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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2015


PROMULGA ENMIENDAS DE 2011 AL ANEXO VI DEL PROTOCOLO DE 1997, QUE ENMIENDA EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES, 1973, MODIFICADO POR EL PROTOCOLO DE 1978
Núm. 252.- Santiago, 21 de octubre de 2014.- Vistos: Los artículos 32, N°15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley 18.158.
Considerando:
Que el Comité de Protección del Medio Marino, MEPC, de la Organización Marítima Internacional, adoptó las Enmiendas al Anexo VI del Protocolo de 1997 que Enmienda el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Inclusión de reglas sobre la eficiencia energética de los buques en el Anexo VI del Convenio Marpol), mediante la resolución MEPC.203(62), de 15 de julio de 2011.
Que dichas Enmiendas se adoptaron en el marco de lo dispuesto en el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques y su Protocolo de 1978 (Marpol 73/78), publicados en el Diario Oficial el 4 de mayo de 1995.
Que el referido Protocolo de 1997, que enmienda el Marpol 73/78 y que añade a dicho Convenio el Anexo VI, titulado "Reglas para Prevenir la Contaminación Atmosférica Ocasionada por los Buques", fue adoptado el 26 de septiembre de 1997 y publicado en el Diario Oficial el 27 de marzo de 2008. Que el texto revisado del señalado Anexo VI fue adoptado por resolución MEPC.176(58) y publicado en el Diario Oficial de 11 de febrero de 2012, y, a su vez, las Enmiendas de 2010 al referido Anexo VI fueron publicadas en el Diario Oficial de 16 de diciembre de 2013.
Que la resolución MEPC.203 (62) fue aceptada por las Partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) f) iii) del Convenio Marpol, y entró en vigor, de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 2) g) ii) del Convenio Marpol, el 1 de enero de 2013.
Decreto:
Artículo único: Promúlganse las Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1997 que Enmienda el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Inclusión de reglas sobre la eficiencia energética de los buques en el Anexo VI del Convenio Marpol), adoptadas por la resolución MEPC.203(62), de 15 de julio de 2011, del Comité de Protección del Medio Marino, MEPC, de la Organización Marítima Internacional; cúmplanse y publíquense en la forma establecida en la ley N°18.158.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Fernando Zalaquett S., Embajador, Director General Administrativo (S).




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