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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2014




Ministerio de Relaciones Exteriores
PROMULGA EL CÓDIGO MARÍTIMO INTERNACIONAL DE CARGAS SÓLIDAS A GRANEL (CÓDIGO IMSBC)
Núm. 72.- Santiago, 26 de marzo de 2014.-
Vistos: Los artículos 32, N° 15 y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley 18.158.
Considerando:
Que el Comité de Seguridad Marítima, MSC, de la Organización Marítima Internacional, adoptó el Código Marítimo Internacional de Cargas Sólidas a Granel (Código IMSBC), del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, (Convenio SOLAS) enmendado, mediante la resolución MSC.268(85), de 4 de diciembre de 2008, que tiene carácter obligatorio en virtud de la resolución MSC.269(85), de 4 de diciembre de 2008, del Comité de Seguridad Marítima, que adoptó enmiendas al Capítulo VI, sobre transporte de cargas, y al Capítulo VII, sobre transporte de mercancías peligrosas, del Convenio SOLAS 1974 enmendado, publicada en el Diario Oficial de 23 de enero de 2012.
Que habiéndose cumplido con lo preceptuado en el número 3. de la resolución MSC.268(85), de 4 de diciembre de 2008, ésta entró en vigor internacional el 1 de enero de 2011.
Decreto:
Artículo único: Promúlgase el Código Marítimo Internacional de Cargas Sólidas a Granel (Código IMSBC), del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (Convenio SOLAS) enmendado, adoptado por la resolución MSC.268(85), de 4 de diciembre de 2008, del Comité de Seguridad Marítima, MSC, de la Organización Marítima Internacional; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley N° 18.158.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.




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