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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1229493 2017


(CVE 1229493)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MODIFICA DECRETO N° 108, DE 2014, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE CREA EL COMITÉ NACIONAL PARA LAS MONTAÑAS (CNM)
Núm. 46.- Santiago, 13 de marzo de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 N°6 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 161, de 1978, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija su Estatuto Orgánico; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar Por orden del Presidente de la República; en el decreto N° 108, de 2014, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Crea el Comité Nacional para las Montañas (CNM); y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que, por decreto N° 108, de 2014, citado en los Vistos se creó el Comité Nacional para las Montañas, con el objeto de asesorar al Ministro de Relaciones Exteriores y servir de instancia de coordinación a los distintos órganos del Estado e instituciones vinculados con el cumplimiento de los objetivos de la Alianza para las Montañas en el mejoramiento de la calidad de vida de las poblaciones humanas en las montañas y gestión sustentable de los ecosistemas montañosos;
2. Que el territorio de Chile está conformado en un alto porcentaje por zonas de montaña, por lo que se depende directa o indirectamente de los ecosistemas de montañas y de los servicios que estos prestan como fuentes de agua dulce, de energía, de endemismo, de riquezas minerales, turismo y como hábitat para la subsistencia de varios de nuestros pueblos originarios;
3. Que, uno de los órganos de la administración del Estado vinculado con la gestión sustentable de los ecosistemas montañosos, es el Ministerio de Energía, encargado de elaborar y coordinar los planes, políticas y normas para el buen funcionamiento y desarrollo del sector y asesorar al Gobierno en las materias relacionadas con la energía.

Decreto:

Artículo único .- Modifícase el artículo 2°.- del decreto N°108, de 2014 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que crea el Comité Nacional para las Montañas (CNM), en los siguientes términos:

a) Agrégase a continuación del numeral 6. como nuevo numeral 7. al Ministerio de Energía, pasando el actual numeral 7. a ser numeral 8. y así sucesivamente con los siguientes numerales.

Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Defensa Nacional.- Luis Felipe Céspedes Cifuentes, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.- Carlos Furche Guajardo, Ministro de Agricultura.- Aurora Williams Baussa, Ministra de Minería.- Nivia Palma Manríquez, Ministra de Bienes Nacionales.- Andrés Rebolledo Smitmans, Ministro de Energía.- Pablo Badenier Martínez, Ministro del Medio Ambiente.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Miguel Cruz Sánchez, Director General Administrativo.




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