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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2014


PROMULGA EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA FEDERAL DE ALEMANIA SOBRE EL PROYECTO "ENERGÍAS RENOVABLES Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
Núm. 115.- Santiago, 1 de octubre de 2013.- Vistos: Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que por Intercambio de Notas entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Federal de Alemania, fechadas en Santiago, el 4 de julio y el 13 de septiembre de 2013, respectivamente, se adoptó el Acuerdo sobre el proyecto "Energías Renovables y Eficiencia Energética".
Que dicho Acuerdo fue celebrado en el marco del Convenio sobre Cooperación Financiera entre ambos países, suscrito el 20 de noviembre de 2007, publicado en el Diario Oficial de 7 de febrero de 2008.
Que se dio cumplimiento a lo previsto en el penúltimo párrafo, del referido Acuerdo y, en consecuencia, éste entró en vigor el 13 de septiembre de 2013.
Decreto:
Artículo único: Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre el proyecto "Energías Renovables y Eficiencia Energética", celebrado por Intercambio de Notas fechadas en Santiago el 4 de julio y 13 de septiembre de 2013, respectivamente; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Óscar Alfonso Silva Navarro, Ministro de Relaciones Exteriores (S).
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ximena Carolina Ares Mora, Consejero Director General Administrativo (S).
El Embajador de la República Federal de Alemania
Ref. Wi 444.00
Santiago de Chile, 4 de julio de 2013
Señor Ministro:
Con referencia al Convenio entre nuestros dos Gobiernos sobre Cooperación Financiera 2005 firmado el 20 de noviembre de 2007, así como al Canje de Notas del 24 de abril/18 de mayo de 2009, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo sobre el proyecto "Energías Renovables y Eficiencia Energética":
1. Los préstamos en condiciones ventajosas para el proyecto "Energías Renovables y Eficiencia Energética" mencionado en el párrafo 4 del Artículo 1 del Convenio entre nuestros dos Gobiernos sobre Cooperación Financiera 2005 firmado el 20 de noviembre de 2007 y en el Canje de Notas entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Chile sobre Cooperación Financiera, del 24 de abril/18 de mayo de 2009, se aumentarán por medio de una aportación financiera por valor de hasta 1.586.599,18 EUR (en letras: un millón quinientos ochenta y seis mil quinientos noventa y nueve euros y dieciocho cents) para una medida complementaria, si dicha medida, después de examinada, resulta digna de apoyo.
2. La medida complementaria está destinada a respaldar a los intermediarios financieros en el desarrollo de productos y la evaluación de las inversiones y a los prestatarios finales con respecto a la identificación y planificación de proyectos.
3. La suma mencionada en el Artículo 1 no se autorizará si el respectivo contrato de financiación no se celebra dentro de un plazo de ocho años, contado a partir del año de la autorización inicial del compromiso. Para un monto parcial por valor de 41.696,16 EUR el compromiso se autorizó en el año 2005. Por tanto, el plazo para dicho monto vence transcurrido el 31 de diciembre de 2013. Para un monto parcial por valor de 1.544.903,02 EUR el compromiso se autorizó en el año 2007. Por tanto, el plazo para dicho monto vence transcurrido el 31 de diciembre de 2015. Por lo demás, se aplicarán también al presente Acuerdo las disposiciones del arriba mencionado Convenio.
4. El presente Acuerdo se concierta en alemán y español, siendo ambos textos igualmente auténticos.
En caso de que el Gobierno de la República de Chile se declare conforme con las propuestas contenidas en los párrafos 1 a 4, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste la conformidad de su Gobierno constituirán un Acuerdo entre nuestros Gobiernos que entrará en vigor en la fecha de su Nota de respuesta.
Aprovecho la ocasión para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi más alta y distinguida consideración.
Hans-Henning Blomeyer-Bartenstein, Embajador.
Excmo. Sr.
D. Alfredo Moreno
Ministro de Relaciones Exteriores
De la República de Chile
Santiago de Chile
REPúBLICA DE CHILE
Ministerio de Relaciones Exteriores
N° 11278
Santiago de Chile, 13 septiembre de 2013
Excelencia:
Tengo el honor de acusar recibo de la atenta Nota de su Gobierno, fechada 4 de julio de 2013, que dice lo siguiente:
"Señor Ministro:
Con referencia al Convenio entre nuestros dos Gobiernos sobre Cooperación Financiera 2005 firmado el 20 de noviembre de 2007, así como al Canje de Notas del 24 de abril/18 de mayo de 2009, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo sobre el proyecto "Energías Renovables y Eficiencia Energética".
1. Los préstamos en condiciones ventajosas para el proyecto "Energías Renovables y Eficiencia Energética" mencionado en el párrafo 4 del Artículo 1 del Convenio entre nuestros dos Gobiernos sobre Cooperación Financiera 2005 firmado el 20 de noviembre de 2007 y en el Canje de Notas entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Chile sobre Cooperación Financiera, del 24 de abril/18 de mayo de 2009, se aumentarán por medio de una aportación financiera por valor de hasta 1.586.599,18 EUR (en letras: un millón quinientos ochenta y seis mil quinientos noventa y nueve euros y dieciocho cents) para una medida complementaria, si dicha medida, después de examinada, resulta digna de apoyo.
2. La medida complementaria está destinada a respaldar a los intermediarios financieros en el desarrollo de productos y la evaluación de las inversiones y a los prestatarios finales con respecto a la identificación y planificación de proyectos.
3. La suma mencionada en el Artículo 1 no se autorizará si el respectivo contrato de financiación no se celebra dentro de un plazo de ocho años, contado a partir del año de la autorización inicial del compromiso. Para un monto parcial por valor de 41.696,16 EUR el compromiso se autorizó en el año 2005. Por tanto, el plazo para dicho monto vence transcurrido el 31 de diciembre de 2013. Para un monto parcial por valor de 1.544.903,02 EUR el compromiso se autorizó en el año 2007. Por tanto, el plazo para dicho monto vence transcurrido el 31 de diciembre de 2015. Por lo demás, se aplicarán también al presente Acuerdo las disposiciones del arriba mencionado Convenio.
4. El presente Acuerdo se concierta en alemán y español, siendo ambos textos igualmente auténticos.
En caso de que el Gobierno de la República de Chile se declare conforme con las propuestas contenidas en los párrafos 1 a 4, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste la conformidad de su Gobierno constituirán un Acuerdo entre nuestros Gobiernos que entrará en vigor en la fecha de su Nota de respuesta.
Aprovecho la ocasión para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi más alta y distinguida consideración".
Además tengo el honor de confirmar, en nombre de la República de Chile, el Acuerdo antes transcrito y acordar que la Nota de Vuestra Excelencia y la presente serán consideradas como las que constituyen un Acuerdo entre los dos Gobiernos, el cual entrará en vigor en la fecha de la presente Nota.
Aprovecho la oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia, las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.
Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores
Excmo. Sr.
Hans-Henning Blomeyer-Bartenstein
Embajador
de la República Federal de Alemania
Santiago-Chile




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