PROMULGA EL ACUERDO SOBRE LA REVISIÓN SUSTANTIVA DEL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: CHILE: REMOCIÓN DE BARRERAS PARA LA ELECTRIFICACIÓN RURAL CON ENERGÍAS RENOVABLES
Núm. 315.- Santiago, 30 de diciembre de 2010.- Vistos: Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley N° 18.158.
Considerando:
Que con fecha 2 y 13 de julio de 2010 se suscribió, en Santiago, el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre la Revisión Sustantiva del Acuerdo relativo al Proyecto: Chile: Remoción de Barreras para la Electrificación Rural con Energías Renovables, adoptado entre las mismas Partes, el que fuera publicado en el Diario Oficial el 6 de abril de 2002.
Que dicho Acuerdo de Revisión fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica, suscrito con las Naciones Unidas y diversas Agencias Especializadas de esa Organización, y del Acuerdo suscrito con el Fondo Especial de las Naciones Unidas sobre Asistencia del Fondo Especial, ambos publicados en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960,
Decreto:
Artículo único: Promúlgase el Acuerdo sobre la Revisión Sustantiva del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo relativo al Proyecto: Chile: Remoción de Barreras para la Electrificación Rural con Energías Renovables, suscrito entre las mismas Partes, en Santiago, con fecha 2 y 13 de julio de 2010; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley N° 18.158.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República de Chile.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Roberto Araos Sánchez, Consejero, Director General Administrativo (S).