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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1119133 2016


(CVE 1119133)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
PROMULGA LA REVISIÓN SUSTANTIVA N° 1 DEL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: APOYO A LA GENERACIÓN DE ESPACIOS DE DIÁLOGO ENTRE PUEBLOS INDÍGENAS Y EL SECTOR PúBLICO
Núm. 79.- Santiago, 21 de junio de 2016.
Vistos:
Los Artículos 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fechas 8 y 17 de junio de 2016, se suscribió, en Santiago, entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Acuerdo relativo a la Revisión Sustantiva N° 1 del Acuerdo, suscrito entre las mismas Partes, sobre el Proyecto: Apoyo a la generación de espacios de diálogo entre Pueblos Indígenas y el Sector Público, el que fuera publicado en el Diario Oficial de 4 de marzo de 2016.
Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica, suscrito con las Naciones Unidas y diversas Agencias Especializadas de esa Organización, y del Acuerdo suscrito con el Fondo Especial de las Naciones Unidas sobre Asistencia del Fondo Especial, ambos publicados en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960.
Decreto:
Artículo único : Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre la Revisión Sustantiva N° 1 del Acuerdo suscrito entre las mismas Partes sobre el Proyecto: Apoyo a la generación de espacios de diálogo entre Pueblos Indígenas y el Sector Público; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.
REVISIÓN SUSTANTIVA DEL PROYECTO
PROYECTO: Apoyo a la generación de espacios de diálogo entre Pueblos Indígenas y el Sector Público. NúMERO DE PROYECTO: 91195
NúMEROS DE PRODUCTOS: 96580
Revisión sustantiva N°: 1
RESUMEN La presente revisión sustantiva se plantea con el fin de reformular el marco de productos y actividades planteadas en el documento de proyecto original y ajustar el presupuesto de manera acorde a la nueva propuesta. En este sentido, se ha tenido en consideración el anuncio realizado por la Presidenta de la República, Michelle Bachelet Jeria, en el que se señaló expresamente que los pueblos indígenas tendrían una participación y consulta específica en el marco del proceso constituyente que está realizando el Gobierno de Chile. Conforme lo planteado, el proceso constituyente para los pueblos indígenas tiene un carácter prioritario en la relación entre el Estado y pueblos indígenas.
En este sentido, se requiere modificar el presente Proyecto a objeto de priorizar el proceso participativo diferenciado y específico denominado Proceso Participativo Constituyente Indígena impulsado por el Gobierno de Chile y que es coordinado y ejecutado por el Ministerio de Desarrollo Social.
De esta manera, se requiere la sustitución del producto relativo a la realización de un Espacio de Diálogo Nacional con mujeres indígenas que tenía por objeto de generar insumos para la política pública de género con pertinencia, y en su reemplazo, el de incorporar un componente de apoyo técnico y operativo para la realización de los encuentros participativos dirigidos a las organizaciones de los Pueblos Indígenas en el marco del proceso constituyente.
El producto 2 relativo a la realización de la Escuela de Liderazgo para mujeres indígenas ya fue ejecutado de acuerdo al marco de resultados original.
Por último, se incorpora al tercer producto un seminario que tendrá como objetivo visibilizar la Declaración de NNUU sobre Derechos de los Pueblos Indígenas con el fin de recabar insumos de cara a las futuras reuniones internacionales.


Período del Programa: 2015-2018 Área Resultado Clave (Plan Estratégico): Total recursos requeridos: 72.400 USD Desarrollo sostenible e inclusivo Total recursos asignados: 72.400 USD Número de Proyecto Atlas: 00091195 Fuente: Ministerio de Desarrollo Social: USD 72.400* Número de Producto Atlas: 00096580 *Este monto corresponde a CLP $49.811.200, calculado a la tasa de cambio de Naciones Unidas del mes de septiembre correspondiente a $688 pesos Duración del proyecto: 15 meses Arreglos de Gestión: DIM Fecha reunión PAC: 15 de septiembre de 2015
Presupuesto AWP: 72.400 USD

