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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2010




Ministerio de Relaciones Exteriores
RECURSOS PARA ACTIVIDADES ANTÁRTICAS, AÑO 2010
Núm. 4.- Santiago, 8 de enero de 2010.- Vistos: Lo dispuesto en la ley N° 20.407 de Presupuestos del Sector Público para el año 2010; en el DFL N° 161 de 1978; el DFL N° 82 de 1979 y el DS N° 495 de 1998, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; y en las resoluciones N°s. 759 de 2003 y 1.600 de 2008 ambas de la Contraloría General de la República,
Decreto:
1. Autorízase al Instituto Antártico Chileno para que transfiera los fondos del Consejo de Política Antártica a los operadores antárticos para el año 2010, mediante los respectivos convenios de transferencias.
2. Los objetivos del Programa Antártico Nacional son resguardar y promover los derechos e intereses de Chile como país reclamante de soberanía antártica, financiando las operaciones y actividades de los operadores antárticos contempladas en el Programa Antártico Nacional y fortalecer la participación activa de los representantes chilenos y especialistas en los foros internacionales del Sistema del Tratado Antártico.
3. Asígnanse los recursos referidos anteriormente de acuerdo al siguiente criterio porcentual histórico:

4. Los recursos asignados son para financiar parte de las actividades de cada componente del Programa Antártico Nacional, de acuerdo al siguiente detalle:

5. Los organismos responsables de las diversas etapas de esta asignación de fondos, son los siguientes:
- Institución Responsable: Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Unidad Encargada del Programa: Comités Permanentes de Asuntos Generales y Financieros del Consejo de Política Antártica.
- Unidad encargada del manejo de los recursos: Instituto Antártico Chileno, INACH.
- Unidad Responsable de la Gestión Presupuestaria: Departamento Antártica de la Dirección de Medio Ambiente, Antártica y Asuntos Marítimos de la Cancillería.
- Organismos involucrados en la operación del programa: Ejército, Armada, Fuerza Aérea e Instituto Antártico Chileno, INACH.
6. Los procedimientos de control serán los siguientes:
a) Entrega de los recursos por parte del Instituto Antártico Chileno, INACH:
1. La entrega de los fondos presupuestarios a los operadores antárticos, en adelante "las instituciones receptoras", deberá hacerse de acuerdo a un calendario acordado previamente entre el INACH y los operadores antárticos, conforme a la disponibilidad establecida por el Ministerio de Hacienda. Las instituciones receptoras que mantengan reintegros y/o rendiciones de cuentas pendientes, no podrán recibir nuevas transferencias de fondos.
2. Las instituciones receptoras estarán obligadas a enviar al INACH un comprobante de ingreso por los recursos percibidos y un informe mensual de su inversión -hasta la ejecución total de los recursos transferidos-, que deberá señalar, a lo menos, el monto de los recursos percibidos en el mes, el monto detallado de la inversión realizada y el saldo disponible para el mes siguiente. Deberán, asimismo, remitir copia de dicho informe a la Dirección de Medio Ambiente, Antártica y Asuntos Marítimos, para analizar el avance y la ejecución de las actividades del Programa Antártico Nacional, la gestión, reorientar la utilización de los recursos y corregir las desviaciones.
3. Los fondos asignados deberán utilizarse completamente dentro del año calendario, teniendo como fecha tope el 15 de diciembre de 2010. El 30 de diciembre de 2010 se deberá enviar al INACH, con copia a la Dirección de Medio Ambiente, Antártica y Asuntos Marítimos, la rendición de fondos anual en formato único para los cuatro operadores antárticos. El saldo remanente o los fondos no gastados, deberán ser reintegrados al INACH junto con dicha rendición de fondos.
4. Por razones excepcionales, las instituciones receptoras podrán ajustar como estimen conveniente los fondos asignados dentro de la misma actividad del componente para ejecutar eficientemente el Programa Antártico, informando de dicho ajuste al INACH y a la Dirección de Medio Ambiente, Antártica y Asuntos Marítimos.
b) Gestión Presupuestaria del Departamento Antártica de la Dirección de Medio Ambiente, Antártica y Asuntos Marítimos:
1. Hacer el seguimiento y control de los informes parciales a que alude el numeral 6 a) 2. precedente, enviados por los operadores antárticos sobre la ejecución de las actividades antárticas, la gestión del presupuesto 2010 y los avances de los indicadores de gestión correspondientes a la Matriz de Marco Lógico del Programa Antártico Nacional.
2. Controlar y evaluar la gestión anual del Programa Antártico, verificar el cumplimiento de los indicadores de gestión e informar del resultado a la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda y al Comité de Asuntos Financieros del Consejo de Política Antártica, dentro del primer trimestre de 2011.
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Ángel Flisfisch Fernández, Ministro de Relaciones Exteriores (S).
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Roberto Araos Sánchez, Consejero, Director General Administrativo (S).




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