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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1288605 2017


(CVE 1288605)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 463, DE 2001, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES QUE APRUEBA REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA ACADEMIA DIPLOMÁTICA DE CHILE ANDRÉS BELLO
Núm. 82.- Santiago, 25 de abril de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 24 y 32, N° 6, de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834; en los decretos con fuerza de ley Nos 161, de 1978 y 33, de 1979; y en el decreto supremo N° 463, de 2001, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores, y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

Que la Academia Diplomática de Chile Andrés Bello se encuentra llevando adelante una iniciativa orientada a potenciar su vinculación con la sociedad chilena en su conjunto, por lo que su Reglamento Orgánico, aprobado por decreto supremo N° 463, de 2001, del Ministerio de Relaciones Exteriores, requiere ser modificado de acuerdo a las necesidades de dicho centro docente.

Decreto:

Artículo único.- Sustitúyase el inciso tercero del Artículo 55° del decreto supremo N° 463, de 2001, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Aprueba el Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática de Chile Andrés Bello, por el siguiente:

Los cursos o seminarios incluirán una evaluación final..

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Miguel Cruz Sánchez, Director General Administrativo.




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