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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1329701 2018


(CVE 1329701)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
PROMULGA EL TERCER PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 42, CELEBRADO ENTRE LA REPúBLICA DE CHILE Y LA REPúBLICA DE CUBA
Núm. 176.- Santiago, 25 de septiembre de 2017.

Vistos:

Los Artículos 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República y la ley N° 18.158.

Considerando:

Que por decreto supremo N° 568, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de 24 de agosto de 1981, fue promulgado el Tratado de Montevideo de 1980, que creó la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi).
Que la resolución N° 2, de 12 de agosto de 1980, del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de Aladi, publicada en el Diario Oficial de 23 de febrero de 1981, estableció normas básicas y de procedimientos que regulan la celebración de Acuerdos de Alcance Parcial en la que no participa la totalidad de los miembros del tratado de Montevideo 1980.
Que con fecha 20 de diciembre de 1999, se suscribió en la ciudad de Montevideo el Acuerdo de Complementación Económica N° 42 celebrado entre la República de Chile y la República de Cuba, publicado en el Diario Oficial de 28 de agosto de 2008.
Que, con fecha 8 de mayo de 2017, se suscribió en la ciudad de Montevideo, el Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 42 entre la República de Chile y la República de Cuba.
Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6, del referido Protocolo, y, en consecuencia, éste entrará en vigor internacional el 7 de noviembre de 2017.

Decreto:

Artículo único: Promúlgase el Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 42, entre la República de Chile y la República de Cuba, suscrito en la ciudad de Montevideo, el 8 de mayo de 2017; cúmplase y publíquese copia autorizada del Acuerdo. Los Anexos del Acuerdo se publicarán en la forma establecida en la ley N° 18.158.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Edgardo Riveros Marín, Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Hernán Núñez Montenegro, Ministro Consejero, Director General Administrativo (S).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPúBLICA
División Jurídica

Cursa con alcance el decreto N° 176, de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores

N° 44.071.- Santiago, 19 de diciembre de 2017.

Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, mediante el cual se promulga el tercer protocolo adicional al acuerdo de complementación económica N° 42, celebrado entre la República de Chile y la República de Cuba, por ajustarse a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente que en sus vistos se consigna erróneamente que esta medida se fundamenta en el artículo 54, N° 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República, en circunstancias que es el inciso cuarto del mismo numeral, el que habilita al Presidente de la República para aprobar esta clase de convenciones.
Con el alcance que antecede, se ha dado curso al acto administrativo de la suma.

Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.

Al señor
Ministro de Relaciones Exteriores
Presente.




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