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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES AGENCIA DE COOPERACION INTERNACIONAL DE CHILE


DO 2012


Ministerio de Relaciones Exteriores
Agencia de Cooperación Internacional de Chile
ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE
Núm. 53 exento.- Santiago, 18 de enero de 2012.- Vistos: Lo establecido en el DFL N° 1/19.653, que fijó texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 22 de la ley N° 18.989, modificada por la ley N° 19.999; en el artículo trigésimo noveno de la ley N° 19.982; en el artículo N° 81, letra a) del DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto supremo N°111, de 2011, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y en la resolución N°1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando: Que es necesario determinar un nuevo orden de subrogación en el cargo de Director Ejecutivo de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile (AGCI).
Decreto:
I. Establécese el siguiente orden de subrogación del Director Ejecutivo de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile:
1° Don Pablo García Aguirre, RUT 14.257.847-6, Jefe de Departamento de Becas, grado 3 EUS de la Planta de Directivos de AGCI.
2° Don Juan Flores Ferrando, RUT 9.499.720-8, Jefe de Departamento de Administración y Finanzas, grado 3 EUS de la Planta de Directivos de AGCI.
3° Don Enrique O’Farrill Julien, RUT 14.577.027-0, Jefe de Departamento de Cooperación Bi-Multilateral, grado 3 EUS de la Planta de Directivos de AGCI.
II. Déjase sin efecto el decreto N° 68, de 2009, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fijó el anterior orden de subrogación del Director Ejecutivo de AGCI.
III. Por razones impostergables de buen servicio, el orden de subrogación que se establece en el numeral I regirá o contar de la fecha del presente decreto, sin esperar la total tramitación del mismo.
Anótese, regístrese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Pablo García Aguirre, Director Ejecutivo (S) Agencia de Cooperación Internacional de Chile.




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