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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2024-02-02 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2447691)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA FUENTE DE VIDA PARA LAS NACIONES TALCA

(Extracto)

Teodoro Patricio Durán Palma, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888, de Talca, certifico: Por reducción a escritura pública de 3 de noviembre de 2023, de acta de constitución celebrada el 27 de octubre de 2023, se constituyó persona jurídica de derecho público, denominada "Iglesia Fuente de Vida para las Naciones Talca", inscrita en Registro Público de Entidades Religiosas, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, bajo Nº 6514 de 8 de noviembre de 2023; la Iglesia Fuente de Vida para las Naciones Talca, tiene domicilio en la ciudad y comuna de Talca, y fue constituida por don Valentín Andrés Libuy Elissegaray, doña Maritza del Carmen Valenzuela Valenzuela, doña Nancy de las Mercedes Hernández Carreño, doña Rosa Noemí Ruz Fuentes, doña Nancy Fuentes Aravena, doña Jeannette Margarita Fuentes Tobar, y doña Angélica María Serna Vergara. Objeto: a) El ejercicio libre de su propio ministerio, practicar el culto, celebrar reuniones de carácter religioso y fundar y mantener lugares para esos fines; b) La comunicación y difusión, de palabra, por escrito o por cualquier medio, de su propio credo y la manifestación de su doctrina; c) La fundación, mantención y dirección de institutos de formación y de estudios teológicos o doctrinales, instituciones educacionales, de beneficencia o humanitarias; d) La creación, participación, patrocinio y fomento de asociaciones, corporaciones y fundaciones, para la realización de sus fines; y e) Los demás que determine la Asamblea General. Título II. De las Asambleas Generales. Fundamentos y Principios de su Fe: a) La existencia de un solo Dios y un solo mediador entre Dios y los hombres, Jesucristo hombre. b) La existencia de la Trinidad, un sólo Dios en tres personas (Padre, Hijo y Espíritu Santo). c) El nacimiento virginal de Jesús como hombre, sus milagros, crucifixión, muerte, resurrección y Segunda Venida. d) La Salvación por gracia divina, y no por obra, recibida sólo por medio de la Fe en Cristo Jesús, haciendo énfasis en su trabajo redentor en la cruz como el único medio para la salvación y el perdón de los pecados. e) La infalibilidad de la Biblia como fuente primaria de autoridad, por ser palabra profética de Dios revelada a la humanidad, la cual da testimonio de él. f) La experiencia de la conversión individual o nuevo nacimiento, de acuerdo a Juan 3:3-5, ya que el bautismo representa la confesión pública de la decisión de "morir al mundo y sus deseos" y seguir las enseñanzas de Cristo; comprometiéndonos a vivir y confiar en sus promesas. g) Todos los cristianos estamos comisionados para evangelizar, entregando el mensaje de la "buena nueva" de la "salvación de las almas", ya sea en un trabajo misionero organizado o por medio de reuniones y/o relaciones con nuestros semejantes. h) Asistir a los propios miembros de la iglesia y a los necesitados de la comunidad, en diversas áreas prácticas, como la medicina, la educación, la alimentación y toda necesidad local o extranjera, para influir en la sociedad por otros medios, además del evangelio. Administración y atribuciones: corresponde la administración y dirección superior de la Iglesia, al Directorio formado por 7 miembros, y presidido por el Pastor de la Iglesia, que la representará judicial y extrajudicialmente. El Directorio presidirá y organizará los equipos de trabajo, sus miembros durarán 2 años en sus funciones y tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la Iglesia y velar porque se cumplan sus Estatutos y finalidades; b) Administrar los bienes sociales e intervenir sus recursos; c) Citar a Asambleas Generales de miembros activos, tanto Ordinarias como extraordinarias en la forma y época que señalen estos estatutos; d) Redactar los reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los diversos grupos de trabajos que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos reglamentos a la aprobación de los Concilios Generales; e) Rendir cuentas en Asamblea General Ordinaria, tanto de la marcha de la iglesia en lo espiritual, como de la

inversión de sus fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la aprobación de sus miembros activos; f) Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica de cada iglesia o circuito dependiente de la Iglesia, y g) Dictar los reglamentos internos de la Iglesia y grupo casero y aprobación final de la Asamblea General. Acordado por el Directorio cualquier acto relacionado con las facultades de administración, lo llevará a cabo el pastor de la Iglesia o quien lo subrogue en el cargo, conjuntamente con el Director encargado de Finanzas o el director administrativo que él designe, u otro Director, si aquél no puede concurrir. Corresponde al Pastor de la Iglesia: a) Representar judicial, extrajudicialmente a la Iglesia; b) Presidir las reuniones del Directorio y de las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias y Extraordinarias -cuando corresponda- de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los estatutos encomienden a otros funcionarios que designe el Directorio; e) Organizar el trabajo del Directorio y proponer el plan general de actividades de la Iglesia. Este plan deberá ser presentado en la primera Asamblea anual que realice el Directorio y una copia del mismo se deberá hacer llegar a cada miembro del Directorio, con a lo menos tres días de anticipación a la fecha de la sesión en que se debatirá y aprobará. El Directorio, por mayoría de votos, podrá hacer modificaciones a este plan y deberá continuar sesionando hasta que se alcance el acuerdo; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Iglesia; g) Nombrar las comisiones de trabajo que estime conveniente; h) Firmar la documentación propia de su cargo y aquellas en que deberá representar a la Iglesia; i) Dar cuenta generalmente en las Asambleas Generales, de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma, y j) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los Reglamentos.- Demás estipulaciones escrituras extractadas.- Talca, 29 de enero de 2024.






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