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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1017755 2016


(IdDO 1017755)
MODIFICA DECRETO SUPREMO N°14, DE 2012, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE CREA EL COMITÉ INTERMINISTERIAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS
Núm. 104.- Santiago, 29 de julio de 2015.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 N°6 y 35 de la Constitución Política de la República; el artículo 25 y las disposiciones del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; el decreto con fuerza de ley N°161 de 1978 y el decreto supremo N°14 de 2012, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el artículo 10.4.2 de la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, mediante decreto supremo N°14 de 2012, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se crea el Comité Interministerial para la Implementación y Cumplimiento de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el cual tiene como objeto asesorar a los Ministerios y servir de instancia de coordinación para la implementación y cumplimiento del conjunto de recomendaciones y medidas establecidas en las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, así como de sus órganos subsidiarios (Comité de Sanciones y otros órganos).
Que, dicho Comité está compuesto por representantes de los Ministerios del Interior y Seguridad Pública, Defensa Nacional, Hacienda, Secretaría General de la Presidencia, Justicia y Relaciones Exteriores, siendo presidido por un representante de este último, designado por el Director de Política Multilateral de esa Secretaría de Estado.
Que, por las funciones que le son propias y en razón de su jerarquía, se ha resuelto que sea el Director General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores quien designe al representante de esa Secretaría de Estado que presida el Comité Interministerial para la Implementación y Cumplimiento de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Que, por otro lado, dado el contenido de ciertas resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, vinculadas con materias de terrorismo, se ha estimado necesario que la Agencia Nacional de Inteligencia, a través de los representantes que ésta designe, preste de manera permanente toda aquella colaboración que se requiera para el mejor cumplimiento de las funciones del Comité.
Decreto:
Artículo único.- Modifícase el decreto supremo N°14, de 27 de enero del 2012, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que crea el Comité Interministerial para la Implementación y Cumplimiento de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en los siguientes términos:
1.- Sustitúyese en el artículo 3° la expresión "Director de Política Multilateral", por la de "Director General de Política Exterior".
2.- Agrégase al artículo 5° el siguiente inciso final:
"La Agencia Nacional de Inteligencia, a través de los representantes que ésta designe, prestará de manera permanente toda aquella colaboración que se requiera para el mejor cumplimiento de las funciones del Comité.".
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- Jorge Burgos Varela, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Defensa Nacional.- Rodrigo Valdés Pulido, Ministro de Hacienda.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro Secretario General de la Presidencia.- Javiera Blanco Suárez, Ministra de Justicia.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.




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