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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1432854 2018


(CVE 1432854)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
PROMULGA LA REVISIÓN SUSTANTIVA N° 2 DEL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: APOYO A LA CONSOLIDACIÓN DE LAS FUNCIONES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN EN EL MARCO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD EDUCATIVA PARA LA PROMOCIÓN DE UNA EDUCACIÓN DE CALIDAD PARA TODOS
Núm. 16.- Santiago, 24 de enero de 2018.

Vistos:

Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República; la ley N° 18.158 y la ley N° 10.336.

Considerando:

Que con fechas 20 y 22 de diciembre de 2017, se suscribió en Santiago, entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Acuerdo relativo a la Revisión Sustantiva N° 2 del Acuerdo suscrito entre las mismas partes sobre el Proyecto: Apoyo a la Consolidación de las Funciones del Ministerio de Educación en el Marco de la Implementación de la Nueva Institucionalidad Educativa para la Promoción de una Educación de Calidad para Todos, el que fuera publicado en el Diario Oficial de 27 de julio de 2013, y su Revisión Sustantiva N° 1 lo fue el 11 de julio de 2015.
Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica, suscrito con las Naciones Unidas y diversas Agencias Especializadas de esa Organización, y del Acuerdo suscrito con el Fondo Especial de las Naciones Unidas sobre Asistencia del Fondo Especial, ambos publicados en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960.

Decreto:

Artículo primero: Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre la Revisión Sustantiva N° 2 del Acuerdo suscrito entre las mismas Partes sobre el Proyecto: Apoyo a la Consolidación de las Funciones del Ministerio de Educación en el Marco de la Implementación de la Nueva Institucionalidad Educativa para la Promoción de una Educación de Calidad para Todos, suscrito en Santiago el 20 y el 22 de diciembre de 2017; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley N° 18.158.

Artículo segundo: Déjase establecido que los gastos que irrogue el cumplimiento del Proyecto referido en el presente Tratado serán de cargo del Ministerio de Educación, el cual dictará el acto administrativo respectivo, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 56 de la ley N° 10.336.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República de Chile.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ricardo G. Rojas, Director General Administrativo.




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