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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2013




Ministerio de Relaciones Exteriores
ESTABLECE COEFICIENTE DE COSTO DE VIDA EN QUE DEBEN REAJUSTARSE LOS SUELDOS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA PLANTA A DEL SERVICIO EXTERIOR DE CHILE
Núm. 137.- Santiago, 29 de noviembre de 2012.- Vistos: La ley N° 20.557; el artículo N° 35 del DFL N° 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,
Considerando: Que se hace necesario actualizar la asignación de Costo de Vida para los funcionarios de la Planta A del Servicio Exterior.
Decreto:
1. Establécese que la determinación del coeficiente del Costo de Vida en que deben reajustarse los sueldos de los funcionarios de la Planta A del Servicio Exterior de Chile, que se desempeñan en los países que se señalan, se efectuará mediante la operación que resulte de multiplicar la constante 615,22 por los factores que se detallan a continuación, en los países que se indican:









2. Para el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Asignación por Costo de Vida se aplicará en forma diferenciada según cada Categoría Exterior, por lo que el monto que le corresponda a cada funcionario por concepto de Asignación de Costo de Vida será corregido por los siguientes factores:
1ª Categoría Exterior: 1.0000
2ª Categoría Exterior: 1.0000
3ª Categoría Exterior: 1.0000
4ª Categoría Exterior: 1.0460
5ª Categoría Exterior: 1.1600
6ª Categoría Exterior: 1.1600.

3. Los efectos del presente decreto regirán a contar del 1 de enero de 2013.
4. Derógase el decreto N° 135, de 2011, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que establece los diferentes coeficientes de Costo de Vida, a contar de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto.
Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfonso Silva Navarro, Ministro de Relaciones Exteriores (S).- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ricardo G. Rojas, Consejero, Director General Administrativo (S).




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