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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2006




Ministerio de Relaciones Exteriores
PRORROGA PARA EL AÑO 2005 LA VIGENCIA DEL DECRETO N° 313, DE 1997
Núm. 1.- Santiago, 4 de enero de 2005.- Vistos: El artículo 32 N° 8 de la Constitución Política del Estado; la ley N° 19.986 sobre presupuesto del sector público para el año 2005; lo dispuesto en los artículos 32, 35, 36 y 37 del DFL 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos N°s 668, de 1995; 1.912, de 1996; 313, de 1997; 427 y 2.227, de 1998; 395, de 2000; 419, 586, de 2001; 342, de 2002, y 3, de 2004, todos de esta Secretaría de Estado, y la resolución N° 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.
Considerando: La necesidad de hacer operativo para el año 2005 el factor de escolaridad a que alude la glosa N° 2 letra f) del Presupuesto de Gastos para la Secretaría y Administración General y Servicio Exterior de esta Secretaría de Estado.
Decreto:
1. Prorrógase para el año 2005 la vigencia del decreto N° 313, de 1997, modificado por decreto N° 03, de 2004, que estableció un factor adicional de incremento basado en indicadores de escolaridad, para el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Ignacio Walker Prieto, Ministro de Relaciones Exteriores.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a US., para su conocimiento.- Oscar Fuentes Lazo, Embajador, Director General Administrativo.




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