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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1288609 2017


(CVE 1288609)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Subsecretaría de Relaciones Exteriores
DELEGA FUNCIÓN EN FUNCIONARIO QUE SEÑALA
(Resolución)
Núm. 3.494 exenta.- Santiago, 10 de octubre de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley N° 18.834, que aprueba el Estatuto Administrativo, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley N° 20.981, de Presupuestos del Sector Público para el año 2017; el decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado; el decreto con fuerza de ley N° 161, de 1978, del Ministerio de Relaciones Exteriores; y las resoluciones N° 1.600, de 2008, y N° 30, de 2015, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1.- Que, en cuanto a los antecedentes constitutivos de las rendiciones de cuentas, los artículos 55 del decreto ley N° 1.263, de 21 de noviembre de 1975, Ley Orgánica de la Administración Financiera del Estado, y 4° de la resolución N° 30, de 11 de marzo de 2015, de la Contraloría General de la República, previenen que los ingresos y gastos de los servicios o entidades del Estado deberán contar con el respaldo de la documentación original que justifique tales operaciones. Añade el inciso segundo de este último precepto que, en casos calificados por la Contraloría General, podrán aceptarse copias o fotocopias debidamente autentificadas por el ministro de fe o el funcionario autorizado para ello.
2.- Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 3° y 5° de la ley N° 18.575, citada en vistos, los órganos de la Administración del Estado deben observar los principios de eficiencia y eficacia y cumplir sus cometidos coordinadamente, como asimismo, propender a la unidad de acción, evitando la duplicidad de funciones, debiendo sus autoridades y funcionarios velar por la eficiente e idónea administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función pública.
3.- Que el artículo 41 de la ley N° 18.575, citada en vistos, prevé la posibilidad de delegar el ejercicio de las atribuciones y facultades propias, en los términos y cumpliendo los requisitos allí señalados.
4.- Que en la Partida 06, Capítulo 01, Programa 01, Glosa N° 03, letra i), de la ley N° 20.981, de Presupuestos del Sector Público del año 2017, se establece que el personal a contrata de esta Secretaría de Estado podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberán precisarse las referidas funciones, no pudiendo exceder de cuarenta y cinco funcionarios.
5.- Que, en razón de lo expuesto, se ha estimado pertinente delegar en el funcionario Pablo Fernando González Quiroz la atribución que se indica en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

Resuelvo:

1.- Deléguese en el profesional a contrata asimilado a grado 3° de la EUS, don Pablo Fernando González Quiroz, cédula de identidad N° 15.663.200-7, o en quien lo subrogue, la facultad de autentificar las copias o fotocopias de los documentos originales de las rendiciones de cuentas que efectúen las entidades externas que hubieran recibido transferencias de esta Secretaría de Estado y respecto de las cuales la Contraloría General de la República hubiere autorizado que mantengan en su poder la documentación original relativa a tales rendiciones.
La delegación de facultades dispuesta en esta resolución regirá a contar de su publicación en el Diario Oficial.
2.- La presente resolución no irrogará gastos para el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Anótese y publíquese.- Edgardo Riveros Marín, Subsecretario de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Miguel Cruz Sánchez, Director General Administrativo.




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