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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2008




Ministerio de Relaciones Exteriores
PROMULGA ENMIENDAS A LOS ANEXOS DE LOS PROTOCOLOS DE 1978 Y DE 1997 AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES, 1973
Núm. 165.- Santiago, 18 de junio de 2008.- Vistos: El artículo 32, N° 6 y 15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley 18.158.
Considerando:
Que el Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional adoptó diversas Enmiendas a los Anexos del Protocolo de 1978 y del Protocolo de 1997 relativos al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, Protocolos ambos publicados en el Diario Oficial de 4 de mayo de 1995 y de 27 de marzo de 2008, respectivamente, mediante las siguientes resoluciones: al Protocolo de 1978: Resolución MEPC.111 (50), de 4 de diciembre de 2003 (Enmiendas a la regla 13G, inclusión de la nueva regla 13 H y enmiendas consiguientes al Certificado IOPP del Anexo I del MARPOL 73/78); Resolución MEPC.115 (51), de 1 de abril de 2004 (Anexo IV revisado del MARPOL 73/78); Resolución MEPC.117 (52), de 15 de octubre de 2004 (Anexo I revisado del MARPOL 73/78); Resolución MEPC.118 (52), de 15 de octubre de 2004 (Anexo II revisado del MARPOL 73/78); Resolución MEPC.143 (54), de 24 de marzo de 2006 (Adición de la regla 13 al Anexo IV del MARPOL 73/78); y al Protocolo de 1997: Resolución MEPC.132 (53), de 22 de julio de 2005 (Enmiendas al Anexo VI del MARPOL y al Código Técnico sobre los NOx).
Que dichas resoluciones fueron aceptadas por las Partes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 16 2) f) iii) del aludido Convenio de 1973, y entraron en vigor, respectivamente, el 5 de abril de 2005, el 1 de agosto de 2005, el 1 de enero de 2007, el 1 de enero de 2007, el 1 de agosto de 2007 y el 22 de noviembre de 2006, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 16 2) g) ii), del mismo Convenio.
Decreto:
Artículo único: Promúlganse las siguientes Enmiendas a los Anexos de los Protocolos, de 1978 y 1997 al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, adoptadas por el Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional mediante las resoluciones: MEPC.111 (50), de 4 de diciembre de 2003 (Enmiendas a la regla 13G, inclusión de la nueva regla 13 H y enmiendas consiguientes al Certificado IOPP del Anexo I del MARPOL 73/78); MEPC.115 (51), de 1 de abril de 2004 (Anexo IV revisado del MARPOL 73/78); MEPC.117 (52), de 15 de octubre de 2004 (Anexo I revisado del MARPOL 73/78); MEPC.118 (52), de 15 de octubre de 2004 (Anexo II revisado del MARPOL 73/78); MEPC.143 (54), de 24 de marzo de 2006 (Adición de la regla 13 al Anexo IV del MARPOL 73/78); y MEPC.132 (53), de 22 de julio de 2005 (Enmiendas al Anexo VI del MARPOL y al Código Técnico sobre los NOx); cúmplanse y publíquense en la forma establecida en la ley 18.158.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Gonzalo Arenas Valverde, Embajador, Director General Administrativo.




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