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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1373864 2018


(CVE 1373864)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
DISPONE EL CUMPLIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES 2.371 (2017) Y SUS ANEXOS I Y II, Y 2.375 (2017) Y SUS ANEXOS I Y II, APROBADAS POR EL
CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, RELATIVAS A LA REPúBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA
Núm. 186.- Santiago, 2 de octubre de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 32 N° 15 y 54 N° 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República; el artículo 25 de la Carta de las Naciones Unidas y la ley N° 18.158.

Considerando:

Que el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, por medio de su resolución 2.371 (2017), de 5 de agosto de 2017, relativa a la República Popular Democrática de Corea, modifica y amplía la aplicación de las medidas establecidas en las resoluciones 1.718 (2006), 1.874 (2009), 2.087 (2013), 2.094 (2013), 2.270 (2016), 2.321 (2016) y 2.356 (2017), en relación con las personas y entidades especificadas en los anexos I y II de la referida resolución 2.371 (2017).
Que el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, por medio de su resolución 2.375 (2017), de 11 de septiembre de 2017, relativa a la República Popular Democrática de Corea, modifica y amplía la aplicación de las medidas establecidas en las resoluciones 1.718 (2006), 1.874 (2009), 2.087 (2013), 2.094 (2013), 2.270 (2016), 2.321 (2016) y 2.356 (2017) y 2.371 (2017) en relación con las personas y entidades especificadas en los anexos I y II de la referida resolución 2.375 (2017).

Decreto:

Artículo 1°.- El Gobierno de la República de Chile decide dar estricto y fiel cumplimiento a las resoluciones 2.371 (2017), de 5 de agosto de 2017, y sus anexos I y II, y 2.375 (2017), de 11 de septiembre de 2017, y sus anexos I y II, aprobadas por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, relativas a la República Popular Democrática de Corea.

Artículo 2° .- A los efectos de lo dispuesto en el artículo precedente, las autoridades y órganos del Estado velarán para que en el ámbito de sus atribuciones se dé cumplimiento a lo dispuesto en las citadas resoluciones; cúmplase y publíquese de conformidad a la ley N° 18.158.

Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Defensa Nacional.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Miguel Cruz Sánchez, Director General Administrativo.




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