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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2012



Ministerio de Relaciones Exteriores
PROMULGA EL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: MARCO TERMINAL PARA LA ELIMINACIÓN DEFINITIVA DEL USO DE CFC-11, CFC-12 Y R-502 (CFC-115) EN LA FABRICACIÓN DE EQUIPOS DE REFRIGERACIÓN EN CHILE - FASE II
Núm. 138.- Santiago, 21 de octubre de 2011.- Vistos: Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley N°18.158.
Considerando:
Que con fechas 12 y 26 de mayo de 2011, respectivamente, se suscribió, en Santiago, entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo el Acuerdo sobre el Proyecto: Marco Terminal para la Eliminación Definitiva del Uso de CFC-11, CFC-12 y R-502 (CFC-115) en la Fabricación de Equipos de Refrigeración en Chile - Fase II.
Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica, suscrito con las Naciones Unidas y diversas Agencias Especializadas de esa Organización, y del Acuerdo suscrito con el Fondo Especial de las Naciones Unidas sobre Asistencia del Fondo Especial, ambos publicados en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960.
Decreto:
Artículo único: Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre el Proyecto: Marco Terminal para la Eliminación Definitiva del Uso de CFC-11, CFC-12 y R-502 (CFC-115) en la Fabricación de Equipos de Refrigeración en Chile - Fase II, suscrito en Santiago, con fechas 12 y 26 de mayo de 2011, respectivamente; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley N° 18.158.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ignacio Larraín Arroyo, Embajador, Director General Administrativo.




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