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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2024-03-08 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2463672)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas

IGLESIA BÍBLICA REFORMADA

(Extracto)

Pablo Andrés Almendras Burgos, Abogado, Notario Público Suplente de don Gabriel Marcelo Guerrero González, con Oficio en calle 30 Oriente número 1522, local A, de la comuna de Talca, certifica que ante don Gabriel Marcelo Guerrero González, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Talca con fecha 1 de agosto de 2023, se redujo a escritura pública el Acta de Constitución de la organización religiosa de derecho público denominada Iglesia Bíblica Reformada, inscrita en el Registro Público del Ministerio de Justicia N° 6402 de fecha 3 de agosto del año 2023. Constituyentes: Guillermo Alberto Arteaga González, venezolano, cédula de identificación N° 26.286.272-0; Manuel Alberto Barros Valdés, chileno, cédula de identificación N° 19.043.459-1; Christian Andrés Valdés Inostroza, chileno, cédula de identificación N° 13.101.240-3; María Paz Novoa Soto, chilena, cédula de identificación N° 19.104.923-3; Leticia Carola Gervasi Castro, chilena, cédula de identificación N° 12.064.545-5; Ana Sofía De Faria Goncalves, venezolana, cédula de identificación N° 26.286.181-3; y José Luis Zúñiga Bravo, chileno, cédula de identificación N° 16.003.885-3. Domicilio: El domicilio de la Iglesia Bíblica Reformada será la sede de su organización, ubicada en Calle 9 ½ Norte N° 3527, Villa Parque Las Rastras III, de la ciudad de Talca, Región del Maule, Chile; sin perjuicio de las demás filiales, templos o misiones que puedan establecerse en el país o en el extranjero. Elementos esenciales, fundamentos y principios: El propósito de esta iglesia local es glorificar al Dios de las Escrituras a través de la promoción de su adoración (1 Corintios 3.16-17; 1 Pedro 2.5), la evangelización a los pecadores (Hechos 13 y 14; 1 Corintios 14.24-25; 1 Timoteo 2.1-5; 3.15), edificando a los santos (1 Corintios 14.12, 18-19, 26; 1 Corintios 12.27-28; Efesios 4.11-16), extendiendo y fortaleciendo la iglesia (Hechos 11.29-30; 15.36,41; 16.5) y mostrando benevolencia con los necesitados (Romanos 15.26-27; Gálatas 2.10). Por tanto, estamos comprometidos con la proclamación de la Perfecta Ley de Dios y el glorioso Evangelio de Su gracia a través de todo el mundo (Lucas 24.47; Hechos 20.20-21, 27; Romanos 1.15; 8.39) y con la defensa de "la fe que ha sido una vez dada a los santos" (Judas 3). No reconocemos ninguna autoridad eclesiástica excepto la de nuestro Señor Jesucristo, quien es la Cabeza de la iglesia (Efesios 5.23) y quien dirige los asuntos de la congregación a través de ancianos escogidos y ordenados de acuerdo con los preceptos de las Santas Escrituras (Hechos 14.21-23; 1 Timoteo 3.1b; Tito 1.5b). Los ancianos todo el tiempo y en todas sus actividades permanecerán bajo la autoridad de las Sagradas Escrituras (Hechos 16.4; 1 Corintios 7.17). La autoridad final y única regla en todos los asuntos de fe, orden y moral es y debe ser solamente la Biblia. Es nuestra única regla infalible y verdadera para todo conocimiento salvífico, fe y obediencia. Pero reconociendo la necesidad de sistematizar esas enseñanzas de modo que podamos dar una expresión comprensiva de las doctrinas contenidas en las Santas Escrituras, declaramos que nuestra doctrina se expresa en forma general, verdadera y es claramente presentada en los artículos expuestos de la Confesión de Fe Bautista de Londres de 1689. Órganos de Administración: En el ámbito administrativo, la Iglesia Bíblica Reformada será regida por una Junta Directiva compuesta por cuatro miembros: El Presidente, el Vicepresidente, el Secretario y el Tesorero. Para formar parte de la Junta Directiva, sus miembros no podrán estar afectos a sanciones disciplinarias de ninguna naturaleza. La Junta Directiva será elegida, con excepción del Presidente quien será el anciano más antiguo, en reunión general ordinaria, por la asamblea general, ocasión en que se determinarán los miembros que ejercerán los cargos mencionados. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones y deberes: A. Realizar aquellas transacciones legales y de negocios que específicamente les son designados por el ordenamiento jurídico chileno; B. Administrar los bienes de la Iglesia; C. Cumplir los acuerdos de la asamblea general; D. Rendir cuenta por escrito ante la asamblea general de la inversión de los fondos y de la marcha de la Iglesia durante el periodo en que ejerza sus funciones. Corresponde especialmente al Presidente: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de las asambleas generales o de la Junta Directiva; c) Firmar la documentación propia de su cargo y aquella en que deba representar a la Iglesia; d) Delegar sus facultades a uno o más miembros; y e) Ejercer las demás atribuciones que determinen los estatutos. En el ámbito judicial, el Presidente tendrá todas las facultades contenidas en los dos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las cuales se dan por reproducidas íntegramente. Las funciones del Vicepresidente serán las siguientes: a) Secundar al Presidente en todos los actos, negocios o asuntos que éste le encomiende; y/o respecto de los cuales el Presidente o la Junta Directiva le confiera mandato especial; b) Dar cuenta en la asamblea general de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la misma; y c) Mantener al día un inventario de todos los bienes de la Iglesia y archivar las escrituras e inscripciones de los bienes raíces. Los deberes del Secretario serán los siguientes: a) Llevar los libros de actas de la asamblea general y de la Junta Directiva; b) Confeccionar la tabla de sesiones de la Junta Directiva, de acuerdo con el Presidente y Vicepresidente; c) Autorizar con su firma la correspondencia y documentación de la Iglesia, con excepción de aquellas que corresponde al Presidente, y recibir y despachar la correspondencia en general; y d) En general, cumplir con todas las tareas que le encomiende la Junta Directiva, los estatutos y los reglamentos, relacionados con sus funciones. Las funciones del Tesorero serán las siguientes: a) Recibir las cuotas, donaciones, ofrendas y erogaciones voluntarias que se entreguen a la Iglesia, otorgando los respectivos comprobantes de ingresos; b) Llevar los registros de las entradas y gastos de la Iglesia; c) Mantener al día la documentación mercantil de la Iglesia, especialmente el archivo de facturas, recibos y demás comprobantes de ingresos y egresos; d) Preparar el balance que la Junta Directiva deberá presentar anualmente a la asamblea general; y e) En general, cumplir con todas las tareas que le encomiende la Junta Directiva, los estatutos y los reglamentos, relacionados con sus funciones. La Junta Directiva inicial de la Iglesia Bíblica Reformada estará integrada por las cuatro personas que a continuación se señalan, las que durarán en sus cargos hasta la primera asamblea general ordinaria que deberá celebrarse dentro de los 90 días posteriores al respectivo Registro: A. Presidente: Manuel Alberto Barros Valdés, cédula nacional de identificación N° 19.043.459-1; B. Vicepresidente: Guillermo Alberto Arteaga González, cédula nacional de identificación N° 26.286.272-0; C. Secretaria: María Paz Novoa Soto, cédula nacional de identificación N° 19.104.923-3; D. Tesorera: Leticia Carola Gervasi Castro, cédula nacional de identificación N° 12.064.545-5. Escritura Pública de fecha 1 de agosto de 2023, y Escritura Complementaria de fecha 14 de noviembre de 2023. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, a 16 de febrero de 2024.






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