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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2024-03-02 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2461597)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA PENTECOSTAL GETSEMANÍ APOSTÓLICA

(Extracto)

Mario Patricio Aburto Contardo, Notario Público Titular Sexta Notaría de Concepción, Colo-Colo Nº 304, Concepción, certifico: por escritura pública de fecha 18.08.2023, Repertorio 1.662/2023, ante mí, se redujo a escritura pública, Acta de Constitución y estatuto de Iglesia Pentecostal Getsemaní Apostólica, registro público N° 6434-30/08/2023. Domicilio: Calle Bilbao, pasaje Arcoíris N° 3277, Coyhaique, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo. Constituyentes: Rodolfo San Martín Garrido, Kateryne Furnier Godoy, María Carolina Arellano Reyes, Daniel Valdés Valdés, Daniel Rojel Quintul, Yeimi Cortés Toledo. Elementos Escenciales: La iglesia es una institución cristiana, de religión evangélica que profesa la fe, unidad , el amor y comunicación entre sus fieles. Objetivo la salvación de las almas a través de escudriñar y predicar la palabra de dios. Fundamentos: El fundamento principal es la biblia inspirada en las enseñanzas de Jesucristo. Principios Creemos en: la divina palabra de Dios plasmada en su libro sagrado, en la glorificación, exaltación y adoración del creyente, en la vida muerte y resurrección de Jesucristo, en la restauración del pecador a un hombre nuevo mediante el arrepentimiento, en las sanidades, milagros y cambios de vida, en la salvación por medio del bautismo en agua y del espíritu y creemos en al segunda venida de Jesucristo y en el arrebatamiento. Órganos de Administración la iglesia será administrada por cinco Directores que gobernaran la iglesia en conformidad al presente estatuto cuyo representante es el presidente de la misión, vicepresidente, secretario, subsecretario y tesorero. Atribuciones El directorio como administrador de los bienes de la iglesia gozará de las más amplias atribuciones, entendiéndose que tiene todas las facultades que sean necesarias para el cumplimiento de sus finalidades, dar cuenta en asamblea anualmente del estado financiero; velar por el cumplimiento de los estatutos; Dirigir la iglesia en todas las áreas pertinentes. Acta modificada con fechas: 15-01-2024 Repertorio N°101/2024, en Notaría Mario Patricio Aburto Contardo.- Concepción, 9 de Febrero de 2024.






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