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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2011




Ministerio de Relaciones Exteriores
ESTABLECE COEFICIENTES DEL COSTO DE VIDA EN QUE DEBEN REAJUSTARSE SUELDOS DE FUNCIONARIOS DE PLANTA A DEL SERVICIO EXTERIOR
Núm. 221.- Santiago, 13 de agosto de 2010.- Vistos: La ley N° 20.407, el artículo N° 35 del DFL N°33 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores y la resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República,
Considerando: Que se hace necesario actualizar a partir del 1 de enero del año 2011, la asignación de Costo de Vida para los funcionarios de Planta A del Servicio Exterior.
Decreto:
1.- Establécese que la determinación del coeficiente del Costo de Vida en que deben reajustarse los sueldos de los funcionarios de Planta A del Servicio Exterior de Chile, que se desempeñan en los países que se señalan, se efectuará mediante la operación que resulte de multiplicar la constante 581,72, por los factores que se detallan a continuación, en los países que se indica:


2.- Para el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Asignación por Costo de Vida se aplicará en forma diferenciada según cada Categoría Exterior, por lo que el monto que le corresponda a cada funcionario por concepto de Asignación de Costo de Vida será corregido por los siguientes factores:
1ª Categoría Exterior:1.0000
2ª Categoría Exterior:1.0000
3ª Categoría Exterior:1.0000
4ª Categoría Exterior:1.0460
5ª Categoría Exterior:1.1600
6ª Categoría Exterior:1.1600

3.- Los efectos del presente decreto regirán a contar del 1 de enero del año 2011.
4.- Derógase el decreto N° 333, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que establece los diferentes coeficientes de Costo de Vida, a contar de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto.
Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Roberto Araos Sánchez, Consejero, Director General Administrativo (S).




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