GobiernoTransparente

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2008



Ministerio de Relaciones Exteriores
PROMULGA EL MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO SOBRE COOPERACIÓN ANTÁRTICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA DE LA INDIA
Núm. 137.- Santiago, 5 de mayo de 2008.- Vistos: Los artículos 32, N°s. 6 y 15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 21 de abril de 2008, el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de la India suscribieron, en Santiago, el Memorando de Entendimiento sobre Cooperación Antártica.
Que dicho Memorando, al tenor de lo dispuesto en su párrafo 4, entró en vigor el 21 de abril de 2008.
Decreto:
Artículo único: Promúlgase el Memorando de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de la India sobre Cooperación Antártica, suscrito en Santiago, el 21 de abril de 2008; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gonzalo Arenas Valverde, Embajador, Director General Administrativo.
MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO SOBRE COOPERACIÓN ANTÁRTICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA DE LA INDIA
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de la India, de aquí en adelante las Partes,
Recordando que ambas Partes son signatarias del Tratado Antártico y del Protocolo del Tratado Antártico sobre Protección Ambiental;
Reafirmando el compromiso de contribuir en forma conjunta al desarrollo, fortalecimiento y promoción del Sistema del Tratado Antártico;
Expresando su interés en ampliar los programas de cooperación antártica en temas como la ciencia, la tecnología, los valores culturales y educativos, y el apoyo logístico entre las Partes;
Afirmando el compromiso de promover la investigación sobre la protección del medio ambiente antártico y sus ecosistemas dependientes y asociados;
Considerando que el Año Polar Internacional 2007-2008 es una excelente oportunidad para desarrollar investigaciones científicas conjuntas cubriendo una amplia gama de temas científicos de interés global,
Han concordado como sigue:
1. Las Partes promoverán la cooperación antártica a través de sus respectivas organizaciones científicas oficiales, el Instituto Antártico Chileno (INACH) de la República de Chile y el Ministerio de Ciencias Terrestres de la República de la India, por medio de:
- proyectos de cooperación científica en la Antártica y el Océano Austral;
- participación de científicos y técnicos especializados del Programa Nacional Antártico de un país en el Programa Nacional Antártico del otro;
- oportunidades para intercambiar científicos;
- capacitación de personal científico y técnico;
- intercambio de información científica y bibliográfica antártica y subantártica y aguas circumpolares antárticas;
- publicaciones científicas conjuntas;
- conferencias y talleres científicos conjuntos;
- apoyo logístico y técnico en investigación antártica.
2. Cada Parte financiará los costos originados por sus respectivas actividades. En el caso que se emprendan actividades conjuntas que impliquen aportes diferentes de cada Parte, éstas acordarán el financiamiento respectivo para cada caso en particular.
3. El Instituto Antártico Chileno y el Centro Nacional para la Antártica y de Investigación Oceánica del Ministerio de Ciencias Terrestres serán las autoridades responsables de los programas de cooperación antártica que se convengan dentro del marco del Memorando de Entendimiento.
4. Este Memorando de Entendimiento comenzará a regir en la fecha de su firma y se mantendrá vigente por un período de 3 años, los que podrán extenderse automáticamente por otro período de 3 años. Una vez concluido el período inicial de 3 años, cualquiera de las Partes podrá terminar este Memorando de Entendimiento con la entrega del aviso correspondiente y con 6 meses de anticipación.
Firmado en Santiago en el día 21 del mes de abril de 2008, en hindi, español e inglés, en versiones igualmente auténticas. En caso de cualquier diferencia de interpretación el texto en inglés prevalecerá.- Por el Gobierno de la República de Chile.- Por el Gobierno de la República de la India.




VolverTamaño de Fuente