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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2013




Ministerio de Relaciones Exteriores
ENTRA EN VIGOR CON LA REPúBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY EL QUINCUAGÉSIMO TERCER PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 35, SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS, CELEBRADO ENTRE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA DE CHILE
Núm. 124.- Santiago, 6 de noviembre de 2012.- Vistos: Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso noveno, de la Constitución Política de la República, y el decreto supremo 85, de 6 de junio de 2011, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Considerando:
Que por decreto supremo N° 85, de 6 de junio de 2011, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se promulgó el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 35, sobre el Comercio de Servicios, celebrado entre los Gobiernos de los Estados Partes del Mercosur y el Gobierno de la República de Chile, en Montevideo, Uruguay, el 27 de mayo de 2009, el cual fuera publicado en el Diario Oficial de 29 de noviembre de 2011.
Que el referido decreto señala, además, la entrada en vigor del aludido Protocolo Adicional entre la República de Chile y la República Federativa del Brasil.
Que, habiendo cumplido la República Oriental del Uruguay con lo previsto en el artículo 2° del mencionado Protocolo Adicional, éste entró en vigor entre la República de Chile y la República Oriental del Uruguay el 22 de abril de 2012.
Decreto:
Artículo único: Decrétase la entrada en vigor entre la República de Chile y la República Oriental del Uruguay del Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 35, sobre el Comercio de Servicios, celebrado entre los Gobiernos de los Estados Partes del Mercosur y el Gobierno de la República de Chile, en Montevideo, Uruguay, el 27 de mayo de 2009.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Fernando Schmidt Ariztía, Embajador, Ministro de Relaciones Exteriores (S).
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ignacio Larraín Arroyo, Embajador, Director General Administrativo.




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