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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2011




Ministerio de Relaciones Exteriores
PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO SOBRE COOPERACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE CENTROS HISTÓRICOS EN CHILE ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA DE COLOMBIA
Núm. 24.- Santiago, 3 de febrero de 2011.- Vistos: Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 24 de noviembre de 2010, entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Colombia se suscribió, en Bogotá, el Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación para la Recuperación de Centros Históricos en Chile.
Que dicho Memorándum fue adoptado en el marco del Convenio de Cooperación Cultural, suscrito entre la República de Colombia y la República de Chile el 17 de diciembre de 1982, publicado en el Diario Oficial de 6 de septiembre de 1986.
Que, de conformidad con el Artículo 6 del indicado Memorándum de Entendimiento, éste entró en vigor en la fecha de su firma.
Decreto:
Artículo único: Promúlgase el Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación para la Recuperación de Centros Históricos en Chile entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Colombia, suscrito en Bogotá el 24 de noviembre de 2010; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US., para su conocimiento.- Ignacio Larraín Arroyo, Embajador, Director General Administrativo.
MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO
SOBRE COOPERACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN
DE CENTROS HISTÓRICOS EN CHILE
ENTRE
EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA DE CHILE
Y
EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA DE COLOMBIA
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Colombia, denominados en adelante las Partes,
Considerando:
Que sus relaciones de cooperación cultural han sido fortalecidas y sostenidas por el Convenio Marco de Cooperación Cultural entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Colombia, suscrito el 17 de diciembre de 1982;
Teniendo presente la Manifestación de Voluntades para la Cooperación Técnica en el ámbito del Patrimonio Cultural Inmueble entre el Consejo de Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación de la República de Chile y la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura de la República de Colombia, suscrito el 3 de septiembre de 2005;
Tomando en consideración el ofrecimiento de Colombia, que Chile ha acogido con gran interés, de compartir su experiencia en materia de recuperación de centros históricos afectados por catástrofes, en particular por terremotos, incluyendo su Plan de Recuperación de Centros Históricos y el programa Escuelas Taller de Colombia: Herramientas de Paz, y
Considerando la voluntad de las Partes de cooperar en materia de conservación y restauración del patrimonio material en Chile,
Establecerán los lineamientos bajo los cuales se llevará a cabo la cooperación para la recuperación de centros históricos en Chile, en los siguientes términos:
Artículo 1
OBJETO
El presente Memorándum de Entendimiento tiene por objeto fomentar la transferencia de capacidades en la recuperación del patrimonio cultural entre Chile y Colombia, en particular de los centros históricos con protección, y con énfasis especial en aquellos afectados por terremotos.
Artículo 2
ENTIDADES RESPONSABLES
1. El Gobierno de la República de Chile designa:
a) a la Dirección de Asuntos Culturales, DIRAC, del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile como entidad encargada del seguimiento y coordinación de las actividades resultantes del presente Memorándum de Entendimiento, y
b) al Consejo de Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación como contraparte técnica en la realización de las actividades resultantes del mismo.
2. El Gobierno de la República de Colombia designa:
a) a la Dirección de Asuntos Culturales y a la Dirección de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores como entidad encargada de la coordinación y seguimiento de las actividades resultantes del presente Memorándum de Entendimiento, y
b) al Ministerio de Cultura, como entidad encargada de la ejecución y evaluación de las actividades resultantes del presente Memorándum de Entendimiento.
Artículo 3
ACTIVIDADES
En el marco del presente Memorándum, las Partes podrán realizar las siguientes actividades:
1. Visitas de diagnóstico de la condición, estado de conservación, sistemas de manejo y políticas urbanas de los centros históricos patrimoniales.
2. Reuniones técnicas para el intercambio mutuo de experiencias en materia de identificación, protección, conservación y puesta en valor de los centros históricos patrimoniales, y sobre la implementación de Escuelas Taller y Planes de Recuperación de aquellos afectados por catástrofes.
3. Actividades de difusión y capacitación en las materias señaladas.
4. Proyectos conjuntos en el ámbito de la recuperación de centros históricos patrimoniales.
Las Partes definirán de común acuerdo la programación, contenidos y las condiciones de financiamiento de las actividades a realizar, pudiendo formular un proyecto específico para su materialización.
Artículo 4
Para la ejecución de todas las actividades mencionadas en este Memorándum de Entendimiento las Partes deberán observar en todo momento las leyes y los reglamentos vigentes en la República de Chile y en la República de Colombia.
Artículo 5
1. Las instituciones ejecutoras mencionadas en el Artículo 2 elaborarán informes sobre los resultados alcanzados en el marco del presente Memorándum de Entendimiento, los cuales serán presentados a las instituciones coordinadoras.
2. Los documentos resultantes de las actividades desarrolladas en el contexto del presente instrumento serán de propiedad conjunta de las Partes. En caso de publicación de los mencionados documentos, deberán las Partes ser previa y formalmente consultadas y mencionadas en el documento objeto de publicación.
Conforme con su original.- Alfonso Silva Navarro, Subsecretario de Relaciones Exteriores Subrogante.
Santiago, 4 de mayo de 2011.




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