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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2015


DA CUMPLIMIENTO A RESOLUCIONES 1.572 (2004); 1.643 (2005); 1.893 (2009); 1.946 (2010); 1.975 (2011); 1.980 (2011); 2.045 (2012); 2.101 (2013) Y 2.153 (2014), APROBADAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS, RELATIVAS A COTE D’ IVOIRE
Núm. 230.- Santiago, 20 de agosto de 2014.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 15 y 54 N° 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y el artículo 25 de la Carta de las Naciones Unidas.
Considerando:
Que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó las siguientes resoluciones: 1.572 (2004) de 15 de noviembre 2004; 1.643 (2005) de 15 de diciembre 2005; 1.893 (2009) de 29 de octubre 2009; 1.946 (2010) de 15 de octubre 2010; 1.975 (2011) de 30 de marzo 2011; 1.980 (2011) de 28 de abril 2011; 2.045 (2012) de 26 de abril 2012; 2.101 (2013) de 25 de abril 2013 y 2.153 (2014) de 29 de abril 2014, relativas a la situación en Cote d’Ivoire.
Que aún se mantienen en vigor las medidas de embargo de armas, prohibición de viajar y congelación y transferencia de activos que en dichas resoluciones se disponen.
Que por decreto supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores N° 83, de 14 de noviembre 2007, se aprobó la resolución 1.727 (2006), sobre este mismo tema.
Decreto:
Artículo primero.- El Gobierno de la República de Chile decide dar estricto y fiel cumplimiento a las resoluciones 1.572 (2004); 1.643 (2005); 1.893 (2009); 1.946 (2010); 1.975 (2011); 1.980 (2011); 2.045 (2012); 2.101 (2013) y 2.153 (2014), aprobadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas referidas a la situación en Cote d’Ivoire.
Artículo segundo.- A los efectos de lo dispuesto en las resoluciones 1.572 (2004); 1.643 (2005); 1.893 (2009); 1.946 (2010); 1.975 (2011); 1.980 (2011); 2.045 (2012); 2.101 (2013) y 2.153 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, las autoridades y órganos del Estado velarán para que en el ámbito de sus atribuciones, se dé cumplimiento a lo dispuesto en las citadas resoluciones; cúmplanse y publíquense en conformidad a la ley N° 18.158.
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- Rodrigo Peñailillo Briceño, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Jorge Burgos Varela, Ministro de Defensa Nacional.- Alberto Arenas de Mesa, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.




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