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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1612888 2019


(CVE 1612888)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 2.542 EXENTA, DE 2018, DE LA SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA, QUE FIJA ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y AUTORIZA EXCEPCIONALMENTE A FUNCIONARIOS QUE INDICA, PARA ESTACIONAR LOS VEHÍCULOS QUE SEÑALA EN SUS DOMICILIOS PARTICULARES, UNA VEZ FINALIZADA SU JORNADA DE TRABAJO
(Resolución)
Santiago, 21 de junio de 2019.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.145 exenta.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, de este Ministerio, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto N° 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, que fija el reglamento orgánico del Ministerio de Justicia; en el decreto ley N° 799, de 1974, del Ministerio del Interior, que Deroga Ley N° 17.054 y Dicta en su Reemplazo Disposiciones que Regulan Uso y Circulación de Vehículos Estatales; en la resolución exenta N° 2.542, de 2018, que Fija Estacionamiento de Vehículos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el oficio circular N° 26, de 2003, de los Ministerios de Hacienda y de Interior y Seguridad Pública; en el Oficio Gab. Pres. N° 2, de 11 de febrero de 2019; en el Memorándum N° 11.257, de 2014, del Subsecretario de Justicia, que dicta Instrucciones Sobre Uso de los Vehículos Fiscales; en el oficio circular N° 35.593, de 1995 y en la resolución N° 1.600, de 2008, ambas de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa aplicable.
Considerando:
1. Que, según lo prescrito en el artículo 6° del decreto ley N° 799, de 1974, los vehículos de propiedad fiscal deberán ser guardados, una vez finalizada la jornada diaria de trabajo, en los recintos que para este efecto determine la autoridad administrativa correspondiente, la cual estará obligada a establecer los controles internos y resguardos que procedan.
2. Que, de acuerdo a las instrucciones establecidas mediante el oficio circular N° 35.593, de 1995, de la Contraloría General de la República, los Jefes Superiores de las entidades respectivas, deberán precisar por los medios ordinarios y en forma escrita, el lugar o los lugares en que los vehículos deban dejarse, al término de la jornada de trabajo. El citado oficio establece a su vez, que en caso de que por excepción, deba disponerse el estacionamiento de un vehículo en un recinto que no sea ordinariamente destinado al efecto, procede que se deje constancia, también por escrito, de la persona que se hará responsable del mismo.
3. Que, mediante Memorándum N° 11.257, de 2014, del Subsecretario de Justicia, se dictaron instrucciones en torno al uso de los vehículos fiscales, las que establecen en su punto 2.5, que: (...) los vehículos institucionales se deben mantener guardados en los estacioamientos contratados al efecto, con excepción de los vehículos designados para el (la) Ministro(a) de Justicia y el (la) Subsecretario(a) de Justicia, los cuales deben ser guardados en el búnker (subsuelo de la Plaza de la Constitución). Sin perjuicio de lo anterior, se autoriza que los vehículos que utilizan autoridades (Ministro(a) y Subsecretario(a) de Justicia) puedan ser estacionados, de lunes a viernes, en los domicilios de conductores designados en el acto administrativo mencionado.
4. Que, mediante resolución exenta N° 2.542, de 14 de diciembre de 2018, de la Subsecretaría de Justicia, se fijó estacionamiento de vehículos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y se autorizó excepcionalmente a funcionarios que indica, para estacionar los vehículos que señala, en sus domicilios particulares, una vez finalizada su jornada de trabajo.
5. Que, mediante correos electrónicos de 15 de marzo, 22 de mayo y 14 de junio de 2019, el Jefe de Conductores y Escoltas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informó al Departamento Administrativo de esta Subsecretaría, la nómina actualizada de conductores de los vehículos institucionales y adjuntó los antecedentes respectivos.
6. Que, a su vez mediante correo electrónico de 2 de abril de 2019, del Área de Servicios Generales, del Departamento Administrativo de esta Subsecretaría, se informó cambios en la nómina de estacionamientos del subsuelo de la Plaza de la Constitución, asignados a esta Cartera de Estado, de acuerdo a los cuales, corresponde modificar la identificación de los siguientes dos calzos asignados:



7. Que, en virtud de lo indicado en los considerandos precedentes, es necesario modificar la resolución exenta N° 2.542, de 14 de diciembre de 2018, de esta Subsecretaría, en los términos indicados en el presente acto administrativo.
Resuelvo:
1.- Modifícase la resolución exenta N° 2.542, de 14 de diciembre de 2018, de la Subsecretaría de Justicia, que Fija Estacionamiento de Vehículos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Autoriza excepcionalmente a Funcionarios que indica, para estacionar los vehículos que señala en sus domicilios particulares, una vez finalizada su jornada de trabajo, en el siguiente sentido:
a) Reemplázase la letra A de su resuelvo primero, por la siguiente:
A. En los 2 estacionamientos asignados en el subsuelo de la Plaza de la Constitución, correspondiente al Palacio de Gobierno, con ingreso peatonal por calle Morandé 130, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, podrán estacionar los siguientes vehículos:



b) Reemplázanse en su resuelvo tercero las letras d), g) e i), por las siguientes:
d) Jorge Antonio Melillán Castillo, Cédula Nacional de Identidad N° 13.079.339-8, funcionario público de Gendarmería de Chile, Sargento Segundo, planta, grado 14 de la EUS, destinado a Gabinete de la Subsecretaría de Derechos Humanos.
g) César Alfredo Herrera Palma, Cédula Nacional de Identidad N° 15.232.006-K, funcionario público de Gendarmería de Chile, Cabo Segundo, Planta, grado 18 de la EUS, destinado al Departamento Administrativo de la Subsecretaría de Justicia.
i) Gonzalo Andrés Esparza Canales, Cédula Nacional de Identidad N° 15.516.328-3, funcionario público de Gendarmería de Chile, Cabo Primero, Planta, grado 16 de la EUS, destinado a la Secretaría Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la Región Metropolitana.
c) Incorpórase a su resuelvo tercero una letra m) del siguiente tenor:
m) Cristian Alonso Yáñez Maureira, Cédula Nacional de Identidad N° 17.988.152-7, funcionario público de Gendarmería de Chile, Gendarme Segundo, Planta, grado 24 de la EUS, destinado al Gabinete de la Subsecretaría de Justicia.
2°.- En todo lo no modificado por el presente acto administrativo, continúa vigente la resolución exenta N° 2.542, de 14 de diciembre de 2018, de la Subsecretaría de Justicia.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Juan José Ossa Santa Cruz, Subsecretario de Justicia. Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Karla Feres Torreblanca, Jefa Departamento Administrativo, Subsecretaría de Justicia.




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