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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES INSTITUTO ANTARTICO CHILENO


DO 2008


Ministerio de Relaciones Exteriores
Instituto Antártico Chileno
(Resoluciones)
DELEGA FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE INDICA Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 279 EXENTA, DE 2007, DEL INACH
Núm. 87 exenta.- Punta Arenas, 21 de enero de 2008.- Vistos: Lo dispuesto en el D.F.L. N° 82 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores; en los artículos 5 y 43 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 48 de la ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y en la resolución 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones.
Considerando:
a) Que el ejercicio de las atribuciones y facultades propias de una autoridad puede ser delegado en funcionarios de su dependencia.
b) Que, asimismo, podrá delegarse la facultad de firmar, por orden de la autoridad delegante, en determinados actos sobre materias específicas.
c) Que la delegación de facultades es una institución establecida para permitir un funcionamiento eficiente y eficaz de la Administración del Estado.
d) Las necesidades del Servicio.
Resuelvo:
1.- Delégase, a contar de esta fecha, en la Subdirección del Servicio o quien lo subrogue, la facultad de firmar mediante la fórmula Por orden del Director las resoluciones exentas y documentos de mero trámite que versen sobre las siguientes materias:
a.- En materias de recursos humanos (o de personal):
Disponer cometidos funcionarios y comisiones de servicio con y sin derecho a viáticos y pasajes, previa autorización formal del Director cuando deban cumplirse fuera del territorio jurisdiccional de la Región.
Autorizar el reembolso de gastos de combustible y peajes en que incurra el funcionario para trasladarse en su vehículo particular a cumplir un cometido institucional.
Autorizar el reembolso de gastos de pasajes en que incurra un funcionario para cumplir un cometido institucional.
Autorizar horarios especiales de trabajo para funcionarios que cursen estudios superiores.
Autorizar la realización de trabajo extraordinario, así como descanso complementario y/o pago de dicho trabajo extraordinario, de acuerdo al presupuesto y a las políticas que se establezcan.
Autorizar participación, pagos y reembolsos de funcionarios en capacitaciones, talleres, cursos, reuniones, seminarios y eventos.
Autorizar resoluciones de pagos de facturas por gastos de representación y reembolsos generales por concepto de ceremonias e invitaciones oficiales u otros.
Autorizar para firmar o modificar manuales de procedimientos internos.
Autorizar para firmar suscripciones de revistas y/o pagos de compras de software a proveedores extranjeros.
Nombrar integrantes del Comité Paritario de Higiene y Seguridad, del Comité Bipartito de Capacitación y de comisiones de apertura de licitaciones públicas.
b.- En materias administrativas, presupuestarias y financieras:
Suscribir y dar término a convenios de prestación de servicios con entidades privadas o personas naturales, cuando su monto no exceda de 1.000 U.T.M..
Autorizar licitaciones, adjudicaciones, firmar contratos y resoluciones de aprobación de contratos de prestación de servicios por mantenciones, reparaciones y/o conservaciones de bienes inmuebles y muebles, de aseo y otros servicios auxiliares y de apoyo a las funciones del Servicio, por un monto máximo de 1.000 U.T.M..
Abrir y cerrar cuentas corrientes en el Banco Estado de Chile, depositar y girar en ellas, solicitar, aprobar e impugnar los saldos, sólo para los Subtítulos 21 y 22 de las cuentas subsidiarias de la Cuenta única Fiscal, como también aprobación de transferencias electrónicas.
Autorizar los fondos asignados para gastos menores, tanto desde el punto de vista de la afectación presupuestaria como del objeto del gasto.
Autorizar órdenes de compra y/o reparaciones por montos hasta 200 U.T.M..
Autorizar todas aquellas compras de carácter urgente por Chilecompra.
Autorizar resoluciones por adjudicación de licitación pública hechas a través de Chilecompra.
Aprobar Bases Administrativas y Técnicas de licitación pública y privadas para compras de servicios.
Autorizar fondos fijos hasta 15 U.T.M..
Aprobar todo tipo de convenios y adjudicar tratos directos a través de Chilecompra.
Declarar desierta licitaciones efectuadas por Chilecompra.
Designar comisiones de aperturas de propuestas por licitaciones de Chilecompra.
Autorizar diversos pagos que no estén afectos a la ley de Chilecompra.
Autorizar pagos por servicios a operadores antárticos.
2.- Déjase sin efecto la resolución exenta N° 279, de 16 de abril de 2007, del INACH.
Regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- José Retamales Espinoza, Director Nacional Instituto Antártico Chileno.




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