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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2025-05-07 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

(CVE 2641923)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 494 EXENTA, DE 2023, DE LA SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

(Resolución)

Núm. 630 exenta.- Santiago, 28 de abril de 2025.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 8° de la Constitución Política de la República de Chile; en el DFL 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante, Ley de Transparencia; en la ley N° 21.080 que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto supremo N° 41, de 2020, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la resolución exenta N° 494, de 2023, de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores; en el decreto supremo N° 13, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285; y en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que, el artículo 8° de la Constitución Política de la República establece que "El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones".

2. Que, el N° 6 del artículo 62 del DFL 1-19.653, indica que contraviene especialmente el citado principio: "Intervenir, en razón de las funciones, en asuntos en que se tenga interés personal o en que lo tengan el cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.

Asimismo, participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.

Las autoridades y funcionarios deberán abstenerse de participar en estos asuntos, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico la implicancia que les afecta".

3. Que, el artículo 12 N° 5 de ley N° 19.880, señala que las autoridades y funcionarios de la Administración que tengan una "relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar", deberán abstenerse de intervenir.

4. Que, la Subsecretaria de Relaciones Exteriores, Gloria de la Fuente González se desempeñó como consejera en el Consejo para la Transparencia entre el año 2017 y hasta el 9 de marzo de 2023.

5. Que, la Ley de Transparencia establece en su artículo 14 que quien debe pronunciarse sobre las solicitudes de acceso a la información es la autoridad o jefatura o jefe del órgano o servicio de la Administración.

6. Que, en virtud del principio de probidad administrativa, mediante resolución exenta N° 494, de 2023, de esta Cartera de Estado, la Subsecretaria de Relaciones Exteriores delegó a partir

de 16 de marzo de 2023, en el Director General de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta Subsecretaría, la función de calificar si respecto a la información solicitada, con arreglo a la Ley de Transparencia, concurre alguna de las causales de secreto o reserva, comprendiendo en este caso, la facultad de denegar total o parcialmente el acceso a dicha información y la función de presentar descargos, observaciones u otros antecedentes ante el Consejo para la Transparencia, en recursos de amparo presentados en conformidad al artículo 25 de la Ley de Transparencia.

7. Que, habiendo transcurrido el plazo de dos años establecido en el artículo 12 N° 5 de ley N° 19.880, la Subsecretaria de Relaciones Exteriores considera pertinente retomar las funciones delegadas por la resolución exenta N° 494, de 2023, de esta Subsecretaría, correspondiendo dejar sin efecto dicho acto administrativo.

Resuelvo:

Déjase sin efecto a contar de esta fecha la resolución exenta N° 494, de 2023, de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores.

Anótese, notifíquese y publíquese.-Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a Us. para su Administrativa.

Gloria de la Fuente González, Subsecretaria de

conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General






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