Ministerio de Relaciones Exteriores
PROMULGA EL ACUERDO SOBRE LA REVISIÓN SUSTANTIVA DEL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: "PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO"
Núm. 221.- Santiago, 14 de agosto de 2014.- Vistos: Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley N° 18.158.
Considerando:
Que con fechas 15 de julio y 13 de agosto de 2014, respectivamente, se suscribió, en Santiago, el Acuerdo entre la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre la Revisión Sustantiva del Acuerdo relativo al Proyecto: "Programa de Desarrollo Humano", adoptado entre las mismas Partes, el que fuera publicado en el Diario Oficial el 18 de noviembre de 2009 y su última Revisión Sustantiva el 29 de julio de 2013.
Que dicho Acuerdo de Revisión fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica, suscrito con las Naciones Unidas y diversas Agencias Especializadas de esa Organización, y del Acuerdo suscrito con el Fondo Especial de las Naciones Unidas sobre Asistencia del Fondo Especial, ambos publicados en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960.
Decreto:
Artículo único: Promúlgase el Acuerdo entre la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre la Revisión Sustantiva del Acuerdo adoptado entre las mismas Partes relativo al Proyecto: "Programa de Desarrollo Humano", suscrito en Santiago, con fechas 15 de julio y 13 de agosto de 2014, respectivamente; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley N°18.158.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento, Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPúBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance el decreto N° 221, de 2014, del Ministerio de Relaciones Exteriores
N° 74.526.- Santiago, 29 de septiembre de 2014.
Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 221, de 2014, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Acuerdo sobre la Revisión Sustantiva del Acuerdo con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre el Proyecto: "Programa de Desarrollo Humano", en el entendido que es el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de acuerdo a sus atribuciones legales, la entidad a la que corresponde realizar las acciones de carácter ejecutivo contempladas en el convenio que se viene aprobando. Ello pues la naturaleza jurídica del "Consejo Nacional de la Infancia" -creado mediante el decreto N° 21, de 2014, de esta última Cartera de Estado-, corresponde a la de una comisión asesora presidencial, la cual no posee atribuciones para efectuar tales actuaciones (aplica criterio contenido en el dictamen N° 36.310, de 2006).
Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo indicado.
Transcríbase al Consejo Nacional de la Infancia, al Ministerio Secretaría General de la Presidencia y al Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.
Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro de Relaciones Exteriores
Presente.