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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2008


PROMULGA EL PROTOCOLO DE 1997 QUE ENMIENDA EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES, 1973, MODIFICADO POR EL PROTOCOLO DE 1978, Y LAS ENMIENDAS AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL ALUDIDO CONVENIO
Núm. 174.- Santiago, 11 de octubre de 2007.- Vistos: El artículo 32, N° 6 y 15, y 54, N°1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley 18.158.
Considerando:
Que las Partes en el Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, adoptaron el 26 de septiembre de 1997, en Londres, el Protocolo de 1997 que enmienda dicho Convenio, modificado por el Protocolo de 1978, (MARPOL 73-78), publicado en el Diario Oficial el 4 de mayo de 1995, por el cual se añade a dicho Convenio el Anexo VI, titulado Reglas para Prevenir la Contaminación Atmosférica Ocasionada por los Buques.
Que el Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional adoptó diversas Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1978, relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, mediante las resoluciones siguientes: resolución MEPC.84 (44), de 13 de marzo de 2000 (Enmiendas al Apéndice del Anexo III del MARPOL 73/78); resolución MEPC.89 (45), de 5 de octubre de 2000 (Enmiendas al Anexo V del MARPOL 73/78); resolución MEPC.95 (46), de 27 de abril de 2001 (Enmiendas a la regla 13G del Anexo I del MARPOL 73/78 y al Suplemento del Certificado IOPP).
Que el Instrumento de Ratificación del señalado Protocolo y Enmiendas fue depositado ante el Secretario General de la Organización Marítima Internacional con fecha 16 de octubre de 2006.
Decreto:
Artículo único
: Promúlganse el Protocolo de 1997 que Enmienda el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (MARPOL 73-78), adoptado el 26 de septiembre de 1997, y las siguientes Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, adoptadas por el Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional mediante las siguientes resoluciones: MEPC.84 (44), de 13 de marzo de 2000 (Enmiendas al Apéndice del Anexo III del MARPOL 73/78); MEPC.89 (45), de 5 de octubre de 2000 (Enmiendas al Anexo V del MARPOL 73/78); y MEPC.95 (46), de 27 de abril de 2001 (Enmiendas a la regla 13G del Anexo I del MARPOL 73/78 y al Suplemento del Certificado IOPP); cúmplanse y publíquense en la forma establecida en la ley 18.158.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Gonzalo Arenas Valverde, Embajador, Director General Administrativo.




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