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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2013


Ministerio de Relaciones Exteriores
DESIGNA ORDEN DE SUBROGANCIA A FUNCIONARIOS QUE ACTUARÁN COMO DIREC-
TOR GENERAL ADMINISTRATIVO
(Resolución)
Núm. 1.569 exenta.- Santiago, 10 de julio de 2013.- Vistos: Los artículos 4° y 81 de la ley N° 18.834; el DFL 161, de 1978, del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución exenta N° 2.290, de 2009, de esta Secretaría de Estado; la resolución 1.600, de 2008, y el oficio 21.282, de 2008, ambos de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Que el Director General Administrativo de la Planta de Secretaría y Administración General de esta Cancillería debe viajar al extranjero en comisión de servicio.
Que, con el objeto de mantener la continuidad del Servicio Público, se hace necesario establecer un orden de subrogación de dicho cargo.
Resolución:
1. Desígnase, a contar de esta fecha, en el siguiente orden de subrogancia a los funcionarios que actuarán como Director General Administrativo, en ausencia o impedimento del titular:
Srta. Ximena Carolina Ares Mora (RUN N° 8.048.208-6), Consejero o Cónsul General de 2ª Clase, 3ª Categoría Exterior (Directora de Personas y Desarrollo Organizacional Subrogante).
Señor Jaime Reinaldo Erpel Rademacher (RUN N° 6.193.830-3), Directivo, grado 5° de la EUS (Subdirector de Gestión de Personas y Relaciones Laborales).
Señor Carlos Cornejo Rodríguez (RUN N° 9.383.129-2), Primer Secretario o Cónsul de 1ª Clase, 4ª Categoría Exterior (Jefe de Gabinete de la Dirección General Administrativa).
2. El Director General Administrativo Subrogante asumirá sus funciones, en caso de ser necesario, a contar de esta fecha, sin esperar la total tramitación de la presente resolución.
3. Déjase sin efecto, a contar de esta fecha, resolución exenta N° 1.027, de 4 de mayo de 2012.
Anótese, regístrese, comuníquese y publíquese.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ignacio Larraín Arroyo, Embajador, Director General Administrativo.




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