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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2009


MODIFICA RESOLUCIÓN N° 899 EXENTA, DE 2009
(Resolución)
Núm. 1.490 exenta.- Santiago, 14 de julio de 2009.- Visto: Lo dispuesto en el DFL N° 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL N° 161, de 1978, que fija el Estatuto Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo N° 78, de 2008 y resolución exenta N° 899, de 2009, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores; y en la resolución N°1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
1.- Que, mediante resolución exenta N° 899, de 17 de abril de 2009, se delegó en el Director General Administrativo de esta Secretaría de Estado diversas facultades y atribuciones de competencia del Subsecretario de Relaciones Exteriores, como jefe superior del servicio, en materia de compra y contratación de bienes muebles y servicios para el desarrollo de las funciones del Ministerio y de contratación de acciones de apoyo a las acciones del mismo;
2.- Que la referida delegación de facultades obedeció a la necesidad de agilizar la tramitación de procedimientos de contratación al interior de esta Secretaría de Estado, contribuyendo de este modo a la eficiencia en la actividad de la Administración, y a la necesidad de establecer un texto sistematizado sobre facultades delegadas en materia de compras y contratación pública;
3.- Que, para procurar una mayor claridad respecto del contexto en que debe ejercerse la delegación de facultades a que se refiere la citada resolución, resulta necesario modificar su texto en el sentido que se indica,
Resuelvo:
Artículo 1°: Introdúcense las siguientes modificaciones a la resolución exenta N° 899, de 2009, de esta Subsecretaría:
1. Intercálase, en el numeral 3 del artículo 1°, a continuación del punto y coma, entre las frases "y que no corresponda a y "casos de emergencia, urgencia o imprevisto contemplados en el numeral 3 de dicha disposición, la frase "la calificación de.
2. Suprímese el artículo 2°, pasando los actuales artículos 3° y 4° a ser 2° y 3°, respectivamente.
Artículo 2°: En todo lo no modificado permanece vigente la resolución exenta N° 899, de 2009.
Anótese y publíquese.- Albert van Klaveren Stork, Subsecretario de Relaciones Exteriores.




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