, Enzo Alegría Jaque; Pastora vicepresidenta, Ingrid Ortiz González; secretaria, Noemí Ortiz González; tesorera, Yohana Bastidas Pinto: Primera directora, Rodin Montero Hernández; Segunda directora, Keirie López Castro, y Tercer director, Felipe Alegría Jaque. Este Directorio Provisorio cumplirá sus funciones hasta que se celebre la Primera Asamblea General Ordinaria, después de que se haya obtenido definitivamente el registro público, en el Ministerio de Justicia, en la que se elegirá el nuevo Directorio, por el período de cuatro años. Dos. Las otras personas constituyentes son: Jesús Montilla Perdomo; Jeannette Henríquez Domínguez; Paola Ramírez Moreno; Janett Castro González; Berta Jaque Aguilar; José Araya Tatti; María Contreras Henríquez y Enzo Alegría Silva. D) Uno. Los elementos esenciales que la caracterizan, son: a) Formar un Ministerio Cristiano centrado en Dios; b) Predicar y enseñar el Santo Evangelio de Jesucristo, el Señor de la Iglesia, en: Templos, Institutos, Escuelas y domicilios particulares; c) Realizar talleres, seminarios, retiros y conferencias, para la formación teológica, ética, espiritual e intelectual de sus miembros; d) Propender a la fundación y manutención de Templos, Institutos Teológicos, Corporaciones, Fundaciones, Escuelas, Hospitales, Clínicas e Instituciones Filantrópicas de beneficencia y de asistencia social, y e) Publicar literatura cristiana, en forma de folletos, revistas, libros y mediante grabaciones u otro sistema de transmisión oral. Dos. Los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que profesa: a) Creemos en un solo Dios, sustentable en tres personas, el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo, los cuales son coeternos y semejantes; b) Creemos en la Biblia, como la sagrada escritura y regla infalible de fe para la vida del ser humano y el carácter cristiano; c) Creemos en la concepción de Jesús en el vientre de la virgen María, por obra y gracia del Espíritu Santo; d) Creemos en la muerte redentora y expiatoria de Jesús; e) Creemos en la resurrección corporal de Jesucristo, y de los creyentes en él; f) Creemos en el bautismo del Espíritu Santo; g) Creemos en los ministerios y dones espirituales, dados por el Espíritu Santo, a la Iglesia, para su edificación; h) Creemos en la segunda venida personal de Jesucristo; desarrolladas en dos eventos, uno: El arrebatamiento de la Iglesia y dos: La aparición visible de Cristo; i) Creemos en el Bautismo en agua por inmersión, llevado a cabo en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo. Se hace presente que, este sacramento se podrá realizar, por aspersión, u/o derramamiento de agua, cuando los que acceden a éste, se encuentren afectados por alguna enfermedad o imposibilidad física, que les impida bajar a las aguas; j) Creemos que el matrimonio debe ser entre un hombre y una mujer, tal como lo instituyó Dios en el Huerto del Edén; k) Creemos que los hijos deben estar bajo potestad de sus padres, tanto dentro como fuera del matrimonio, vinculo éste, entre un hombre y una mujer; l) Creemos que la familia debe ser de acuerdo al diseño de Dios; m) Creemos que la Iglesia es el Cuerpo de Cristo; n) Creemos que la Santa Cena es una Ordenanza de Jesús, para la Iglesia y, ñ) Otros, de acuerdo a la cosmovisión futura del desarrollo del mundo, los que se deberían establecer en el Reglamento Interno, en su oportunidad. E). Los órganos de administración, sus atribuciones y el número de miembros que los componen: a) Las Asambleas Generales. Uno. La Ordinaria, deberá celebrarse entre los meses de enero a abril de cada año. En esta se presentará, el balance, inventario y memoria del ejercicio anterior y, cuando corresponda, se procederá a las elecciones del Directorio, determinadas por los Estatutos. Además, podrá tratarse cualquier otro asunto relacionado, a los intereses sociales de la Entidad. Dos. La Extraordinaria, se celebrará cada vez que el Directorio acuerde convocar a ella, por estimarla necesaria o, cada vez, que la soliciten al Pastor presidente, por escrito, los dos tercios de sus miembros, indicando el objeto de ésta. En esta solo podrá tratarse, las materias motivo de esta convocatoria. Cualquier acuerdo que se tome sobre otras materias, será declarado nulo. Corresponde exclusivamente a esta Asamblea, tratar las siguientes materias: a) La reforma de los Estatutos y Reglamento Interno; b) La disolución de esta Entidad Religiosa; c) Las reclamaciones presentadas en contra de los miembros del Directorio, para hacer efectivas las responsabilidades que, por Ley, o los Estatutos o Reglamento Interno les correspondan, y d) Las adquisiciones, enajenaciones, hipotecas y rentas de los bienes de la Entidad. Tres. Del Directorio: Estará constituido por 7 personas, un Pastor presidente, quien representa, a esta Entidad Religiosa, en lo judicial y extrajudicialmente; una Pastora vicepresidenta, un secretario(a), un tesorero(a), un Primer director(a), un Segundo director(a), y un Tercer director(a). El Pastor presidente y la Pastora vicepresidenta, cónyuges éstos, serán reelegidos las veces que la Asamblea General Ordinaria, así lo estime conveniente, siempre y cuando, éstos cumplan fielmente con los requerimientos exigidos por los Estatutos y Reglamento Interno. El secretario(a), tesorero(a), y el Primer, Segundo y Tercer director(a), podrán ser reelegidos, en los mismos cargos, solo por un período más. Sin perjuicio de ello, después de una reelección, en sus cargos, podrán ser elegidos, posteriormente, en otros cargos distintos, del Directorio. A su vez, el Directorio tendrá las siguientes atribuciones: a) Dirigir al Ministerio Cristiano Expansión al Mundo y, administrar sus bienes; b) Crear y aprobar el plan estratégico de la evangelización y supervisar su ejecución; c) Convocar a las Asambleas Generales y, d) Otras, señaladas ampliamente en el artículo trigésimo segundo de los Estatutos. Estos miembros, permanecerán 4 años en sus cargos. Se hace presente que estos miembros del Directorio, no podrán percibir por tal carácter, ni por trabajos o servicios a la Entidad, sueldo o remuneración alguna. Cuatro. En caso de disolución: Sus bienes serán destinados a la Iglesia Centro Cristiano Mundial, con Personalidad Jurídica de Derecho Público Nº 3107, la que no persigue fines de lucro, y que se encuentra vigente, con domicilio principal, en calle Padre Vicente Irarrázaval Nº 1656, comuna de Estación Central, Provincia de Santiago, Región Metropolitana. F) Demás estipulaciones en Escritura Pública extractada. G) Fecha del Acta Constitutiva y Estatutos: 27 sep. 2023. Fecha de la Escritura Pública: 03 oct. 2023. Repertorio Nº 1085-2023; extendida por el Notario Público, Titular, Omar Retamal Becerra, de la Notaría Talcahuano - Hualpén, domiciliado en Avenida Colón Nº 599, esquina Esmeralda.- Talcahuano, 31 de enero de 2024.






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