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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2006


PROMULGA EL ADDENDUM N° 2 AL CONVENIO DE FINANCIACION ESPECIFICO CON LA COMUNIDAD EUROPEA DEL PROGRAMA "APOYO A LA CREACION Y DESARROLLO DE EMPRESAS INNOVADORAS"
Núm. 189.- Santiago, 16 de mayo de 2006.- Vistos: El artículo 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 13 de marzo de 2006 y 10 de abril de 2006 el Gobierno de la República de Chile y la Comunidad Europea suscribieron, en Bruselas y Santiago, respectivamente, el Addendum N° 2 al Convenio de Financiación Específico del Programa "Apoyo a la Creación y Desarrollo de Empresas Innovadoras".
Que dicho Convenio fue adoptado en el marco del Convenio Marco Relativo a la Ejecución de la Ayuda Financiera y Técnica y de la Cooperación Económica en Chile en virtud del Reglamento "ALA", sus Anexos y Protocolos, suscrito, en Bruselas, Bélgica, el 24 de noviembre de 1998, y publicado en el Diario Oficial de 12 de junio de 2001,
Decreto
Artículo único: Promúlgase el Addendum N° 2 al Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y la Comunidad Europea de Financiación Específico del Programa "Apoyo a la Creación y Desarrollo de Empresas Innovadoras", suscrito el 13 de marzo de 2006 y el 10 de abril de 2006, en Bruselas y Santiago, respectivamente; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República de Chile.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Pablo Piñera Echenique, Director General Administrativo.
ORIGINAL
Addendum 2 al Convenio CHL/B7- 311/2003/5755
ADDENDUM 2
AL CONVENIO DE FINANCIACION ESPECIFICO
Entre
LA COMUNIDAD EUROPEA
Y
LA REPUBLICA DE CHILE
"Apoyo a la Creación y Desarrollo de Empresas Innovadoras"
La Comunidad Europea, en lo sucesivo denominada "la Comunidad, representada por la comisión de las Comunidades Europeas, en lo sucesivo denominada "La comisión,
por una parte, y
El Gobierno de Chile, en lo sucesivo denominado "el Beneficiario, representado por la Agencia de Cooperación Internacional (AGCI).
por otra parte,
Considerando que la aprobación del Plan Operativo General, POG, introdujo modificaciones en los montos iniciales asignados a algunos de los rubros de gasto, como asimismo produjo ajuste de los mismos al interior de la Componente Sistema de Información Maestro de Fomento Productivo - SIMFO, a saber los siguientes:

El saldo presupuestario de 19.100 euros, resultante de las reasignaciones anteriores, se asigna al rubro ATE, al cual le corresponden finalmente 964.100 euros.
Considerando que el Plan Operativo Anual 1 del proyecto "Apoyo a la Creación y Desarrollo de Empresas Innovadoras", ha establecido como necesaria la actividad "Adquisición equipos computacionales y de comunicación" de los componentes:
A.2.2 "Sistema de Información de Registro de Propiedad Industrial y Mejoramiento de Capacidades Institucionales" a cargo del organismo coejecutor Departamento de Propiedad Industrial, DPI, -MINECON, por un monto de 160.400 euros,
C.1.2. "Apoyo Programa Ventanilla Empresa", a cargo del organismo coejecutor División de Tecnologías de Información y Comunicación, TIC,-MINECON, por un monto de 47.500 euros.
De la Unidad Ejecutora del Proyecto: "Adquisición equipamiento computacional y de comunicaciones", por un monto de 28.400 euros.
Considerando que el organismo coejecutor, Consejo Nacional de Producción Limpia, CPL, para un mejor desarrollo de sus actividades y producto de una redistribución de asignaciones, aprobada por la Delegación de la UE, ha comprometido un mayor aporte local al rubro "Asistencia Técnica Local", por un monto de 21.600 euros.
Considerando que la operación del proyecto "Apoyo a la Creación y Desarrollo de Empresas innovadoras contempla la ejecución de Instrumentos del Estado, tanto con financiamiento europeo como nacional, se crea el rubro de gasto "Instrumentos del Estado", asignándosele el total los recursos que se desagregan por imputación, rubro y componente, de acuerdo a lo aprobado en el POG, a partir del siguiente detalle:

Han convenido lo siguiente:
OBJETO DEL ADDENDUM N°2
Artículo 1: Objeto
El presente Addendum enmienda las Disposiciones Técnicas Administrativas (DTAs), Anexo B: Plan de Financiación, aumentando la contribución nacional, en 21.600 euros en ATL; reasigna fondos entre rubros, producto de ajustes al Plan Operativo General; crea el rubro de gasto "Equipamiento" por un monto aportados por la Unión Europea de 236.300 euros, disminuyendo el monto asignado a funcionamiento en igual cantidad; y crea el rubro de gasto "Instrumentos del Estado" con una asignación nacional de M 10.982 euros y con una asignación europea de M 5.310,5 euros y desagrega la distribución de aportes tanto local como europeo, al interior de los mismos.
En el cuadro siguiente se desglosan las contribuciones definitivas, en miles de euros, al presupuesto del proyecto por rubros de gasto y por fuente de financiación.

Artículo 2: Entrada en Vigor y Denuncia
El presente Addendum entrará en vigor en la fecha de la última firma de las dos partes, sin perjuicio de la finalización de los procedimientos internos propios de cada una.
Podrá ser denunciado por una de ellas, previa consulta entre las partes, mediante notificación escrita de la otra. En este caso, seguirá aplicándose para las acciones en ejecución a la fecha de la citada notificación escrita.
FIRMAS
Dando Fe de lo que antecede, las partes del presente Addendum, a través de sus representantes debidamente autorizados, han suscrito el presente Addendum.
Por la Comunidad Por el Beneficiario
Europea y Coordinador Nacional




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