Aprobado en Santiago de Chile por: Ministerio de Desarrollo Social:
Fecha 7 de junio de 2016.
Ministerio de Relaciones Exteriores: En representación del Gobierno de Chile.
Fecha 17 de junio de 2016.
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo:
Fecha 8 de junio de 2016.
REVISIÓN SUSTANTIVA DEL PROYECTO
I. Justificación
En el año 2007, Chile votó a favor de la adopción de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y ratificó, al año siguiente, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual entró en vigencia el 15 de septiembre del año 2009. Ambas acciones le han significado al Estado de Chile generar gestiones que se encaminan hacia la generación de espacios de consulta y participación en cumplimiento de la Declaración y el Convenio.
En el plano de la consulta indígena, se han desarrollado acciones orientadas a cumplir con el Convenio N° 169 de la OIT, tales como la promulgación del decreto supremo N°124 de Mideplan que Reglamenta el artículo 34 de la ley N° 19.253 a fin de regular la Consulta y la Participación de los Pueblos Indígenas, para posteriormente someter a consulta indígena la nueva normativa que regule la Consulta, que dio origen al decreto supremo N° 66 que aprueba el Reglamento que Regula el Procedimiento de Consulta Indígena en virtud del artículo 6 N°1 letra a) y N°2 del Convenio N°169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Consulta Nacional sobre el proceso de creación del Ministerio de Pueblos Indígenas y el Consejo o Consejos de Pueblos Indígenas.
Respecto de los proyectos de ley de creación del Ministerio de Pueblos Indígenas y el Consejo o Consejos de Pueblos Indígenas, se enmarcan dentro de los compromisos asumidos por la Presidenta Michelle Bachelet en su programa de Gobierno, el cual indicaba, entre otras iniciativas, las siguientes: a) Envío al Congreso de un proyecto de ley que crea el Ministerio de Asuntos Indígenas, que será el encargado de colaborar con el Presidente de la República en la definición de una política indígena para Chile; b) Envío al Congreso de un proyecto de ley que crea el Consejo de Pueblos Indígenas, autónomo y representativo de los diversos pueblos que existen en Chile. Todos estos, según lo expresado por la Presidenta, sometidos a consulta en respeto a la normativa vigente.
En materia de participación, el Gobierno de la Presidenta Bachelet también ha manifestado su compromiso a generar acciones que permitan dar cumplimiento a la normativa vigente, especialmente, en dar cumplimiento al Artículo 7 del Convenio 169 de la OIT, que establece que dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional, susceptibles de afectarles directamente..
En este contexto, desde el año 2014 la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, ha comenzado a generar acciones orientadas a incentivar la participación de los Pueblos Indígenas en diferentes espacios de la toma de decisión. A lo señalado se debe agregar el hecho de que los Estados y las políticas públicas tienen un rol determinante en el aseguramiento de la pervivencia física y cultural de los Pueblos Indígenas. Lo cual supone un Estado activo, que favorezca y no obstaculice los procesos para lograr una mayor injerencia en procesos de toma de decisión a nivel local y nacional y que se condiga con los instrumentos internacionales destinados a asegurar tal situación. Por otro lado, los instrumentos internacionales en cuestión, especialmente, el Convenio 169 de la OIT, plantea al Estado de Chile el desafío de asegurar otras instancias de participación, como las establecidas en su artículo 27.2 Participación respecto a programas de educación, que señala Las autoridades competentes deberán asegurar la formación de los miembros de estos pueblos y su participación en la formulación y ejecución de programas de educación, con miras a transferir progresivamente a dichos pueblos la responsabilidad de la realización de estos programas cuando haya lugar.
Así también, es importante tener presente que referente al Proceso Constituyente, actualmente se está desarrollando una participación diferenciada y específica para Pueblos Indígenas que busca garantizar un espacio de expresión de las temáticas que históricamente han planteado los pueblos y que además es coherente con el cumplimiento de los compromisos contraídos por Chile con la ratificación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo así como también la ley 19.253; el que recoja la visión de los Pueblos Indígenas, los desafíos históricos e impostergables y teniendo presente experiencias históricas relevantes, tales como el Informe de la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato, del año 2001; e Instrumentos Internacionales como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, del año 2007, entre otras.
Que la modalidad de ejecución del referido Proceso Constituyente Indígena es a través de la realización de encuentros participativos con los miembros de los 9 pueblos indígenas y sus instituciones representativas, los cuales serán realizados en todas las regiones del país.
Frente a esto, el Estado ha ido avanzando en la generación de instancias de capacitación a funcionarios públicos, cuyo fin es introducir un enfoque de derechos de Pueblos Indígenas y poner el acento en la importancia de contar con una institucionalidad capacitada y sensible a estos temas, todo esto, con la finalidad de generar acciones que se orienten hacia el reconocimiento pleno y protección de los derechos de los Pueblos Indígenas. Es por esto, que el Ministerio de Desarrollo Social está trabajando en la generación de alianzas de cooperación y capacitación con otras instituciones del sector público, especialmente en aquellas en donde la necesidad de contar con conocimientos sobre el reconocimiento pleno y protección de los derechos de los Pueblos Indígenas es central.
Que finalmente en el marco del presente proyecto se requiere modificar el presente, a objeto de priorizar el proceso participativo diferenciado y específico denominado Proceso Participativo Constituyente Indígena el que es coordinado y ejecutado por el Ministerio de Desarrollo Social. En ese sentido, se ha sustituido el producto relativo a la realización de un Espacio de Dialogo Nacional con mujeres indígenas que tenía por objeto de generar insumos para la política pública de género con pertinencia, y en su reemplazo, el de incorporar un componente de apoyo técnico y operativo para la realización de los encuentros participativos dirigidos a las organizaciones de los Pueblos Indígenas en el marco del proceso constituyente.
II. Marco de Recursos y Resultados


III. Plan de Trabajo 2016 – AWP







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