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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2014


PROMULGA EL ACUERDO SOBRE LA REVISIÓN SUSTANTIVA DEL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: "IMPLEMENTACIÓN DE LA NUEVA POLÍTICA NACIONAL DE DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE"
Núm. 107.- Santiago, 28 de agosto de 2013.- Vistos: Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley N° 18.158.
Considerando:
Que con fechas 29 de julio y 9 de agosto de 2013, respectivamente, se suscribió, en Santiago, el Acuerdo entre la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre la Revisión Sustantiva del Acuerdo relativo al Proyecto: "Implementación de la Nueva Política Nacional de Desarrollo Urbano Sustentable", adoptado entre las mismas Partes, el que fuera publicado en el Diario Oficial el 6 de julio de 2010 y su última Revisión Sustantiva el 12 de julio de 2013.
Que dicho Acuerdo de Revisión fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica, suscrito con las Naciones Unidas y diversas Agencias Especializadas de esa Organización, y del Acuerdo suscrito con el Fondo Especial de las Naciones Unidas sobre Asistencia del Fondo Especial, ambos publicados en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960.
Decreto:
Artículo único: Promúlgase el Acuerdo entre la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre la Revisión Sustantiva del Acuerdo adoptado entre las mismas Partes relativo al Proyecto: "Implementación de la Nueva Política Nacional de Desarrollo Urbano Sustentable", suscrito en Santiago, con fechas 29 de julio y 9 de agosto de 2013, respectivamente; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley N°18.158.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Óscar Alfonso Silva Navarro, Ministro de Relaciones Exteriores (S).
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ximena Carolina Ares Mora, Consejero, Director General Administrativo (S).




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